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Pág. 206235 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de julio de 2001 Ubicación de los Estudios y Planta Transmisora :Av. Héroes del Cenepa Nº 1696, distrito de La Peca, provincia de Ba- gua, departamento de Amazonas. Coordenadas: L.O. 78° 31' 51" L.S. 05° 38' 09" El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el artículo precedente, se inicia con un período de instalación y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta antes de sesenta (60) días previos a la terminación de dicho período, el titular de la autori- zación debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funciona- miento respectivas, bajo sanción de dejar sin efecto la autorización. Artículo 3º.- La empresa RADIO DIFUSORA SEL- VA E.I.R.L., está obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusión concedido acorde con la presente reso- lución, estando impedida de modificar las características a que se contrae el Artículo 1º de la presente resolución sin autorización previa de este Ministerio. Artículo 4º.- La autorización a que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autori- zado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MENACHO RAMOS Viceministro de Comunicaciones 26567 Aprueban Cronograma de Inspección Técnica para vehículos del Servicio Público de Transporte Terrestre Inter- provincial de Pasajeros en Ómnibus RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 878-2001-MTC/15.18 Lima, 6 de julio de 2001 CONSIDERANDO: Que, en el Artículo Segundo del Decreto Supremo Nº 003-2001-MTC se dispone que los vehículos que se encuentran habilitados a la fecha de expedición del presente Decreto Supremo, así como los que se habi- liten posteriormente para realizar el servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros por carretera con una antigüedad mayor de cinco (5) años contados a partir del año siguiente al de su fabricación, deberán ser sometidos a inspección téc- nica semestral que verifique el buen funcionamiento de sus sistemas mecánicos y eléctrico a realizarse en las instituciones designadas por la Dirección General de Circulación Terrestre del Ministerio de Transpor- tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción que conforme al Programa que deberá elaborar la indica- da Dirección General; Que, mediante Resolución Directoral Nº 026-2001- MTC/15.18 de fecha 11 de enero del 2001, se ha desig- nado al Instituto de Transporte de la Facultad de Inge- niería Mecánica de la Universidad Nacional de Ingenie- ría y al Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial - SENATI, para que a nivel nacional otorguen Certificados de Operatividad de los ómnibus de las em- presas de transportes concesionarias de rutas; Que, mediante Informe Nº 022-2001-MTC/15.18.04 la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional, remite el Cronograma de Inspecciones Técnicas en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 003-2001-MTC, lo cual es necesario aprobar;Que, en consecuencia es necesario dictar las medi- das administrativas correspondientes; Estando a lo opinado por las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Informe Nº 022-2001-MTC/15.18.04 y de Asesoría Legal en Infor- me Nº 1029-2001-MTC/15.18.01 ambas dependencias de la Dirección General de Circulación Terrestre; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Ómnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Decreto Supremo Nº 015- 98-MTC, Decreto Supremo Nº 003-2001-MTC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimien- tos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02- 94-JUS y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Aprobar, el Cronograma de Inspección Técnica a que se refiere el Decreto Supremo Nº 003- 2001-MTC, elaborado por la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional, cuyo origi- nal forma parte integrante de esta Resolución, como Anexo Nº 1, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Segundo.- Encargar la ejecución de esta Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional Regístrese y comuníquese. OSCAR MORENO ARAUJO Director General Dirección General de Circulación Terrestre ANEXO Nº 1 CRONOGRAMA DE INSPECCIÓN TÉCNICA EN APLICACIÓN AL ARTICULO 2° DEL D.S. N° 003-2001-MTC PARA LOS VEHÍCULOS DEL SERVICIO INTERPROVINCIAL DE PASAJEROS EN ÓMNIBUS DEPARTAMENTO LETRA FECHAS (a) (b) Ancash - Chimbote A - Z 16 DE JULIO AL 8 DE AGOSTO Arequipa A - E 16 DE JULIO AL 8 DE AGOSTO G - S 9 DE AGOSTO AL 31 DE AGOSTO T - Z 3 DE SET. AL 28 DE SET. Cusco A - Z 16 DE JULIO AL 8 DE AGOSTO Puno Junín - Huancayo A - S 16 JULIO AL 8 DE AGOSTO Apurímac R - Z 9 DE AGOSTO AL 31 DE AGOSTO Huánuco Pasco San Martín La Libertad - Trujillo A - S 16 DE JULIO AL 8 DE AGOSTO R - Z 9 DE AGOSTO AL 31 DE AGOSTO Lambayeque - Chiclayo A - M 16 DE JULIO AL 8 DE AGOSTO Cajamarca O - Z 9 DE AGOSTO AL 31 DE AGOSTO Lima A - B 16 DE JULIO AL 1 DE AGOSTO Ica C - D 2 DE AGOSTO AL 21 DE AGOSTO E 22 DE AGOSTO AL 24 DE NOV. F - H 26 DE NOV. AL 17 DE DIC. I - L 18 DE DIC. AL 7 DE ENERO M - O 8 DE ENERO AL 31 DE ENERO P - R 1 DE FEB. AL 14 DE FEB. S 15 DE FEB. AL 4 DE MARZO T - V 5 DE MARZO AL 22 DE MAYO Piura A - Z 16 DE JULIO AL 8 DE AGOSTO Tumbes Tacna A - Z 16 DE JULIO AL 8 DE AGOSTO Moquegua (a) : Origen de la concesión de la ruta (b) : Razón social por orden alfabético *SE CONSIDERA LA ATENCION DE LOS DIAS SABADOS **Instituciones Autorizadas: - SENATI (a nivel nacional) - UNI (Lima) 26699