Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2001 (19/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

MORDAZA, jueves 19 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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f) Delegar en el Superintendente las atribuciones que no le MORDAZA privativas; g) Designar y remover al Intendente General, a propuesta del Superintendente; h) Todas las demas que senalen las Leyes y sus Reglamentos. Articulo 9º.- El Superintendente, es la MORDAZA autoridad de la institucion, preside el Consejo Directivo, establece los objetivos, formula, dirige y ejecuta la politica de la Institucion en MORDAZA con las disposiciones constitucionales, la politica general del Estado y los Planes de Gobierno. Coordina con el Ministerio de Salud y los Organismos de la Administracion Publica las acciones que corresponden. El Superintendente es el titular del Pliego Presupuestal. Puede delegar las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas a su funcion. Es designado por un periodo de tres anos, prorrogables. El cargo de Superintendente de la SEPS es remunerado. Articulo 10º.- Corresponde al Superintendente de la SEPS: a) Representar a la SEPS ante autoridades publicas o privadas, instituciones nacionales o del exterior; b) Convocar y presidir las sesiones del Consejo Directivo, preparando los temas a ser incorporados a la Agenda de Sesiones; c) Velar por la correcta ejecucion de los acuerdos del Consejo Directivo, y expedir las Resoluciones que correspondan; d) Emitir las resoluciones y normas en materia de su competencia; e) Definir la estrategia para el logro de los objetivos institucionales de la SEPS; f) Resolver en MORDAZA instancia administrativa las reclamaciones contra los actos de la SEPS, de conformidad con la Ley y Reglamentos de la materia vigentes; g) Someter para la aprobacion del Consejo Directivo la Memoria Anual y los estados financieros asi como el Plan Operativo y el Plan Estrategico de la Institucion; h) Proponer la expedicion de normas legales que se requieran para el mejor funcionamiento del Sistema Complementario de la Seguridad Social en Salud del Regimen Contributivo; i) Disponer examenes de control interno sobre el manejo de los recursos de la institucion, de acuerdo a lo normado por el Sistema Nacional de Control; j) Hacer de conocimiento del Consejo Directivo los informes emanados de la Oficina de Auditoria Interna de la SEPS; k) Celebrar actos, contratos y convenios con entidades publicas o privadas nacionales o extranjeras, relacionadas con el cumplimiento de sus funciones; l) Proponer al Consejo Directivo la designacion del Intendente General, asi como su suspension o remocion; m) Delegar en el Intendente General las funciones que considere conveniente y que no MORDAZA privativas al cargo; n) Ejercer las funciones que le delegue el Consejo Directivo y todas las demas que senalan las Leyes y sus Reglamentos. Articulo 11º.- El Intendente General, es el responsable de planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades tecnicas, administrativas, economicas y financieras de la SEPS. Constituye la MORDAZA instancia de direccion administrativa y de coordinacion institucional interna y externa de la Superintendencia, siendo el funcionario ejecutivo de mayor rango luego del Superintendente. Dirige la gestion institucional mediante la ejecucion de los procesos de regulacion y supervision, asi como de los procesos administrativos de soporte. Articulo 12º.- Corresponde al Intendente General:

a) Conducir el Planeamiento Estrategico y Operativo de la Institucion y el Planeamiento del Sistema Complementario de Seguridad Social en Salud del Regimen Contributivo; b) Dirigir los procesos de regulacion, desarrollo, autorizacion, registro y supervision de la SEPS; c) Supervisar los procesos administrativos y actividades de los demas organos de la SEPS; d) Evaluar permanentemente los indicadores de gestion de los diversos procesos institucionales y dictar las medidas correctivas; e) Otorgar la autorizacion de organizacion y funcionamiento de las Entidades Prestadoras de Salud; f) Declarar la suspension o cancelacion de la autorizacion de funcionamiento de las Entidades Prestadoras de Salud, en los casos establecidos por la Ley y los Reglamentos; g) Resolver las reclamaciones contra los actos de la SEPS, de conformidad con la Ley y Reglamentos de la materia; h) Elevar al Superintendente la Memoria Anual y los Estados Financieros de la SEPS, asi como el Plan Operativo y el Plan Estrategico de la institucion; i) Proponer al Superintendente Normas y Reglamentos necesarios para un mayor control y desarrollo del Sistema; j) Proponer al Superintendente la designacion de los funcionarios de la Superintendencia, asi como su promocion, suspension o remocion: k) Contratar, promover y suspender a los trabajadores de la SEPS; asi como poner termino al vinculo laboral existente; l) Delegar en otros niveles administrativos de la SEPS, dentro de los limites que establezcan el Consejo Directivo o el Superintendente, responsabilidades de conduccion de sistemas o supervision interna; m) Realizar las coordinaciones interinstitucionales necesarias para el cumplimiento de sus funciones, por delegacion del Superintendente; n) Representar al Superintendente por delegacion expresa de este; o) Actuar como secretario de las sesiones del Consejo Directivo; p) Las demas que le correspondan de conformidad con su naturaleza y de acuerdo a ley y normas vigentes, asi como aquellas que le delegue el Superintendente. CAPITULO II ORGANO DE CONTROL Articulo 13º.- La Oficina de Auditoria Interna, es el organo encargado de programar, conducir, ejecutar y evaluar las actividades de control posterior, en el ambito de la SEPS, de conformidad con las normas del Sistema Nacional de Control. Esta a cargo de un Jefe de Oficina que depende directamente del Superintendente y mantiene relaciones funcionales con la Contraloria General de la Republica. Articulo 14º.- Son funciones de la Oficina de Auditoria Interna. a) Planear, dirigir, coordinar y controlar el cumplimiento de la mision y funciones de la Oficina asignada, de conformidad con las disposiciones legales vigentes; b) Elevar a consideracion del Superintendente los informes que resulten de la ejecucion de las acciones de su competencia, recomendando las medidas correctivas a que hubiere lugar, remitiendo simultaneamente los mencionados informes a la Contraloria General de la Republica. CAPITULO III ORGANOS DE ASESORIA Articulo 15º.- La Oficina de Planeamiento, es el organo encargado de prestar asesoria a la Alta Direc-

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