Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2001 (19/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

MORDAZA, jueves 19 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 012-2001-EF/76.01

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MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 17º del Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas, corresponde a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, planear, dirigir y controlar la formulacion, ejecucion y evaluacion del Presupuesto Publico; Que, en concordancia con lo establecido en la precitada Ley Organica, los Articulos 4º y 5º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, prescriben que la Direccion Nacional del Presupuesto Publico es la mas alta autoridad tecnico normativa, siendo sus funciones y responsabilidades, entre otras, programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la Gestion del MORDAZA Presupuestario; Que, en atencion a lo prescrito en las precitadas normas legales, es conveniente dictar las pautas metodologicas necesarias a efectos de coadyuvar a los trabajos de elaboracion de las Evaluaciones Presupuestarias Institucionales a partir de los avances fisicos y financieros presentados durante el Ano Fiscal 2001; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 3º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, el Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas y la Resolucion Viceministerial Nº 148-99-EF/13.03 - Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas y su modificatoria la Resolucion Viceministerial Nº 108-2000-EF/76.13; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la Directiva Nº 005-2001-EF/76.01 - Directiva para la Evaluacion Presupuestaria Institucional del Sector Publico para el Ano Fiscal 2001, que forma parte de la presente Resolucion. Registrese y comuniquese.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion Nacional del Presupuesto Publico

DIRECTIVA Nº 005-2001-EF/76.01 DIRECTIVA PARA LA EVALUACION PRESUPUESTARIA INSTITUCIONAL DEL SECTOR PUBLICO PARA EL ANO FISCAL 2001
CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Objetivo Articulo 1º.- La presente Directiva tiene por objetivo, establecer los procedimientos y lineamientos tecnicos necesarios para su aplicacion y analisis en los trabajos que se deban efectuar, en la elaboracion de las Evaluaciones semestral y anual del Pliego, con la finalidad de apreciar la Gestion Presupuestaria Institucional durante el periodo a evaluar. Base Legal Articulo 2º.- La aplicacion de la presente MORDAZA se sujeta a lo prescrito en el siguiente MORDAZA legal: · Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas y normas modificatorias. · Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado. · Decreto Legislativo Nº 909 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2001, y sus normas modificatorias contenidas en la Ley Nº 27427. · Resolucion Viceministerial Nº 148-99-EF/13, y su modificatoria la Resolucion Viceministerial Nº 1082000-EF/13. Ambito de aplicacion Articulo 3º.- La presente Directiva se aplica a las Entidades del Sector Publico integrantes del Gobierno Central y de las Instancias Descentralizadas, conforme a lo dispuesto en el Articulo 77º de la Constitucion Politica del Peru, que se detallan en el Anexo 02: "Clasificador Institucional para el Ano Fiscal 2001", aprobado por Resolucion Directoral Nº 052-2000-EF/ 76.01".

CAPITULO II EVALUACION PRESUPUESTARIA Concepto de Evaluacion Presupuestaria Articulo 4º.- La Evaluacion Presupuestaria, es el conjunto de procesos de analisis para determinar, sobre una base continua en el tiempo, los avances fisicos y financieros obtenidos a un momento dado, y su contrastacion con los Presupuestos Institucionales asi como su incidencia en el logro de los Objetivos Institucionales. Para los efectos de la realizacion de los procesos a que se contrae el parrafo anterior, las disposiciones que contiene el presente Capitulo, se aplican a la Evaluacion Semestral y Anual. Fines de la Evaluacion Presupuestaria Articulo 5º.- La Evaluacion Presupuestaria persigue los siguientes fines: a) Determinar el grado de Eficacia en la Ejecucion Presupuestaria de los Ingresos y Gastos asi como en el

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