Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2001 (22/08/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 22 de agosto de 2001

S/. 3 000, (tres mil y 00/100 nuevos soles), para lo cual habria adulterado las cifras de los formularios de pago a la SUNAT, por lo cual se recomendo que todo lo actuado sea elevado a la instancia competente a fin de efectivizar la denuncia contra el referido senor; Que, mediante Informe Nº 061-2000-MTC/CPPDAD, de fecha 27 de diciembre de 2000, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, concluyo que el senor MORDAZA Ortigas MORDAZA, habria adulterado documentos y se habria apropiado ilicitamente en agravio del Estado de S/. 3000 (tres mil y 00/100 nuevos soles) recomendando destituir al referido senor y que se expida la Resolucion autoritativa al Procurador Publico del Sector, a fin de que inicien las acciones legales correspondientes; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 0072001-MTC/15.12, de fecha 15 de enero de 2001, se destituyo al senor MORDAZA Ortigas Campos; Que, los hechos descritos anteriormente constituirian delitos tipificados en el Codigo Penal, por lo que resulta necesario autorizar al Procurador Publico de este Ministerio para que inicie las acciones legales correspondientes contra el referido senor; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y 25862; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion para que en representacion y defensa de los intereses del Estado inicie e impulse las acciones legales que correspondan contra el senor MORDAZA Ortigas MORDAZA y los que resulten responsables por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial asi como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Publico para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 29513

mento. Asimismo, establece que los servicios de telefonos publicos a que se refiere el numeral 2 del Articulo 56º, podran ser prestados por operadores independientes, comprendiendo a personas naturales o juridicas que se encuentren facultados por el Ministerio para prestar dichos servicios, siendo distintos de los concesionarios que prestan los servicios de telefonia fija o movil; segun los requisitos y procedimientos que el Ministerio establezca; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 180-2000MTC/15.03 se aprobaron los requisitos y el procedimiento aplicable al otorgamiento de concesion de Operador Independiente de Telefonos Publicos, segun lo dispuesto en el Articulo 57º del Reglamento; Que, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 325-2000-MTC/ 15.03.UECT, senala que habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion solicitada para la prestacion del servicio telefonico en la modalidad de telefonos publicos, es procedente la solicitud formulada por la empresa GIGACOM TELEFONICA CTH S.R.LTDA.; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 06-94-TCC y sus modificatorias, Decreto Supremo Nº 007-97-MTC, la Resolucion Ministerial Nº 180-2000-MTC/15.03 y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Con la opinion favorable del Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa GIGACOM TELEFONICA CTH S.R.LTDA. concesion de operador independiente para la prestacion del servicio telefonico en la modalidad de telefonos publicos por el plazo de veinte (20) anos en el area que comprende el Centro Poblado de Huepetehue, del distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia de MORDAZA, del departamento de MORDAZA de Dios. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa GIGACOM TELEFONICA CTH S.R.LTDA. para la prestacion del servicio publico a que se refiere el articulo precedente, el cual consta de veinticuatro (24) clausulas y tres (3) anexos que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba el contrato de concesion que se aprueba mediante la presente resolucion. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias calendario computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 29514

Otorgan concesion a Gigacom Telefonica CTH S.R.Ltda. para la prestacion del servicio telefonico en la modalidad de telefonos publicos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 385-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 17 de agosto de 2001 Vista, la solicitud formulada por la empresa GIGACOM TELEFONICA CTH S.R.LTDA. para que se le otorgue concesion para la prestacion del servicio telefonico en la modalidad de telefonos publicos; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del Articulo 75º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el Articulo 50º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, establece que entre los teleservicios publicos se encuentra el servicio telefonico; Que, el numeral 2 del Articulo 56º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que una de las modalidades para la prestacion del servicio telefonico son los telefonos publicos fijos o moviles mediante puestos telefonicos, terminales fijos o moviles, cabinas o locutorios publicos o telefonos monederos; Que, asimismo el Articulo 57º del citado Reglamento establece que para la prestacion de cada uno de los teleservicios se requiere previamente del otorgamiento de la concesion respectiva, conforme a las normas del Regla-

Autorizan a procurador iniciar acciones para cautelar derecho de propiedad del Ministerio sobre inmueble ubicado en la provincia de Huamanga, departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 386-2001-MTC/15.02 MORDAZA, 17 de agosto de 2001 CONSIDERANDO: Que, el Procurador Publico del Sector con Memorandum Nº 739-2001-MTC/15.06, senala que el Director Regional de la CTAR MORDAZA ha solicitado que se ejercite la accion civil en relacion al terreno ubicado en la Mz. "Q" del Barrio de MORDAZA MORDAZA de la provincia de Huamanga MORDAZA, que es de propiedad del Ministerio de Transpor-

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