Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2001 (23/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, MORDAZA 23 de diciembre de 2001

NORMAS LEGALES

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Que la proteccion y apoyo de los nacionales en el exterior, se constituye en uno de los MORDAZA fundamentales de la Politica Exterior del Peru; Considerando lo dispuesto en la Hoja de Tramite (GAC) Nº 3179, de 10 de diciembre de 2001, del Gabinete de Coordinacion del Viceministro y Secretario General de Relaciones Exteriores; De conformidad con el literal b) del Articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; literales a) y m) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; la Resolucion Ministerial Nº 437-RE, de 9 de MORDAZA de 1996; el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, de 29 de MORDAZA de 2001 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM, de 9 de MORDAZA de 2001; SE RESUELVE: 1º.- Autorizar el viaje del Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director encargado de Proteccion y Apoyo al Nacional de la Direccion General de Asuntos Consulares, para participar en la II Reunion del Grupo de Trabajo sobre el Acuerdo Migratorio Peru-Bolivia, a realizarse en la MORDAZA MORDAZA, Republica de Bolivia, el 13 de diciembre de 2001. 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion, por concepto de pasajes US$ 703,28, viaticos US$ 400,00, y uso de aeropuerto US$ 25,00, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino de la referida comision. 3º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores 36796

Que, el Articulo 89º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios publicos de difusion se encuentra el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable; Que, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 607-2001-MTC/ 15.03.UECT, senala que habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion solicitada para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, es procedente la solicitud formulada por la empresa CABLE TARAPOTO S.R.L.; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 06-94-TCC sus modificatorias, Decreto Supremo Nº 007-97-MTC y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Con la opinion favorable del Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa CABLE TARAPOTO S.R.L. concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable por el plazo de veinte (20) anos en el area que comprende los distritos de Tarapoto, MORDAZA y La Banda de Shilcayo, de la provincia de San MORDAZA, del departamento de San Martin. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa CABLE TARAPOTO S.R.L. para la prestacion del servicio publico a que se refiere el articulo precedente, el cual consta de veinticinco (25) clausulas y dos (2) anexos que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba el contrato de concesion que se aprueba mediante la presente resolucion. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese.

MTC
Otorgan concesion a Cable Tarapoto S.R.L. para prestar servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 585-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 18 de diciembre de 2001 Vista, la solicitud formulada por la empresa CABLE TARAPOTO S.R.L. para que se le otorgue concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del Articulo 75º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el Articulo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, establece que los servicios publicos de difusion se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripcion de un contrato de concesion aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion;

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 36670

Aprueban modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio correspondiente al ejercicio presupuestal 2001
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 587-2001-MTC/15.02 MORDAZA, 18 de diciembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 506-2000-MTC/ 15.01, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, correspondiente al ejercicio del ano 2001, conforme a los anexos integrantes de dicha Resolucion; Que, el Programa Rehabilitacion de Transportes del Proyecto Especial Rehabilitacion Infraestructura de Transportes - PERT - PRT, requiere se incluya en el referido Plan Anual diversos estudios que serian objeto de concursos publicos a convocarse, contando al efecto con el financiamiento correspondiente, de acuerdo con lo senalado en el cuadro anexo formulado por el PERT - PRT; Que, el Articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De-

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