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Pág. 214802 NORMAS LEGALES Lima, sábado 29 de diciembre de 2001 Visto el Oficio Nº 01-12-2001-FPV de 13 de diciembre del 2001; y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Nº 072-2001-PE/CD-IPD de 7 de septiembre del 2001 se aprobó el Estatuto y respec- tivas Aclaratorias de la "Asociación Deportiva de Voleibol" y se reconoció a su Junta Directiva; Que mediante el documento del exordio, la asocia- ción recurrente da cuenta al Instituto Peruano del De- porte de la modificación de su denominación de "Aso- ciación Deportiva de Voleibol" por la de "FEDERACIÓN PERUANA DE VOLEIBOL" y, como consecuencia, la de los Artículos 1º, 4º, 45º y 75º del Estatuto, acreditando el registro correspondiente en la Partida Nº 11306879 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Regis- tral de Lima y Callao; Que, en consecuencia, resulta procedente expedir la Resolución Administrativa correspondiente; Con la aprobación del Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte, en Sesión Ordinaria celebrada el 13 de diciembre del 2001; Con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica, Ge- rencia Nacional de Deporte Afiliado y la Gerencia General; y, De conformidad con lo establecido en el Art. 10º literal g) de la Ley Nº 27159, Ley General del Deporte; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la modificación parcial del Estatuto de la "Asociación Deportiva de Voleibol", mate- ria de la Resolución Nº 072-2001-PE/CD-IPD de 7 de septiembre del 2001, contenida en sus Artículos 1º, 4º, 45º y 75º, respecto al cambio de su denominación por la de "FEDERACIÓN PERUANA DE VOLEIBOL"; la mis- ma que ha quedado inscrita en Partida Nº 11306879 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, según Testimonio de fecha 19 de no- viembre del 2001, que forma parte integrante de la pre- sente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO SCHIANTARELLI SORMANI Presidente Ejecutivo del Instituto Peruano de Deporte 37023 I R T P Exoneran de proceso de adjudicación directa el arrendamiento de inmueble ubicado en la ciudad de Iquitos RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 057/B-2001-IRTP Lima, 17 de diciembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, el 18 de octubre del año 2001, el IRTP suscribió el Quinto Addendum Nº 106-AL-2001-FIL al contrato de arren- damiento Nº 093-AL-2000-FIL del local ubicado en el jirón Raimondi 143 de la ciudad de Iquitos, por los meses de noviembre y diciembre del 2001; Que, la Oficina de Filiales con Memorándum Nº 1122- 2001-OF/IRTP solicita que se amplíe la vigencia del referi- do contrato de arrendamiento, es decir, que se suscriba otro addendum para aquellos efectos; Que, el contrato al que se refiere el arrendamiento alu- dido, vencerá el 31 de diciembre del 2001, siendo necesa- rio renovarlo; Que, el propietario del local arrendado ha aceptado ampliar el contrato desde el 1 de enero hasta el 31 de mar- zo del 2002 sin aumentar la merced conductiva que es deUS$ 550.00 (QUINIENTOS CINCUENTA Y 00/100 DOLA- RES AMERICANOS) por mes; Que, el literal g) del Artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, D.S. Nº 012-2001-PCM, exonera de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Direc- ta, según sea el caso, las prórrogas de plazo de los contra- tos de arrendamiento de inmuebles ocupados por la Enti- dad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del índice general de precios al por mayor; Que, en tal circunstancia las contrataciones se realiza- rán mediante proceso de Adjudicación de Menor Cuantía en virtud del Artículo 20º del mismo cuerpo legal; Que, el Artículo 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM esta- blece que la exoneración en mención debe aprobarse por Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, requiriendo de un Informe Técnico-Legal previo, el cual conforme al Artículo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 013-2001-PCM, debe ser emitido por las áreas técnica y de asesoría jurídica de la Entidad, y deberá contener la justificación técnica y le- gal de la adquisición o contratación y de la necesidad de la exoneración; Que, el Informe Técnico-Legal Nº 012-2001-OGAL/IRTP de fecha 11 de diciembre del 2001, emitido por la Oficina General de Asesoría Legal y la Gerencia de Administra- ción y Finanzas del IRTP, expone la justificación técnica y legal de continuar con el arriendo del local en cuestión y la necesidad de exonerar dicha contratación del proceso de Adjudicación Directa, en virtud del literal g) del Artículo 19º del D.S. Nº 012-2001-PCM, y realizarla mediante proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, bajo criterios de eco- nomía tales como el costo y la oportunidad; Estando a lo opinado por la Oficina General de Aseso- ría Legal y Gerencia de Administración y Finanzas, y de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 012- 2001-PCM, y su Reglamento, D.S. Nº 013-2001-PCM, y D. Leg. Nº 829, D.S. Nº 056-2001-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de Adjudicación Di- recta al arrendamiento del inmueble ubicado en el jirón Raimondi 143 de la ciudad de Iquitos, el cual se realizará mediante proceso de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo 2º.- Disponer que la Gerencia de Adminis- tración y Finanzas del IRTP se encargue de realizar la con- tratación exonerada por la presente Resolución, conforme al Artículo 105º del D.S. Nº 013-2001-PCM. Artículo 3º.- En cumplimiento del Artículo 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM y Artículo 115º del D.S. Nº 013-2001- PCM, dispóngase la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 días hábi- les de su emisión, así como la remisión a la Contraloría General de la República de copia de la misma y del infor- me que la sustenta, dentro de los 10 días calendario si- guientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS URRUTIA BOLOÑA Presidente Ejecutivo 37080 OSITRAN Exoneran de proceso de selección la prórroga de contrato de arrendamiento de inmueble celebrado con la ONP RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 015-2001-PD/OSITRAN Lima, 26 de diciembre de 2001