Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2001 (19/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

MORDAZA, jueves 19 de MORDAZA de 2001 FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 317

NORMAS LEGALES

Pag. 201601

Visto en Sesion Ordinaria realizada el dia 28 de marzo del 2001; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades son los organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa; Que, el inciso 5) del Articulo 2º de la Constitucion establece el derecho de toda persona a solicitar, sin expresion de causa, la informacion que requiera y a recibirla de cualquier entidad publica, en el plazo legal y con el costo que se suponga el pedido, con excepcion de aquella que afecte la intimidad personal y la que expresamente se excluya por ley o por razones de seguridad nacional; Que, diversos instrumentos internacionales, como la Declaracion Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Politicos y la Convencion Americana sobre Derechos Humanos, ratificados por el Estado Peruano, reconocen el derecho de toda persona a recibir informacion; Que, conforme el Articulo 200º inciso 4) de la Constitucion Politica del Peru, las ordenanzas municipales tienen rango de ley y, de acuerdo a lo establecido en el inciso 3) del articulo 192º, tienen competencia tributaria para crear, modificar y suprimir derechos, entre otras tasas; Que, el Gobierno Central ha dictado el Decreto Supremo Nº 018-2001-PCM, que MORDAZA el acceso de las personas a la informacion que posean o produzcan las entidades del Sector Publico; Que, es politica del Gobierno Municipal, promover, mantener y apoyar la transparencia de la gestion municipal, brindando informacion a las personas que lo solicitan; Que, por Ordenanza Nº 036-MDB del 6 de junio del 2000 se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Municipalidad de Barranco vigente en la fecha; De conformidad con el Articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru, el Articulo 22º del Decreto Legislativo Nº 757 y el Articulo 34º de su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 094-92-PCM, el Articulo 70º del Decreto Legislativo Nº 776, el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 018-2001-PCM; Aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- Incluir en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Barranco, aprobado con Ordenanza Nº 036-MDB, el procedimiento de la Secretaria General denominado "Acceso a la Informacion que posean o produzcan las diversas Direcciones, Oficinas, Programas de la Municipalidad", cuyos requisitos, derechos, forma de calificacion y demas caracteristicas constan en el Anexo 1 que forma parte de la presente ordenanza. Articulo 2º.- Fijar en S/. 10.00 (Diez y 00/100 Nuevos Soles) el monto del derecho por la consulta sobre la procedencia de la solicitud de la informacion que posean o produzcan las diversas Direcciones, Oficinas y Programas de la Municipalidad de Barranco. Articulo 3º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del 10 de MORDAZA del 2001. POR TANTO:

Mediante Oficio Nº 663-2001-SGC/MML, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 317, publicada en nuestra Edicion del dia 9 de MORDAZA de 2001, en la pagina 201167. DICE: "ORDENANZA Nº 317" DEBE DECIR: "ORDENANZA Nº 318" Asimismo, en la misma Ordenanza, en el Procedimiento de la Gerencia de Operaciones - Oficina Zonal MORDAZA - Departamento de Reclamos de Infracciones de MORDAZA Nº 1 "Recursos Impugnativos - 1.1. Reconsideracion" Requisitos, DICE: "o representante legal o, debidamente"; DEBE DECIR: "o representante legal, debidamente". 22021 FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 318 Mediante Oficio Nº 663-2001-SGC/MML, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 318, publicada en nuestra edicion del dia 9 de MORDAZA de 2001, en la pagina 201171. DICE: Ordenanza Nº 318 DEBE DECIR: Ordenanza Nº 317 22020

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Incluyen procedimiento sobre acceso a la informacion en el MORDAZA de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 058-MDB Barranco, 28 de marzo del 2001 LA ALCALDESA DISTRITAL DE BARRANCO

Registrese, comuniquese y cumplase. POR CUANTO: EL CONCEJO DE BARRANCO MORDAZA MORDAZA DE CAPRIATA Alcaldesa

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