Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2001 (22/08/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, miercoles 22 de agosto de 2001

NORMAS LEGALES

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MORDAZA al cargo de Director General del Hospital Nacional Dos de MORDAZA del Ministerio de Salud, Nivel F-5, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Ministro de Salud 29662

Designan Director General del Hospital Nacional Dos de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 301-2001-SA MORDAZA, 21 de agosto del 2001 De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276 y el Decreto Ley Nº 25515; Con la opinion favorable del Viceministro de Salud; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Designar, a partir de la fecha de la presente Resolucion, en el cargo de Director General del Hospital Nacional Dos de MORDAZA del Ministerio de Salud, Nivel F-5, al doctor ALFONZO MORDAZA MORDAZA BARRETO. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Ministro de Salud 29663

to al flete, las facturas se giraron a precios mayores a los ofertados en su cotizacion, no obstante, fueron pagados por MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Chicoma Pasco, ocasionando perjuicio economico para el Estado; Que, en el Informe Nº 539-2001-MTC/15.02.SINMAC. AL, se establece que de los hechos expuestos en el Examen Nº 002-2000-MTC/15.02.SINMAC.oai, se evidencia que no se ejecutaron procesos de cotizaciones ni se elaboraron MORDAZA Comparativos de Cotizaciones para las adquisiciones de asfalto y contratacion de fletes a excepcion del 8 de junio de 1999 y 31 de junio de 2000, se evidencian el pago en exceso e indebido por la suma de S/. 10,631.52, en perjuicio del Sistema Nacional de Mantenimiento de Carreteras - SINMAC, ademas se ha prefabricado documentacion con la finalidad desvirtuar los actos de colusion entre la empresa Construcciones y Servicios Bituminosos S.A. en la persona de su Gerente MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y la ex jefa de proyectos MORDAZA Vazquez MORDAZA, evidenciandose indicios de responsabilidad civil y penal; Que, los hechos expuestos descritos contravienen disposiciones legales vigentes, habiendose revelado indicios razonables de comision de delito y responsabilidad civil en los que se encontrarian involucrados la ex jefa de proyectos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el ex jefe administrativo MORDAZA Chicoma Pasco, la empresa Servicios y Construcciones Bituminosos S.A.C. y su representante legal MORDAZA MORDAZA de Guerrero; Que, por las consideraciones expuestas resulta pertinente autorizar al Procurador Publico de este ministerio, para que inicie las acciones legales del caso a fin de defender los intereses del Estado; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley de Representacion Procesal y Defensa del Estado en juicio, aprobada por Decreto Ley Nº 17537, modificada por Decreto Ley Nº 17667, y la Ley Organica del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, aprobada por Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al senor Procurador Publico del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Chicoma Pasco, Construcciones y Servicios Bituminosos S.A.C., su Gerente General MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y los que resultan responsables por los hechos descritos precedentemente. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial asi como los antecedentes del caso, al Procurador Publico para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 29512

MTC
Autorizan a procurador iniciar acciones por presunta comision de delitos en perjuicio del Sistema Nacional de Mantenimiento de Carreteras
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 383-2001-MTC/15.02 MORDAZA, 17 de agosto de 2001 CONSIDERANDO: Que, la Oficina de Auditoria del Sistema Nacional de Mantenimiento de Carreteras - SINMAC del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, emitio el Examen Especial Nº 02-2000-MTC/ 15.02.SINMAC.OAI, en cumplimiento del Plan de Actividades de Auditoria Gubernamental para el periodo 2000, consistente en un examen especial que comprende el analisis, evaluacion y verificacion de los documentos que sustentan la ejecucion los trabajos de mantenimiento rutinario y periodico, ejecutados bajo la modalidad de administracion directa y contrata por el proyecto SINMAC ICA-PISCO-NASCA en el periodo de enero de 1998 a junio de 2000; Que, en el Examen Especial Nº 002-2000-MTC/ 15.02.SINMAC.OAI, realizado por la Oficina de Auditoria Interna a los trabajos de mantenimiento rutinario y periodico del Proyecto SINMAC Ica-Pisco-Nasca en el periodo de enero de 1998 a junio del ano 2000, se establece que se han realizado pagos indebidos a favor de la firma Construcciones y Servicios Bituminosos S.A.C., por un importe total de S/. 10,631.52 los que a su vez se desagregan de la siguiente manera: en asfalto la cantidad de S/. 3,138.50 y en flete de S/. 7,493.02, al cancelar un reintegro originado por la variacion de precio en Petro Peru, no obstante haberse efectuado el pago MORDAZA que suba el precio; respec-

Autorizan a procurador iniciar acciones contra auxiliar de abastecimiento en el Proyecto Carretera Carhuamayo Oxapampa por presunta comision de delitos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 384-2001-MTC/15.02 MORDAZA, 17 de agosto de 2001 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Informe Nº 007-99-MTC/ 15.17.06.ECV del Supervisor Contable de la Direccion de Conservacion Vial de la Direccion General de Caminos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, el senor MORDAZA Ortigas MORDAZA, quien se desempeno como auxiliar de abastecimiento en el Proyecto Carretera Carhuamayo - Oxapampa, encargado de efectuar los pagos correspondientes a las aportaciones al FONAVI del ano 1998, se habria apropiado ilicitamente de

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