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Pág. 209077 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de agosto de 2001 VISTA, la solicitud formulada por la empresa TELER- SAT SERVICE E.I.R.L., para que se le otorgue autoriza- ción para instalar y operar una estación transmisora del servicio de radiodifusión comercial por televisión, en el distrito de La Peca, provincia de Bagua, departamento de Amazonas; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión se requiere de autorización y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción; Que, los Artículos 48º y 49º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones antes referido, estable- cen que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servi- cio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomu- nicación; Que, el Artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y el Texto Único de Procedimientos Adminis- trativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, señalan que para obtener auto- rización para prestar servicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dichas normas se detallan; Que, el Artículo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autori- zación para prestar servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses; Que, el Artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las características de instalación y operación autorizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros parámetros técnicos, si antes no se obtiene la correspondiente aproba- ción del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vi- vienda y Construcción; Que, mediante Informes Nºs. 307-2001-MTC/15.19.03.2 y 448-2001-MTC/15.19.01, la Dirección de Administra- ción de Frecuencias y la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones, respectiva- mente, señalan que la solicitud formulada por la empresa TELERSAT SERVICE E.I.R.L. cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorización y permiso solicitados; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013- 93-TCC; 06-94-TCC y sus modificatorias y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; y, Con la opinión favorable del Director General de Tele- comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa TELERSAT SER- VICE E.I.R.L., autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluye un período de instala- ción y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estación transmisora del servicio de radiodifu- sión comercial por televisión, en el distrito de La Peca, provincia de Bagua, departamento de Amazonas, de acuer- do a las siguientes características técnicas: Estación :BC-TV Frecuencia :Video: 67.25 MHz Audio: 75.75 MHz Canal :4 Indicativo :OBY-9U Potencia :Video: 50 W Audio: 5 W Emisión :Video: C3F Audio: F3E Horario :H24 Ubicación de los Estudios y Planta Transmisora :Jr. San Pedro Nº 554, dis- trito de La Peca, provincia de Bagua y departamento de Amazonas. Coordenadas: L.O. 78° 32' 07.9" L.S. 05° 38' 07"El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el artículo precedente, se inicia con un período de instalación y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta antes de sesenta (60) días previos a la terminación de dicho período, el titular de la autorización debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, bajo sanción de dejar sin efecto la autorización. Artículo 3º.- La empresa TELERSAT SERVICE E.I.R.L., está obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusión concedido acorde con la presente resolución, estando impedida de modificar las características a que se contrae el Artículo 1º de la presente resolución sin autori- zación previa de este Ministerio. Artículo 4º.- La autorización a que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autoriza- do, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MENACHO RAMOS Viceministro de Comunicaciones 29511 CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Conceden licencia a magistrada para participar en el Seminario Internacio- nal de Capacitación "Instrumentos y Mecanismos de Derechos Humanos", a realizarse en Panamá RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 095-2001-CE-PJ Lima, 20 de agosto del 2001 VISTO: El Oficio Nº 703-2001-DP-P-CSJLI/PJ (RML), del Pre- sidente de la Corte Superior de Justicia de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el citado oficio, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, eleva la solicitud cursada por la doctora Janet Tello Gilardi, Vocal Titular de la mencionada Corte Superior, quien solicita licencia del 22 al 25 de agosto del año en curso, para participar en el Seminario Internacional de Capacitación "Instrumentos y Mecanismos de Derechos Humanos", organizado por el Comité de América Latina y del Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer, el cual se llevará a cabo en la ciudad de Panamá; Que, la Magistrada recurrente, manifiesta que los temas a tratar son de suma importancia y relacionados con el estudio de los mecanismos de protección de los derechos humanos, sobre los cuales versan las acciones de garantía planteadas en el área de Derecho Público, así como su participación no irrogará gasto alguno al Poder Judicial; Que, el 25 de agosto del año en curso es día no labora- ble, careciendo de objeto conceder licencia con goce de haber por la referida fecha; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones y de conformidad con el Artículo 241º, inciso 3), de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión extraordinaria de la fecha; RESUELVE: Primero.- Conceder Licencia con goce de haber del 22 al 24 de agosto del año en curso, a la doctora Janet Tello Gilardi, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima, para participar en el Seminario Internacional de Capacitación "Instrumentos y Mecanismos de Derechos