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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2001 (19/04/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 82

Pág. 201604 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de abril de 2001 mayo de 1997. Dicho ex servidor se ausentó del país sin mediar documento administrativo que justifique la inasistencia de sus labores, no obstante ello cobró indebidamente sus remuneraciones correspondiente al referido mes. Estos hechos constituyen falta grave por haber incumplido los deberes y funciones que impone el servicio público según lo previsto por el Artículo 3º Incs. b y d) y el Artículo 21º Incs. a) y b) del Decreto Legisla- tivo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público. Dichas faltas se encuentran tipificadas en el Artículo 28º incisos a), f) y h) de la citada Ley. Pasible de la triple responsabilidad que señala el Art. 25º del Decreto Legislativo Nº 276; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 26º incisos d) y c) del Decreto Legislativo Nº 276 concor- dante con el Artículo 155º incisos d) y c), respectiva- mente, y Artículo 1º de la Ley Nº 26488; y, Estando a lo recomendado por la Comisión Perma- nente de Procesos Administrativos Disciplinarios y contando con las visaciones de la Dirección Munici- pal, Dirección General de Asesoría Jurídica y Direc- ción de Personal, y en uso de las atribuciones conferi- das al señor Alcalde en el Artículo 47º inciso 6) de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- IMPONER la sanción de DES- TITUCION a don CARLOS MIGUEL RODRIGUEZ DE LOS RIOS, Código 229, empleado de Carrera de la Municipalidad Provincial del Callao, por los fundamen- tos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- El servidor destituido no po- drá reingresar al servicio público dentro de los cinco años posteriores a la publicación de la presente resolu- ción en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- IMPONER la sanción de CESE TEMPORAL POR SEIS MESES SIN GOCE DE REMU- NERACIONES a don WALTER AUGUSTO MARTI- NEZ LAUPER, Código 340, empleado de Carrera de la Municipalidad Provincial del Callao, por los fundamen- tos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Dirección Ge- neral de Asesoría Jurídica se constituya en titular de las acciones civiles y penales contra los referidos ex servidores. Artículo Quinto.- REMITIR copias autenticadas de la presente resolución a la Dirección General de Auditoría Interna, Oficina General de Administración, Dirección de Personal, Comisión Permanente de Proce- sos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad, a la Presidencia del Consejo de Ministros, a la Contra- loría General de la República y a los interesados. Regístrese y comuníquese. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 22003 Declaran prescrita acción administrati- va contra diversos ex funcionarios de la municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 000047 Callao, 15 de febrero de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO VISTO, el informe de fecha 9 de febrero de 2001 de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios sobre el Proceso Administrativo Discipli- nario instaurado por Resolución de Alcaldía Nº 000018, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 1 de febrero de 2001, a los ex funcionarios siguientes:- JOSÉ MANCHEGO BARRIOS - DANIEL TORRES MATURRANO - JOSÉ ROCA MORALES - JUAN CARLOS MANFREDY VOUDER HEIDE CONSIDERANDO: Que, por escrito ingresado por la Oficina de Trámite Documentario con fecha 8 de febrero de 2001, el señor JUAN CARLOS MANFREDY VOUDER HEIDE dedu- ce la excepción de prescripción de la acción administra- tiva respecto al proceso que lo compromete; Que, se ha constatado que el Informe Largo de Audito- ría sobre los Estados Financieros al 31 de diciembre de 1994 de la Municipalidad Provincial del Callao, que con- tiene las observaciones sobre la presunta responsabilidad administrativa de mencionados ex funcionarios, fue co- municado a la Comisión Especial de Procesos Administra- tivos Disciplinarios con fecha 16 de agosto de 1996, sin que los integrantes de entonces hayan cumplido con emitir las opiniones y recomendaciones correspondientes; Que, de conformidad con el Artículo 173º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM "el Proceso Administrativo Dis- ciplinario deberá iniciarse en el plazo no mayor de un año (1) contado a partir del momento en que la autoridad competente tenga conocimiento de la comisión de la falta disciplinaria, bajo responsabilidad de la citada autori- dad, en caso contrario se declarará prescrita la acción sin perjuicio del proceso civil o penal a que hubiera lugar"; Que, la autoridad competente, en este caso la Comi- sión Especial de Procesos Administrativos Disciplina- rios de entonces, tuvo conocimiento del Informe de Auditoría el 16 de agosto de 1996, por lo que a la fecha se ha producido la PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN respecto a las faltas de carácter disciplinario materia de proceso, por lo que procede declararlo así, sin perjuicio de las acciones judiciales de orden civil o penal a que hubiere lugar, y sin perjuicio de determinar la respon- sabilidad de los funcionarios responsables del retraso administrativo que ha provocado esta prescripción; Estando a lo expuesto y a las recomendaciones de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Discipli- narios, de conformidad con el Artículo 173º del D.S. Nº 005-90-PCM, y en ejercicio de las atribuciones que le confiere al Alcalde el Artículo 47º Incs. 6) y 13) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853; SE RESUELVE: Primero.- DECLARAR PRESCRITA LA ACCIÓN ADMINISTRATIVA, establecida en el Informe Nº 10- 94-MPC/IG - Informe Largo de Auditoría sobre los Estados Financieros al 31.12.94 de la Municipalidad Provincial del Callao, contra los ex funcionarios: 1. SR. JOSÉ MANCHEGO BARRIOS, EX DIREC- TOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, F-3. 2.SR. DANIEL TORRES MATURRANO, EX DIREC- TOR DE ABASTECIMIENTO, F-2. 3.SR. JOSÉ ROCA MORALES, EX DIRECTOR DE ABASTECIMIENTO, F-2. 4.SR. JUAN CARLOS MANFREDY VOUDER HEI- DE, EX DIRECTOR DE LA OFICINA DE ABAS- TECIMIENTO Y SERVICIOS AUXILIARES, F-2. Segundo.- DISPONER EL ARCHIVAMIENTO DE- FINITIVO del Proceso Administrativo Disciplinario instaurado por Resolución de Alcaldía Nº 000018-01 publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 4 de febrero de 2001, sin perjuicio de las acciones judiciales de orden civil o penal a que hubiere lugar contra dichos ex funcionarios, y sin perjuicio de determinar la respon- sabilidad de los funcionarios responsables del retraso administrativo que ha provocado esta prescripción. Tercero.- ENCARGAR a la Dirección de Personal y a la Dirección General de Asesoría Jurídica el cumpli- miento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 22004