Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2001 (07/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
IV. BASE LEGAL.

MORDAZA, sabado 7 de MORDAZA de 2001

Que, de conformidad con lo dispuesto por el inciso a) del Articulo 59º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, tiene la funcion de velar por el cumplimiento de dicha Ley, su Reglamento y normas complementarias; Que, conforme a lo establecido por los Articulos 13º, 20º, 30º y 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y 21º, 26º, 50º, 76º, 86º, 91º, 115º y la Novena Disposicion Complementaria de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, las Entidades sujetas a dicha normativa, estan obligadas a publicar en el Diario Oficial El Peruano los avisos de convocatoria, cancelacion del MORDAZA de seleccion, postergacion del acto publico, otorgamiento de la buena pro, declaratoria de desierto, exoneracion de MORDAZA de seleccion, nulidad de oficio y fe de erratas; Que, con el fin de facilitar la transferencia de la informacion indicada en el parrafo precedente, resulta necesario ordenar el MORDAZA y las caracteristicas de la informacion relativa a los avisos que las Entidades del Sector Publico deberan publicar en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo establecido en el inciso a) del Articulo 59º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones el Estado, por la MORDAZA Disposicion Final de su Reglamento y por el numeral 2) del Articulo 4º del Reglamento de Organizacion y Funciones del CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2001-PCM, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 0112001-CONSUCODE/PRE, que regula la informacion referida a los avisos de contrataciones y adquisiciones que deben ser publicados en el Diario Oficial El Peruano, la misma que forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto la Directiva Nº 001-98-CONSUCODE, aprobada por Resolucion Nº 00398-CONSUCODE/P y la Resolucion Nº 019-99CONSUCODE(PRE). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente DIRECTIVA Nº 011-2001 CONSUCODE/PRE PUBLICACION DE AVISOS REFERIDOS A PROCESOS DE SELECCION I. FINALIDAD. Orientar la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de los avisos de los procesos de seleccion referidos a la convocatoria, cancelacion del MORDAZA de seleccion, postergacion del acto publico, otorgamiento de la buena pro, declaratoria de desierto, exoneracion de MORDAZA de seleccion, nulidad de oficio y fe de erratas, a fin de que se ajusten a las disposiciones del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. II. OBJETIVO. Uniformizar la informacion que deben consignar las Entidades del Sector Publico para la publicacion en el Diario Oficial El Peruano, de los avisos referidos a procesos de seleccion, de conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. III. ALCANCE. La presente Directiva es de cumplimiento obligatorio por todas las Entidades del Estado comprendidas dentro de los alcances del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento.

- Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM. - Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM - Reglamento de Organizacion y Funciones del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2001PCM. V. DISPOSICIONES GENERALES. 1. A fin de poder identificar claramente los procesos de seleccion, estos se enumeraran conforme al siguiente orden: Primero se indicara el MORDAZA de MORDAZA de seleccion, seguido del numero correlativo por cada MORDAZA de proceso; los procesos se enumeraran en forma correlativa por cada MORDAZA al iniciarse cada ano calendario, empezando por el numero uno. Seguidamente, se indicara el ano de convocatoria y por ultimo las siglas de la entidad. Se utilizara exclusivamente el guion como caracter de separacion entre cada uno de los datos. Segun lo mencionado, la nomenclatura a emplear sera la siguiente: MORDAZA de MORDAZA - Numero correlativo - Ano - Siglas de la Entidad. · El MORDAZA de MORDAZA de seleccion se indicara de acuerdo a la siguiente codificacion: LP LPN LPI CP CPN CPI ADP = Licitacion Publica; = Licitacion Publica Nacional; = Licitacion Publica Internacional; = Concurso Publico; = Concurso Publico Nacional; = Concurso Publico Internacional; = Adjudicacion Directa Publica.

· El numero correlativo sera por cada MORDAZA de MORDAZA, se indicara con cuatro (4) digitos, numeros arabigos, enteros, empezando por el 0001 cada ano. · El ano se indicara con cuatro (4) digitos. · Las siglas de la entidad no podran contener guiones. 2. Cualquier omision u error en el aviso publicado tendra que ser subsanado o corregido mediante la publicacion de la respectiva fe de erratas respetando en todo momento el numero asignado al MORDAZA de seleccion. 3. Todo aviso de contrataciones y adquisiciones regulado por la presente Directiva sera publicado solo en pares de columnas y debera presentar las siguientes alternativas de medidas: a) 8 cm. x 4 col. b) 16 cm. x 4 col. c) 24 cm. x 4 col. d) 32 cm. x 4 col e) 8 cm. x 8 col. f) 16 cm. x 8 col. g) 24 cm. x 8 col.

4. La Direccion del Diario Oficial El Peruano determinara la distribucion y diagramacion de los avisos que reciba diariamente y podra suspender la publicacion de aquellos ilegibles y defectuosos; asimismo, establecera los horarios de atencion a las Entidades y demas requisitos necesarios para la publicacion de los avisos. VI. DISPOSICIONES ESPECIFICAS. 1. De las Convocatorias a Procesos de Seleccion Publicos. 1.1 Para Licitaciones Publicas y Concursos Publicos: En los avisos a que se refieren los Articulos 13º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y 50º y 76º de su Reglamento, se consignara la siguiente informacion:

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