Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2001 (18/01/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 18 de enero de 2001

Encargan el despacho defensorial a Adjunto al Defensor del Pueblo para los Servicios Publicos
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 03-2001/DP MORDAZA, 17 de enero de 2001 Vistos; los Memorandos Nºs. 005, 008 y 0032-2001/ DP-GA procedentes de la jefatura del Gabinete de Apoyo del Defensor del Pueblo, mediante los que se comunica que el Defensor del Pueblo (e) viajara a MORDAZA D.C., Estados Unidos de Norteamerica entre los dias 20 y 23 de enero del 2001, en atencion a la invitacion formulada por el Inter-American Dialogue para que participe en la Conferencia "Advancing Democracy through Press Freedom in the Americas", a llevarse a cabo durante esas fechas y, asimismo, los Memorandos Nºs. 028 y 018-2001-DP/GAD y el Anexo 3A Nº 001-2001-DP procedentes de la Gerencia de Administracion; y, CONSIDERANDO: Que, la Defensoria del Pueblo tiene encomendada la defensa de los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad, asi como la supervision del cumplimiento de los deberes de la administracion estatal y de la prestacion de los servicios publicos, de conformidad con lo dispuesto por los Articulos 161º y 162º de la Constitucion Politica del Estado y la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo; Que, el Inter-American Dialogue, ha invitado en forma especial al Defensor del Pueblo (e) para que participe en la Conferencia "Advancing Democracy through Press Freedom in the Americas", que se llevara a cabo del 20 al 23 de enero del 2001 en MORDAZA D.C., Estados Unidos de Norteamerica, en la que se evaluara la situacion de derechos constitucionales, fundamentales para el MORDAZA de democratizacion del MORDAZA y el desarrollo del Estado de Derecho, a cuya defensa contribuye la Defensoria del Pueblo; Que, el organizador de la conferencia reembolsara los gastos de transporte internacional y financiara los gastos por concepto de alojamiento y movilidad interna, siendo necesario autorizar el gasto diferencial que ocasione la comision del servicio MORDAZA referida; Que, con el fin de asegurar la continuidad de la gestion institucional, durante la ausencia del titular, debe encargarse el Despacho del Defensor del Pueblo al Adjunto al Defensor del Pueblo para los Servicios Publicos, segun lo dispuesto por el Articulo 8º de la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, Ley Nº 26520 y los Articulos 6º y 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante la Resolucion Defensorial Nº 32-99/DP y modificado por la Resolucion Defensorial Nº 25-2000/DP; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 163-81-EF y 031-89-EF; en concordancia con el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, por la Resolucion Defensorial Nº 66-2000/ DP y por los Articulos 6º y 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Resolucion Defensorial Nº 32-99/DP y su modificatoria la Resolucion Defensorial Nº 25-2000/DP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ENCARGAR la atencion del Despacho defensorial al senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Adjunto al Defensor del Pueblo para los Servicios Publicos, del 20 al 23 de enero del 2001 y en tanto dure la ausencia del titular. Articulo Segundo.- Los gastos diferenciales que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional por la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias - US-

AID: US$ 184,00, por concepto de viaticos y asignaciones (CIENTO OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) y, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, US$ 220,00 por concepto de gastos de viaticos y asignaciones y US$ 25,00 por concepto de Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto T.U.U.A. CORPAC. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensor del Pueblo (e) 16442

JNE
Aprueban uso del padron electoral elaborado por el RENIEC para las elecciones generales del ano 2001
RESOLUCION Nº 056-2001-JNE MORDAZA, 17 de enero de 2001 VISTOS: El Oficio Nº 047-2001-JEF/RENIEC, recibido el 8 de enero del ano 2001, del Jefe Nacional del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, remitiendo el padron electoral actualizado para ser utilizado en el MORDAZA de elecciones generales del ano 2001, adjuntando un CD-ROM con los datos de los electores habiles, las imagenes en 19 tapes, MORDAZA 3h-Modelo 3590; y, un CD-ROM adicional correspondiente a los ciudadanos que tienen documento nacional de identidad; y, El Oficio Nº 106-2001-JEF/RENIEC recibido el 17 de enero del presente ano del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, mediante el cual se ha remitido el padron electoral final luego de las observaciones hechas por el MORDAZA Nacional de Elecciones; CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 028-2000-PCM, ratificado por Decreto Supremo Nº 031-2000-PCM publicado el 2 de diciembre del ano 2000 en el Diario Oficial El Peruano, se ha convocado a elecciones generales para el dia MORDAZA 8 del mes de MORDAZA del ano 2001; Que es funcion del MORDAZA Nacional de Elecciones fiscalizar la legalidad de la elaboracion de los padrones electorales a utilizarse en los procesos electorales, de conformidad con lo establecido en el inciso a) del Articulo 178º de la Constitucion Politica del Peru; Que al efecto el MORDAZA Nacional de Elecciones mediante Resolucion Nº 1326-2000-JNE de fecha 28 de noviembre del 2000, establecio una linea telefonica gratuita que permitio la participacion de los ciudadanos en el control del padron electoral, y suscribio un Convenio con la Asociacion Civil Transparencia el 12 de diciembre del 2000, a fin de efectuar un examen del padron por muestreo, lo que se cumplio con la participacion del experto internacional Dr. MORDAZA Boneo, determinandose una aproximacion del 90% adecuado a los estandares internacionales; Que la Unidad de Fiscalizacion Electoral del MORDAZA Nacional de Elecciones ha efectuado distintas comprobaciones y determinado labores de depuracion adicionales que no afectan la calificacion del padron, como resulta del Informe Nº 001-2001-FE/JNE; y, como consecuencia, el padron electoral en mencion ha sido actualizado con las observaciones formuladas por el MORDAZA Nacional de Elecciones; Que luego de la actualizacion y depuracion final del padron electoral, el MORDAZA Nacional de Elecciones aprueba su uso dentro de los diez dias siguientes de recibido, conforme esta establecido en el inciso d) del Articulo 5º de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº

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