Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2001 (07/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, sabado 7 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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Segunda.- Encargase al Ministerio Publico, a traves de la Fiscalia de la Nacion, la realizacion de las acciones pertinentes para la puesta en marcha del Programa de Proteccion de colaboradores, testigos, peritos y victimas a que alude la Ley y el presente Reglamento. Tercera.- La Unidad Especial de Investigacion, Comprobacion y Proteccion ­ UECIP de la Policia Nacional como entidad adscrita a la Fiscalia de la Nacion, entrara en funcionamiento en un plazo no mayor de 30 dias desde la entrada en vigencia del presente Reglamento. 26740

Vista la solicitud presentada por MORDAZA Whiler MORDAZA MORDAZA, asi como el Informe de la Comision de Indulto, Derecho de MORDAZA y Conmutacion de Penas para casos de Terrorismo y Traicion a la Patria, de fecha 27 de marzo del 2001, que recomienda la concesion del Indulto. CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 26655 se creo una Comision Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la Republica en forma excepcional, la concesion de indulto y derecho de MORDAZA, para quienes se encuentren condenados por delito de terrorismo o traicion a la patria, en base a elementos probatorios insuficientes que permitan presumir razonablemente que no habrian tenido ningun MORDAZA de vinculacion con elementos, actividades u organizaciones terroristas; Que mediante Ley Nº 27234, se otorgo al Consejo Nacional de Derechos Humanos cada una de las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 26655; Que la Comision de Indulto, Derecho de MORDAZA y Conmutacion de Penas para casos de Terrorismo y Traicion a la Patria, creada por Decreto Supremo Nº 003-2000-JUS, ha recomendado la concesion de indulto a favor del citado ciudadano por encontrarse su solicitud dentro de los alcances del Articulo 1º de la Ley Nº 26655; Que la permanencia de personas inocentes en prision constituye una situacion que debe ser remediada con la restitucion de la MORDAZA individual, dejando a salvo el derecho de los solicitantes a recuperar sus demas derechos y, en su oportunidad, a que se les repare adecuadamente el dano sufrido; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 118º inciso 21) de la Constitucion Politica del Peru; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Conceder INDULTO a MORDAZA WHILER MORDAZA MORDAZA, quien se encuentra en el Establecimiento Penitenciario de MORDAZA Seguridad de Picsi - Chiclayo. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 26727 RESOLUCION SUPREMA Nº 272-2001-JUS MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2001 Vistas las solicitudes presentadas por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Torero, asi como los Informes de la Comision de Indulto, Derecho de MORDAZA y Conmutacion de Penas para casos de Terrorismo y Traicion a la Patria, de fechas 1 y 8 de junio del 2001, que recomienda la concesion del Indulto. CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 26655 se creo una Comision Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la Republica en forma excepcional, la concesion de indulto y derecho de MORDAZA, para quienes se encuentren condenados por delito de terrorismo o traicion a la patria, en base a elementos probatorios insuficientes que permitan presumir razonablemente que no habrian tenido ningun MORDAZA de vinculacion con elementos, actividades u organizaciones terroristas; Que mediante Ley Nº 27234, se otorgo al Consejo Nacional de Derechos Humanos cada una de las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 26655; Que la Comision de Indulto, Derecho de MORDAZA y Conmutacion de Penas para casos de Terrorismo y

Conceden indulto a 10 sentenciados por delitos de terrorismo o traicion a la patria de diversos establecimientos penitenciarios del MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 270-2001-JUS MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2001 Vista la solicitud presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como el Informe de la Comision de Indulto, Derecho de MORDAZA y Conmutacion de Penas para casos de Terrorismo y Traicion a la Patria, de fecha 6 de junio del 2001, que recomienda la concesion del Indulto. CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 26655 se creo una Comision Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la Republica en forma excepcional, la concesion de indulto y derecho de MORDAZA, para quienes se encuentren condenados por delito de terrorismo o traicion a la patria, en base a elementos probatorios insuficientes que permitan presumir razonablemente que no habrian tenido ningun MORDAZA de vinculacion con elementos, actividades u organizaciones terroristas; Que mediante Ley Nº 27234, se otorgo al Consejo Nacional de Derechos Humanos cada una de las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 26655; Que la Comision de Indulto, Derecho de MORDAZA y Conmutacion de Penas para casos de Terrorismo y Traicion a la Patria, creada por Decreto Supremo Nº 003-2000JUS, ha recomendado la concesion de indulto a favor del citado ciudadano por encontrarse su solicitud dentro de los alcances del Articulo 1º de la Ley Nº 26655; Que la permanencia de personas inocentes en prision constituye una situacion que debe ser remediada con la restitucion de la MORDAZA individual, dejando a salvo el derecho de los solicitantes a recuperar sus demas derechos y, en su oportunidad, a que se les repare adecuadamente el dano sufrido; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 118º inciso 21) de la Constitucion Politica del Peru; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Conceder INDULTO a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien se encuentra en el Establecimiento Penitenciario de MORDAZA Seguridad de Huacariz - Cajamarca. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 26726 RESOLUCION SUPREMA Nº 271-2001-JUS MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2001

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