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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2001 (19/04/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 72

Pág. 201594 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de abril de 2001 ción y a las demás dependencias de la SEPS en asuntos relacionados a la conducción de los procesos de planea- miento, presupuesto, racionalización administrativa y cooperación técnica internacional. Está a cargo de un Jefe de Oficina, quien depende jerárquicamente del Intendente General. Artículo 16º.- Corresponde a la Oficina de Planea- miento: a) Desarrollar y actualizar el Planeamiento Estraté- gico de la Superintendencia; b) Normar, orientar y conducir las tareas de formu- lación de planes, programas y proyectos instituciona- les; c) Formular, proponer y evaluar la estrategia, el presupuesto y los planes de desarrollo institucional de la SEPS, asegurando su compatibilidad con el Plan Estratégico Institucional; d) Elaborar los informes de actividades, la Memoria Anual, así como el Informe de Gestión Anual en coordi- nación con los demás órganos de la SEPS; e) Proponer, coordinar y evaluar el proceso de racio- nalización administrativa; f) Proponer las acciones necesarias para el logro de la cooperación técnica internacional, requerida para el desarrollo de la institución. g) Ejercer las demás funciones que le delegue el Intendente General. Artículo 17º.- La Oficina de Asuntos Jurídi- cos, es el órgano encargado de prestar asesoría a la Alta Dirección y a las demás dependencias de la SEPS en asuntos de carácter jurídico-legal, emitir opinión sobre los aspectos legales de las actividades de la institución y absolver las consultas en asuntos admi- nistrativos que le sean formuladas por las Unidades Orgánicas de la SEPS. Está a cargo de un Jefe de Oficina quien depende jerárquicamente del Inten- dente General. Artículo 18º.- Corresponde a la Oficina de Asuntos Jurídicos: a) Elaborar y emitir opinión sobre los proyectos de dispositivos legales y administrativos que competen al funcionamiento de la SEPS; b) Recopilar, clasificar, opinar, concordar, sistema- tizar y mantener en permanente actualización las dis- posiciones legales relacionadas con las actividades y fines de la SEPS, así como mantener informados a los demás órganos de la Institución sobre las disposiciones legales vigentes; c) Elaborar y visar los proyectos de contratos o convenios en coordinación con los órganos correspon- dientes de la Institución; d) Representar a la Institución en los asuntos con- tenciosos administrativos, judiciales y policiales; e) Emitir opinión sobre los recursos de impugnación interpuestos y que deben ser resueltos en las instancias administrativas correspondientes; f) Ejercer las demás funciones que le delegue el Intendente General. CAPITULO IV ORGANOS DE APOYO Artículo 19º.- La Oficina de Sistemas de Infor- mación, es el órgano encargado del planeamiento, desarrollo y administración del sistema de información institucional, así como de los recursos tecnológicos con que cuenta la misma. Está a cargo de un Jefe de Oficina quien depende jerárquicamente del Intendente Gene- ral. Artículo 20º.- Corresponde a la Oficina de Sistemas de Información:a) Formular, proponer y ejecutar la política general de desarrollo del Sistema de Información de la Institu- ción; b) Diseñar e implementar la infraestructura tecno- lógica de la SEPS; c) Mejorar los estándares de registro de información administrativa y clínica en la SEPS y en los proveedores de servicios de salud; d) Difundir información y conocimiento especializa- do que produce la Superintendencia en coordinación con las Intendencias de Línea; e) Estandarizar los sistemas de información del Sistema Complementario de Seguridad Social en Sa- lud; f) Asistir a las Unidades Orgánicas de la SEPS en la operación de sistemas de información y equipamiento; g) Ejercer las demás funciones que le delegue el Intendente General. Artículo 21º.- La Oficina de Administración y Finanzas, es el órgano encargado de planificar, dirigir y coordinar las actividades de administración de perso- nal, finanzas, contabilidad, tesorería, logística y servi- cios auxiliares de la SEPS, así como desarrollar labores de bienestar social y actividades que coadyuven al mejoramiento de las relaciones laborales. Está a cargo de un Jefe de Oficina quien depende jerárquicamente del Intendente General. Artículo 22º.- Corresponde a la Oficina de Adminis- tración y Finanzas: a) Proponer las políticas relativas a la administra- ción del personal, recursos económicos, financieros y materiales asignados a la SEPS, en coordinación con la Oficina de Planeamiento; b) Programar, ejecutar, coordinar, dirigir y contro- lar las acciones correspondientes a los Sistemas de Contabilidad y Tesorería, así como los de Personal, Abastecimiento, Trámite Documentario y Servicios Auxiliares, brindando los servicios de apoyo con eficien- cia y oportunidad; c) Ejecutar el presupuesto institucional por las dis- tintas fuentes de financiamiento; d) Promover acciones de personal orientadas a me- jorar sus niveles de calificación, ingresos y bienestar social; e) Organizar y mantener actualizado el inventario físico y valorado de los bienes patrimoniales de la SEPS; f) Velar por el acervo documentario de la institución; g) Administrar y controlar los servicios de vigilan- cia, transporte, mantenimiento y otros servicios auxi- liares de la Institución; h) Ejercer las demás funciones que le delegue el Intendente General. Artículo 23º.- La Oficina de Comunicaciones, es el órgano encargado de proyectar la imagen institu- cional de la SEPS, así como de facilitar su comunicación con las entidades integrantes del Sistema, los asegura- dos y público en general. Es responsable de coordinar el proceso de Atención al Usuario con las dependencias involucradas de la SEPS. Está a cargo de un Jefe de Oficina quien depende jerárquicamente del Intendente General. Artículo 24º.- Corresponde a la Oficina de Comuni- caciones: a) Formular y dirigir la política y estrategia de comunicaciones de la Superintendencia, en armonía con la política institucional; b) Conducir el proceso de Atención al Usuario; c) Promover, en coordinación con las unidades orgá- nicas, la imagen institucional de la SEPS; d) Brindar apoyo en aquellas actividades de promo- ción del Sistema Complementario de la Seguridad So- cial en Salud. e) Ejercer las demás funciones que le delegue el Intendente General.