Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2001 (06/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, martes 6 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

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Designan vocales de la Sala de Propiedad Intelectual del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del INDECOPI
RESOLUCION SUPREMA Nº 038-2001-ITINCI MORDAZA, 5 de febrero de 2001 CONSIDERANDO:

Que de acuerdo al Acta de Junta Medica Penitenciaria Nº 041-2001-INPE-JCT, del 18 de enero de 2001 se le ha diagnosticado paraplejia espastica, ulceras de cubito en region sacrabilaterales infectadas y desnutricion II; por lo que requiere de tratamiento especializado; Que el caso del referido interno por sus condiciones personales y su estado de salud, se adecua a los requerimientos de un indulto humanitario, por encontrarse debidamente acreditada su enfermedad en los documentos MORDAZA mencionados; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 118º, inciso 21) de la Constitucion Politica del Peru, corresponde al Presidente de la Republica conceder indultos; SE RESUELVE:

Que conforme a lo establecido por el Articulo 11º del Decreto Ley Nº 25868, modificado por el Articulo 47º del Decreto Legislativo Nº 807, Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual -INDECOPIla Sala de Propiedad Intelectual del Tribunal del INDECOPI esta integrada por cuatro vocales, los mismos que son designados por Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; Que resulta necesario designar a los Vocales que deben integrar la referida Sala del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del INDECOPI; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 y Articulo 12º del Decreto Ley Nº 25868, modificado por el Articulo 47º del Decreto Legislativo Nº 807, Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz Najar, MORDAZA Padron Freundt y MORDAZA Abugattas Majluf como Vocales de la Sala de Propiedad Intelectual del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual, del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual -INDECOPI- . Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo 1º.- Conceder INDULTO por razones humanitarias a Fehmi, MEKOV ALIEV, quien viene cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Ordinario Lurigancho. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 17686

Conceden indulto por razones humanitarias a interna del Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Chorrillos
RESOLUCION SUPREMA Nº 053-2001-JUS MORDAZA, 5 de febrero de 2001 CONSIDERANDO:

Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA INCHAUSTEGUI MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 17685

JUSTICIA
Conceden indulto por razones humanitarias a interno del Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Ordinario Lurigancho
RESOLUCION SUPREMA Nº 052-2001-JUS MORDAZA, 5 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Articulo 1º de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de la persona humana y el respeto de la dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que Fehmi MEKOV ALIEV se encuentra cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Ordinario Lurigancho; Que de acuerdo al Certificado Medico Nº 087-00INPE-EPRCOL-DSP, del 4 de MORDAZA de 2000, el citado interno fue diagnosticado con paraplejia post traumatismo L1-L2;

Que de conformidad con el Articulo 1º de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de la persona humana y el respeto de la dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que MORDAZA MORDAZA SCAMARONE se encuentra cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Chorrillos; Que de acuerdo al Certificado Medico Nº 507-00-INPEEPMCH-JAS, del 27 de octubre de 2000, la citada interna ha sido diagnosticada con hernia en el nucleo pulposo L5-S1; Que dicho diagnostico ha sido ratificado por el Acta de Junta Medica Nº 051-2001-INPE-JCT, del 19 de enero del presente ano; Que el caso de la referida interna por sus condiciones personales, familiares y su estado de salud, se adecua a los requerimientos de un indulto humanitario, por encontrarse debidamente acreditada su enfermedad en los documentos MORDAZA mencionados; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 118º, inciso 21) de la Constitucion Politica del Peru, corresponde al Presidente de la Republica conceder indultos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conceder INDULTO por razones humanitarias, a MORDAZA MORDAZA SCAMARONE, quien viene cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Chorrillos. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 17687

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