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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (28/12/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 214535 NORMAS LEGALES Lima, viernes 28 de diciembre de 2001 NUEVO CHIMBOTE de un área de DIEZ MIL SETECIEN- TOS TREINTA M2, destinadas para la construcción de un Cuartel de la PNP, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de los actuados y de la pre- sente Resolución al Procurador Público encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior - Relativos a la Policía Nacional del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 34144 Autorizan a procurador iniciar proceso judicial a servidor de la PNP para que reintegre gastos ocasionados por resi- dentado médico RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1349-2001-IN/PNP Lima, 7 de noviembre del 2001 Visto, el PARTE Nº 003-00-HCPNP-SERV.NEFRO.601420 de 14.NOV.2000 y demás actuados, instruidos contra el Ca- pitán Méd. Asimilado PNP José Luis GANAJA TERUKINA, por la comisión de graves Faltas Contra la Moral, la Disciplina y el Servicio Policial y la solicitud de fecha 7.SET.2000 que presentó, pidiendo su pase a la Situación de Retiro; CONSIDERANDO: Que, el referido Oficial Subalterno Asimilado realizó Residentado Médico en la Especialidad de Nefrología, des- de el 1.JUN.94 hasta el 31.MAY.97, cuyos gastos fueron sufragados por el Estado; consecuentemente quedó com- prometido en continuar prestando sus servicios profesio- nales en la Institución Policial por el doble del tiempo que duró dicha especialización, conforme a lo prescrito en el Art. 66º del Dec. Leg. Nº 745 - Ley de Situación Policial del Personal de la Policía Nacional del Perú; Que, no obstante ello y antes de cumplirse el período acotado, el indicado servidor, con fecha 7.SET.2000 solici- tó su pase a la Situación de Retiro, petición que debe ser denegada, en razón de que sin esperar el resultado de su gestión, cometió graves Faltas Contra la Moral, la Discipli- na y el Servicio Policial, por haber abandonado definitiva- mente su habitual puesto de servicio en el Departamento de Nefrología del Hospital Central PNP, desde el 27.OCT.2000, desconociéndose su paradero actual; Que, resulta necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policía Nacional del Perú, para que inicie las acciones legales pertinentes contra el mencionado Capi- tán Médico Asimilado, por haber incumplido con su com- promiso adquirido, a efectos de que reintegre al Estado el total de los gastos ocasionados por la Especialización que recibió, incluidos los intereses legales generados a la fe- cha de reversión; Lo prescrito en el Art. 47º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con lo estipulado por el D.L. Nº 17537 modificado por el D.L. Nº 17667; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoría Legal de la Dirección de Personal PNP, en el Dictamen Nº 1095-2001- DIPER-PNP/DAPO-OAL de 30.MAR.2001; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relati- vos a la Policía Nacional del Perú, para que inicie las ac- ciones legales pertinentes contra el Capitán Méd. PNP (c) José Luis GANAJA TERUKINA, a fin de que reintegre al Estado el total de los gastos ocasionados por el Residen- tado Médico que realizó en la Especialización de Nefrolo- gía, desde el 1.JUN.94 hasta el 31.MAY.97, incluidos los intereses legales generados a la fecha de reversión.Artículo 2º.- Remitir los actuados a dicha Procuradu- ría, para que accione en el área de su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 34143 Sancionan con cese temporal y suspen- sión a servidores de la PNP RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1351-2001-IN/PNP Lima, 7 de noviembre del 2001 Visto, el Acta Nº 56-2001-COPEPROAD-PNP de 28.MAY.2001, de la Comisión Permanente de Procesos Admi- nistrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Poli- cía Nacional del Perú, en relación a la conclusión del proceso administrativo disciplinario instaurado al EC AB PNP Clodoal- do Anastacio GIRON GORDILLO (54) CIP Nº 70031022; CONSIDERANDO: Que, mediante R.D. Nº 3831-DIPER-PNP de 19- ABR.2001, se instauró proceso administrativo disciplinario al EC AB PNP Clodoaldo Anastacio GIRON GORDILLO, por la presunta comisión de Incumplimiento de normas y abandono de cargo, al dejar de asistir injustificadamente a sus labores en el Casino de Oficiales de la XI-RPNP, del 29.NOV. al 9.DIC.2000, siendo reincidente en cometer fal- tas de esta naturaleza, conforme se aprecia de su Hoja de Antecedentes, donde tiene registrado (54) días de suspen- sión y (2) amonestaciones, no habiendo morigerado su conducta pese a las advertencias y sanciones impuestas; Que, efectuada la notificación de la indicada Resolu- ción Directoral y transcurrido el plazo establecido, el pro- cesado ha presentado su descargo escrito ante la Comi- sión Permanente de Procesos Administrativos Disciplina- rios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, sin desvirtuar los cargos imputados; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al proceso seguido contra el refe- rido servidor, al que se contrae la presente Resolución, y observadas las garantías y procedimientos establecidos, ha comprobado que las acciones realizadas constituyen faltas disciplinarias graves, acordando por unanimidad re- comendar al Despacho Ministerial se le imponga la san- ción de TRES (3) meses de Cese Temporal sin goce de remuneraciones; Que, de conformidad a los Arts. 26º Inc. "c" y 28º Incs. "a" y "k" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y al Art. 155º Inc. "c" de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comisión Permanente de Pro- cesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, en el Acta Nº 56- 2001-COPEPROAD-PNP de 28.MAY.2001; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar al EC AB PNP Clodoaldo Anas- tacio GIRON GORDILLO, con TRES (3) meses de Cese Temporal sin goce de remuneraciones; por Faltas Discipli- narias (incumplimiento de normas y abandono de cargo). Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente Resolu- ción al interesado, a partir del día siguiente de su notifica- ción y/o publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 34145