Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2001 (18/01/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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Distrito Electoral La MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA Pasco MORDAZA MORDAZA San MORDAZA Tacna Tumbes Ucayali Votos en el extranjero Totales

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 18 de enero de 2001

(1) 120 ESCANOS (2) Poblacion Electoral (%) Proporcional Directa Total 863,245 5.79 6 1 7 614,050 4.12 4 1 5 5'066,395 33.99 33 1 34 371,138 2.49 2 1 3 38,323 0.26 0 1 1 89,802 0.60 1 1 2 133,111 0.89 1 1 2 816,314 5.48 5 1 6 622,923 4.18 4 1 5 308,717 2.07 2 1 3 146,429 0.98 1 1 2 92,046 0.62 1 1 2 181,995 1.22 1 1 2 255,683 1.72 0 0 0 14'906,233 100.00 95 25 120

cial que emita el Pleno, el Presidente, los senores Miembros Titulares y la Secretaria General del MORDAZA Nacional de Elecciones. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia General que realice las acciones necesarias para la obtencion de los hologramas de seguridad necesarios. Articulo Tercero.- La Secretaria General establecera un sistema de control para la conservacion y utilizacion de los hologramas, considerandolos como especies valoradas. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 16484

(1) Fuente: RENIEC 2001 (2) Cifra referencial: 154,216

Articulo Segundo.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, de los Jurados Electorales Especiales y de las organizaciones politicas la presente resolucion para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General. 16483

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra presuntos responsables de la comision de delito contra la insAutorizan uso de hologramas de seguri- cripcion electoral y la fe publica dad diferenciados en la documentaRESOLUCION JEFATURAL cion oficial que emita el Pleno, el PresiNº 660-2000-JEF/RENIEC dente, Miembros Titulares y la SecretaLima, 13 de diciembre de 2000 ria General del JNE Visto el Informe Nº 492-2000-GAJ/RENIEC, emitido
RESOLUCION Nº 058-2001-JNE MORDAZA, 17 de enero de 2001 Visto, el Oficio Nº 1518-2000-PLENO-5/JNE, recibido el 12 de diciembre de 2000, del senor doctor MORDAZA De MORDAZA MORDAZA, Miembro Titular del MORDAZA Nacional de Elecciones, solicitando se disponga la adquisicion y el uso de un holograma de seguridad para los senores miembros del Pleno, que sirva para autenticar las firmas de los miembros del Pleno y de la Secretaria General en la documentacion oficial y credenciales que emita el MORDAZA Nacional de Elecciones, evitando su falsificacion; CONSIDERANDO: Que tanto la documentacion oficial que emite el Pleno de este organo electoral, como la que expiden de manera individual, el senor Presidente, los senores Miembros Titulares y el senor Secretario General, como son: resoluciones, transcripciones, credenciales, oficios y otros; debe ofrecer a la ciudadania una mayor seguridad, evitando la facil falsificacion; Que a este efecto resulta necesario autorizar el uso de los hologramas de seguridad, a fin de brindar la seguridad en la documentacion oficial de este organismo; Que es atribucion de los Miembros Titulares de esta institucion la de proponer iniciativas al Pleno, conforme lo establece el Articulo 10º del Reglamento Interno; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el uso de hologramas de seguridad diferenciados en las resoluciones, transcripciones, credenciales, oficios, y demas documentacion ofipor la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 24 de MORDAZA de 2000. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del Informe del Visto se desprende que los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA del MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que dicen llamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA Hanamoto, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respectivamente, han incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo. Que el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la inscripcion electoral y contra la fe publica, en la modalidad de falsedad ideologica, previsto y sancionado en los Articulos 91º y 93º del Decreto Ley Nº 14207 y el Articulo 428º del Codigo Penal vigente. Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA del MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de

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