Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2001 (09/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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Central Propietario Potencia Efectiva MW 11,1 25,5 32,0 74,0 0,9 22,9 67,0 59,5 33,6 36,8 3,4 141,5 1 988,3 Combustible

NORMAS LEGALES
Consumo Especifico Und./kWh 0,406 0,210 0,223 0,274 0,233 4,536 0,298 0,339 0,288 0,232 0,198 0,365

MORDAZA, lunes 9 de MORDAZA de 2001

Precio del Gas Natural Segun el Articulo 124º del Reglamento de la LCE, los precios del combustible deben ser tomados de los precios del MORDAZA interno. Sin embargo, para el gas natural no existen en la actualidad precios de MORDAZA interno. En el caso del gas natural, se ha considerado lo establecido en la Resolucion Directoral Nº 038-98-EM/ DGE, expedida el 25 de noviembre de 1998 por la Direccion General de Electricidad, en la que se precisa que, mientras no existan las condiciones que permitan obtener los precios del gas natural en el MORDAZA interno, la Comision de Tarifas de Energia (hoy OSINERG) establecera los costos variables de operacion de las centrales de generacion termoelectrica que utilizan como combustible el gas natural para la fijacion de las tarifas de energia en barra. Hasta la MORDAZA fijacion de tarifas en MORDAZA (noviembre 2000), se ha empleado como referencia para la determinacion del precio del gas natural seco, en US$/MMBtu, un valor igual al 10% del precio medio de los ultimos doce meses del barril de Petroleo Residual Fuel Oil (PRFO) al 0,7% de contenido de Azufre, en la Costa del Golfo de los Estados Unidos de Norteamerica, tomado de la revista "Petroleum Market Analysis" de Bonner & Moore - Honeywell El ultimo valor del precio del gas de acuerdo con esta metodologia fue 2,805 US$/MMBtu. Sobre la base de lo dispuesto por la Resolucion Directoral Nº 007-2001-EM/DGE, en lo sucesivo el precio MORDAZA del gas natural para todas las unidades de generacion que utilizan actualmente gas natural sera determinado con referencia al precio de Camisea. El precio de Camisea constituye un objetivo a alcanzar en el plazo que transcurrira entre la presente regulacion y la fecha prevista para la llegada del gas a MORDAZA, de acuerdo con los contratos vigentes de produccion y transporte. La aplicacion de esta regla se iniciara con un precio MORDAZA para la presente regulacion igual a 2,805 US$/MMBtu y una reduccion lineal que sera aplicada en las proximas regulaciones de precios en MORDAZA (cada seis meses) hasta alcanzar en el ano 2004 el valor fijado para el gas de Camisea en boca de MORDAZA mas el transporte hasta MORDAZA y su respectiva distribucion. Impuesto Selectivo al Consumo en el Precio de los Combustibles En el presente estudio, para el calculo de la tarifa, se ha excluido el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) a los combustibles liquidos ya que, segun el Articulo 50º de la Ley de Concesiones Electricas, los costos de los combustibles deben tomarse a precios vigentes en el mes de marzo del ano 2001. Precio del carbon En el caso del Carbon, que es consumido en la Central Termoelectrica Ilo 2, el precio es expresado en US$/Ton referido a un carbon estandar de Poder Calorifico Superior (PCS) de 6 300 kcal/kg. Con el objeto de incluir las variaciones en el precio del carbon en la actualizacion del precio de la electricidad se ha desarrollado la siguiente relacion para actualizar el precio Base del carbon (PPIAEqo):
PPIAEq 1 FOBCB 1 A+ B× PPIAEq 0 FOBCB 0

Chilina TV Nº 3 EGASA Residual Nº 500 Calana GD EGESUR Residual Nº 6 Mollendo I GD EGASA Residual Nº 500 Mollendo II TG EGASA Diesel Nº 2 MORDAZA GD EGESUR Diesel Nº 2 Ilo TV Nº 2 ENERSUR Vapor Ilo TV Nº 3 ENERSUR Vapor+Res Nº 500 Ilo TV Nº 4 ENERSUR Residual Nº 500 Ilo TG Nº 1 ENERSUR Diesel Nº 2 Ilo TG Nº 2 ENERSUR Diesel Nº 2 Ilo GD Nº 1 ENERSUR Diesel Nº 2 Ilo TV Nº 5 ENERSUR Carbon Total Notas : GD : Grupos Diesel. TV : Turbinas a Vapor. TG : Turbinas de Gas operando con Diesel Nº 2. PIAV : Petroleo Industrial de Alta Viscocidad (500). Und.: Kg. para el Diesel Nº 2 y el PIAV. MBtu para el Gas Natural. Mezcla1 R6,D2 : Composicion de Residual Nº 6 (85%) y Diesel Nº 2 (15%) Mezcla2 R500,D2 : Composicion de Residual Nº 500 (90%) y Diesel Nº 2 (10%)

2.2.3 Costos Variables de Operacion (CVT) Los costos marginales se han calculado a partir de los costos variables relacionados directamente a la energia producida por cada unidad termoelectrica. Los costos variables se descomponen en Costos Variables Combustible (CVC) y Costos Variables No Combustible (CVNC). El CVC representa el costo asociado directamente al consumo de combustible de la unidad termoelectrica para producir una unidad de energia. Dicho costo se determina como el producto del consumo especifico de la unidad (por ejemplo para una TG que utiliza Diesel Nº 2 como combustible el consumo especifico se expresa en Kg/KWh) por el costo del combustible (por ejemplo para el Diesel Nº 2 dicho costo se da en US$/Ton), y viene expresado en US$/MWh o mils/KWh4. El Costo Variable No Combustible (CVNC) representa el costo no asociado directamente al combustible, en el cual incurre la unidad termoelectrica por cada unidad de energia que produce. Para evaluar dicho costo se determina la funcion de costo total de las unidades termoelectricas (sin incluir el combustible) para cada regimen de operacion (potencia media, arranques y paradas anuales y horas medias de operacion entre arranques); a partir de esta funcion se deriva el CVNC como la relacion del incremento en la funcion de costo ante un incremento de la energia producida por la unidad. El procedimiento anterior proporciona tanto el CVNC de las unidades termoelectricas, como los Costos Fijos No Combustible (CFNC) asociados a cada unidad termoelectrica, para un regimen de operacion dado (numero de arranques por ano, horas de operacion promedio por arranque y MORDAZA de combustible utilizado). El Cuadro Nº 2.8 muestra los CVNC resultantes de aplicar el procedimiento indicado Precios de los Combustibles Liquidos En lo relativo al CVC, el precio utilizado para los combustibles liquidos (Diesel Nº 2, Residual Nº 6 y PIAV) considera la alternativa de abastecimiento en el MORDAZA peruano, incluido el flete de transporte local hasta la central de generacion correspondiente. En el modelo de simulacion de la operacion de las centrales generadoras (PERSEO) se ha considerado como precios de combustibles liquidos los fijados por PetroPeru en sus diversas plantas de ventas en el ambito nacional. El Cuadro Nº 2.6 presenta los precios de PetroPeru para combustibles liquidos en la MORDAZA de MORDAZA (Planta Callao), asi como en las Plantas de Mollendo e Ilo, al 31 de marzo del ano 2001. Cuadro Nº 2.6
PRECIOS BASE DE COMBUSTIBLES LIQUIDOS
Planta Callao MORDAZA de Combustible Diesel Nº2 Residual Nº6 Residual Nº500 Mollendo ILO Diesel Nº2 Residual Nº500 Diesel Nº2 Residual Nº6 MORDAZA de Cambio S/./US$ Precio Vigente S/. / Gln 3,40 2,30 2,27 3,40 2,20 3,42 2,35 3,525 US$ / Gln 0,96 0,65 0,64 0,96 0,62 0,97 0,67 US$ / Barril 40,51 27,40 27,05 40,51 26,21 40,75 28,00 US$ / Ton 297,0 180,6 175,2 297,0 169,8 298,7 184,6 Densidad kg / Gln 3,248 3,612 3,675 3,248 3,675 3,248 3,612

Donde A: 0,3531 B: 0,6469 ton/US$ FOBCB: Precio Referencial FOB del Carbon Bituminoso en US$/Ton

Fuente : Precios Petroperu al 31 de Marzo 2001

4

Un mil = 1 milesimo de US$

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