TEXTO PAGINA: 13
Pág. 197047 NORMAS LEGALES Lima, martes 9 de enero de 2001 SE RESUELVE: Artículo Primero.- Conceder vacaciones al doctor Máximo Acosta Sihuas, Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Huancavelica y Fiscal Superior de la Fiscalía Superior Mixta de Huancavelica, a partir del 8 de enero hasta el 1 de febrero del 2001. Artículo Segundo.- Encargar al doctor Guillermo Cravero Mertz, Fiscal Adjunto Superior de la Fiscalía Superior Mixta de Huancavelica, el Decanato del Distrito Judicial de Huancaveli- ca y el Despacho de la Fiscalía Superior Mixta de Huancavelica, por el término que dure las vacaciones del titular. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente reso- lución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente del Consejo Nacional de la Magistra- tura, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huancaveli- ca, Oficina de Registro de Fiscales, Gerencia Central de Personal y a los Fiscales antes mencionados; para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 15809 Ratifican designación de representan- te del Ministerio Público ante el Departa- mento de Coordinación para el Control de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 022-2001-MP-FN Lima, 8 de enero de 2001 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1163-93- MP-FN, del 17 de noviembre de 1993, se designa al doctor Pablo Wilfredo Sánchez Velarde, Fiscal Superior Titular de Lima, como representante del Ministerio Público, para que integre el Departamento de Coordinación para el Control de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados, a que hace referencia los Artículos 49º y 51º del Decreto Supremo Nº 008-93-ITINCI; Mediante Oficio Nº 191-2000-8ºFSPL-MP, cursado por el referido Fiscal Superior, pone a disposición tal designación; Estando a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legis- lativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ratificar la designación del doctor Pablo Wilfredo Sánchez Velarde, Fiscal Superior Titular de la Octava Fiscalía Superior Penal del Distrito Judicial de Lima; como representante del Ministerio Público ante el Departamen- to de Coordinación para el Control de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados, a que hace referencia los Artículos 49º y 51º del Decreto Supremo Nº 008-93-ITINCI. Artículo Segundo.- El Fiscal Superior designado deberá informar periódicamente a este Despacho sobre la labor enco- mendada. Artículo Tercero.- Hágase de conocimiento de la presente resolución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente de la Corte Superior de Lima, Fiscal Superior Decano de Lima, Oficina de Registro de Fiscales del Ministerio Público y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 15842 S B S Prorrogan plazo otorgado al Banco de Crédito del Perú para la apertura de sucursal en los EE.UU. RESOLUCIÓN SBS Nº 937-2000 Lima, 27 de diciembre de 2000 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCAVISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú, para que se le autorice la prórroga para la apertura de una Sucursal en la ciudad de Miami, Estado de Florida de los Estados Unidos de Norteamérica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 807-96 de fecha 19 de diciembre de 1996, esta Superintendencia autorizó la apertura de la referida Sucursal, la misma que debería efectuarse en un plazo de 180 días; Que, mediante Resolución Nº 355-97 de fecha 23 de mayo de 1997, esta Superintendencia concedió una prórroga de 180 días adicionales al plazo señalado en la Resolución SBS Nº 807-96; Que, mediante Resolución Nº 887-97 de fecha 19 de diciembre de 1997, esta Superintendencia concedió una prórroga de 180 días adicionales al plazo señalado en la Resolución SBS Nº 355-97; Que, mediante Resolución Nº 595-98 de fecha 22 de junio de 1998, esta Superintendencia concedió una prórroga de 180 días adicionales al plazo señalado en la Resolución SBS Nº 887-97; Que, mediante Resolución Nº 005-99 de fecha 7 de enero de 1999, esta Superintendencia concedió una prórroga de 180 días adicionales al plazo señalado en la Resolución SBS Nº 595-98; Que, mediante Resolución Nº 0802-99 de fecha 25 de agosto de 1999, esta Superintendencia concedió una prórroga de 180 días adicionales al plazo señalado en la Resolución SBS Nº 005-99; Que, mediante Resolución Nº 1093-99 de fecha 15 de diciembre de 1999, esta Superintendencia concedió una prórroga de 180 días adicionales al plazo señalado en la Resolución SBS Nº 0802-99; Que, mediante Resolución Nº 472-2000 de fecha 12 de julio de 2000, esta Superintendencia concedió una prórroga de 180 días adicionales al plazo señalado en la Resolución SBS Nº 1093-99; Que, las razones expuestas por la empresa recurrente justi- fican la prórroga propuesta; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación del Sistema Financiero "A", mediante Informe Nº DESF "A" 187-OT/00; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30º de la Ley Nº 26702 -Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros-; con la Circular Nº B-1996-97 y la Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Unico.- Conceder la prórroga solicitada por el Banco de Crédito del Perú, para la apertura de una Sucursal en la ciudad de Miami, Estado de Florida de los Estados Unidos de Norteamérica, por 180 días adicionales al plazo señalado en la Resolución SBS Nº 472-2000. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca 15591 Fijan contribución mensual que abona- rán las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones por concepto de supervisión RESOLUCIÓN SBS Nº 952-2000 Lima, 29 de diciembre de 2000 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 167-93-EF se han fijado los lineamientos generales para el cálculo de las contribuciones que abonarán las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones a la Superintendencia por concepto de supervisión de conformidad con lo establecido por el Artículo 59º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF; Que, de conformidad con el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 167-93-EF, a partir del mes de enero, la base de aplicación de la contribución para efectos de lo señalado en el considerando precedente, será el promedio del valor del fondo de los doce (12) meses anteriores, utilizando para este fin el valor del fondo al último día de cada uno de los meses respectivos; Que, atendiendo a lo establecido en el Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 167-93-EF, es necesario fijar la contribución men- sual a cargo de las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, correspondiente al ejercicio 2001; En uso de las facultades establecidas en los Artículos 1º y 4º de la Ley Nº 27328 a esta Superintendencia de Banca y Seguros;