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Pág. 214536 NORMAS LEGALES Lima, viernes 28 de diciembre de 2001 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1352-2001-IN/PNP Lima, 7 de noviembre del 2001 Visto, el Acta Nº 67-2001-COPEPROAD-PNP de 20.JUN.2001, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, en relación a la conclusión del proceso administrativo disciplinario instaurado a la EC CONTRATADA PNP Irma ZUÑIGA ESTRADA (44) CIP Nº 70035195; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 5004-DIPER- PNP de 21.MAY.2001, se instauró proceso administrativo disciplinario a la EC CONTRATADA PNP Irma ZUÑIGA ESTRADA, por la presunta comisión de incumplimiento de normas y abandono de cargo, al faltar injustificadamente a sus labores en el Centro Educativo PNP "TUPAC AMA- RU", desde el 14.FEB hasta el 5.MAR.2001; Que, efectuada la notificación de la indicada Resolu- ción Directoral y transcurrido el plazo establecido, la pro- cesada presentó su descargo escrito ante la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú; Que, la citada Comisión estudió y analizó los actuados inherentes al proceso seguido contra la referida servidora, observando las garantías y procedimientos sobre el parti- cular, estableciendo que la acción realizada constituye fal- ta disciplinaria grave; sin embargo, considerando que la procesada no registra antecedentes disciplinarios negati- vos y su desempeño laboral eficiente, así como tiempo de servicios y el descargo efectuado; acordaron por unanimi- dad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sanción de TREINTA (30) días de Suspensión sin goce de remuneraciones; Que, de conformidad a los Arts. 26º Inc. "b" y 28º Incs. "a" y "k" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y al Art. 155º Inc. "b" de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comisión Permanente de Pro- cesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, en el Acta Nº 67- 2001-COPEPROAD-PNP de 20.JUN.2001; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar a la EC CONTRATADA PNP Irma ZUÑIGA ESTRADA, con TREINTA (30) días de Sus- pensión sin goce de remuneraciones; por Faltas Discipli- narias (incumplimiento de normas y abandono de cargo). Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente Resolu- ción a la interesada, a partir del día siguiente de su notifi- cación y/o publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 34146 Autorizan a procurador iniciar proce- so judicial para obtener la devolución de monto de dinero perteneciente al FOSPOLI RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1614-2001-IN/0103 Lima, 14 de diciembre del 2001 Visto, el Oficio Nº 1711-2001-PP-PNP/1204 de 22 de noviembre del 2001, mediante el cual el Procurador Públi- co a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del In- terior relativos a la Policía Nacional del Perú, solicita se expida Resolución Ministerial autoritativa para iniciar ac-ciones civiles tendientes a recuperar dinero estafado al Estado Peruano. CONSIDERANDO: Que, Jaime Genaro Calla Villalta fue denunciado por delito contra el patrimonio (hurto, estafa y otros) en agravio del Fondo de Salud para el Personal de la Policía Nacional del Perú (FOSPOLI) ante el Vigésimo Segundo Juzgado Penal de Lima, el mismo que después de impulsar las dili- gencias de Ley, elevó los actuados a la Sala Penal corres- pondiente; Que, la Sala Penal Superior de delitos Tributarios y Aduaneros emitió sentencia con fecha 19 de octubre de 1999 condenando a Jaime Genaro Calla Villalta a cuatro años de pena privativa de libertad, la misma que se sus- pende por el período de prueba de 3 años fijando las re- glas de conducta que debe observar el sentenciado; Que, la citada Sala Penal, ha omitido pronunciarse so- bre la devolución del monto de S/. 203.000,00 nuevos so- les, siendo necesario iniciar las acciones civiles corres- pondientes para que el condenado en mención devuelva el monto de la suma estafada; De conformidad con el Art. 47º de la Constitución Polí- tica del Perú, concordante con el Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; y, Lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relati- vos a la Policía Nacional del Perú, para que inicie las ac- ciones judiciales correspondientes contra Jaime Genaro Calla Villalta a fin de recuperar el monto estafado al Esta- do, por los fundamentos de la presente resolución. Artículo 2º.- Remitir los actuados al Procurador Públi- co antes mencionado para su cumplimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 36579 Autorizan a procurador iniciar acciones contra representantes de empresa por presunta comisión de delito contra la fe pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1615-2001-IN/1701 Lima, 14 de diciembre del 2001 Visto el Informe Nº 012-2001-IN-OCI.O.INV del Inspec- tor General del Ministerio del Interior quien solicita que por intermedio de la Procuraduría Pública a cargo de los Asun- tos Judiciales del Ministerio del Interior se formalice de- nuncia penal contra los representantes de la empresa "Se- guridad Pentágono del Sur EIRL" representada por la ET 2 PNP Marisol PINTO BERNEDO y otro; por existir indicios de presunta comisión de delito contra la fe pública en agra- vio del Estado; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento aprobado por D.S. Nº 005-94-IN, modificado por D.S. Nº 006-94-IN establece las normas que regulan las actividades de los Servicios de Seguridad Pri- vada; Que, la Jefatura Departamental de la DICSCAMEC - Arequipa, en coordinación con la Fiscalía de Prevención del Delito y la Policía Nacional, han detectado que la em- presa "Seguridad Pentágono del Sur EIRL" presta servi- cios de seguridad privada habiendo adulterado la Resolu- ción Directoral Nº 507-97-IN/DICSCAMEC de fecha 19.ABR.97; Lo propuesto por la Dirección de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de