TEXTO PAGINA: 41
Pág. 197409 NORMAS LEGALES Lima, jueves 18 de enero de 2001 26486 y en el Artículo 201º de la Ley Orgánica de Eleccio- nes Nº 26859; Por estas consideraciones, el Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el uso del padrón electo- ral elaborado por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil para las elecciones generales del 8 de abril del 2001, el cual arroja una cifra de 14’ 906, 233 electores hábiles. Artículo Segundo.- Remitir a la Oficina Nacional de Procesos Electorales los medios técnicos remitidos por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, conte- niendo el padrón electoral actualizado y aprobado. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General. 16482 Establecen número de escaños en el Congreso de la República correspon- dientes a cada uno de los distritos electorales para las elecciones gene- rales del año 2001 RESOLUCIÓN Nº 057-2001-JNE Lima, 17 de enero de 2001. CONSIDERANDO: Que se ha convocado a Elecciones Generales para el día domingo 8 del mes de abril del año 2001, para la elección de un Presidente, dos Vicepresidentes y 120 Congresistas de la República; Que la elección de congresistas se realiza mediante el sistema del distrito electoral múltiple, dividiéndose el territorio de la República en 25 distritos electorales; Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 21° de la Ley Orgánica de Elecciones N° 26859, modificado por la Ley N° 27387, corresponde a cada uno de los 25 distritos electorales un escaño, siendo de competencia del Jurado Nacional de Elecciones la distribución de los 95 escaños restantes en forma proporcional al número de electores que existe en cada distrito, considerándose a los electores residentes en el extranjero dentro del distrito electoral de Lima; y, Que el padrón electoral elaborado por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil para las eleccio- nes generales del año 2001, aprobado mediante Resolu- ción N° 056-2001-JNE; contiene 14’906,233 electores há- biles, lo que dividido entre los 95 escaños a distribuir determina como cuociente 156,908; El Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE POR MAYORIA: Artículo Primero.- Establecer el número de escaños que corresponde a cada uno de los distritos electorales para las elecciones generales del año 2001, de la siguiente manera: Distrito Población Población Población Proporcional Directa Total Electoral Electoral electoral electoral/ Escaños 1 Amazonas 165,589 1.0553 1 1 2 2 Ancash 595,791 3.7971 4 1 5 3 Apurímac 184,655 1.1768 1 1 2 4 Arequipa 697,456 4.4450 4 1 5 5 Ayacucho 292,360 1.8633 2 1 3Distrito Población Población Población Proporcional Directa Total Electoral Electoral electoral electoral/ Escaños 6 Cajamarca 638,285 4.0679 4 1 5 7 Cusco 599,879 3.8231 4 1 5 8 Huancavelica 208,209 1.3270 1 1 2 9 Huánuco 353,829 2.2550 2 1 3 10 Ica 412,903 2.6315 3 1 4 11 Junín 673,852 4.2946 4 1 5 12 La Libertad 863,245 5.5016 6 1 7 13 Lambayeque 614,050 3.9134 4 1 5 14 Lima y extranjero 5,322,078 33.9185 34 1 35 15 Loreto 371,138 2.3653 2 1 3 16 Madre de Dios 38,323 0.2442 0 1 1 17 Moquegua 89,802 0.5723 1 1 2 18 Pasco 133,111 0.8483 1 1 2 19 Piura 816,314 5.2025 5 1 6 20 Puno 622,923 3.9700 4 1 5 21 San Martín 308,717 1.9675 2 1 3 22 Tacna 146,429 0.9332 1 1 2 23 Tumbes 92,046 0.5866 1 1 2 24 Ucayali 181,995 1.1599 1 1 2 25 Callao 483,254 3.0799 3 1 4 Totales 14,906,233 95 25 120 Artículo Segundo.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y de los Jurados Electorales Especiales competentes para inscribir las listas de candidatos al Congreso de la República, la pre- sente resolución para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA. BOLÍVAR ARTEAGA. SOTO VALLENAS. VELA MARQUILLÓ. BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General. VOTO SINGULAR DEL DR. RAMIRO DE VALDI- VIA CANO, MIEMBRO TITULAR Lima, 17 de enero de 2001. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 21º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, correspon- de a cada uno de los 25 distritos electorales un escaño y «el Jurado Nacional de Elecciones asigna a cada Distrito Electoral un escaño, distribuyendo los demás escaños en forma proporcional al número de electores que existe en cada distrito»; Que, para la votación congresional «los electores resi- dentes en el extranjero son considerados dentro del Dis- trito Electoral de Lima»; sin que exista fundamento para interpretar que su participación deba incrementar el número de curules atribuibles a la circunscripción electo- ral de Lima; Mi voto es por que el Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVA: Artículo Primero.- Establecer el número de escaños que corresponde a cada uno de los distritos electorales, de la siguiente manera: (1) 120 ESCAÑOS (2) Distrito Electoral Población Electoral (%) Proporcional Directa Total Amazonas 165,589 1.11 1 1 2 Ancash 595,791 4.00 4 1 5 Apurímac 184,655 1.24 1 1 2 Arequipa 697,456 4.68 5 1 6 Ayacucho 292,360 1.96 2 1 3 Cajamarca 638,285 4.28 4 1 5 Callao 483,254 3.24 3 1 4 Cusco 599,879 4.02 4 1 5 Huancavelica 208,209 1.40 1 1 2 Huánuco 353,829 2.37 2 1 3 Ica 412,903 2.77 3 1 4 Junín 673,852 4.52 4 1 5