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Pág. 207460 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 25 de julio de 2001 Con el motor no deberá someterse a un período prolongado en ralentí y sin carga, se acciona el acelera- dor hasta obtener la intervención del gobernador en un lapso entre 2 y 3 segundos y cuando se obtenga ésta, sesuelta el pedal del acelerador hasta que el motor regre- se a la velocidad de ralentí y el opacímetro se estabilice en condiciones mínimas de lectura. La operación descrita en el párrafo anterior deberá efectuarse seis veces como mínimo. Se registrarán los valores máximos obtenidos en cada una de las acelera-ciones sucesivas, hasta obtener cuatro valores consecu- tivos que se sitúen en una banda, cuyo diferencia entre mediciones sea igual o menor a K = 0,25 m -1. El coefi- ciente de absorción a registrar será el promedio aritmé- tico de estas cuatro lecturas. Si el vehículo cuenta con múltiples salidas de los gases de escape, el coeficiente de absorción a registrar, es el promedio aritmético de las lecturas obtenidas en cada salida; en el caso que las lecturas obtenidas difie-ran en más de K = 0,15 m -1, se tomará la lectura más alta en lugar del promedio. Análisis de resultado.- Deberá registrarse cada valor de coeficiente de absorción observado, así como el promedio de estos valores, de acuerdo con los puntosanteriores. Para considerar que el vehículo pasa la prueba satisfactoriamente, el nivel máximo permisible de opa-cidad del humo promedio registrado en la serie de prueba debe ser igual o inferior al establecido en el Capítulo IV de la presente norma. Medición de gases para vehículos menores La emisión de la contaminantes por el tubo de escape de los vehículos motorizados menores de dos, tres o cuatro ruedas y con motores de encendido por chispa (ciclo Otto) de dos y cuatro tiempos conside-rará el Monóxido de Carbono (CO) y los Hidrocarbu- ros (HC). La verificación se realizará con medidor de emisiones infrarrojo no dispersivo en ralentí y mar-cha de crucero a revoluciones elevadas en igual forma que la realizada en el inciso E del presente Anexo. La verificación de humo se hará en unaforma visual, permitiéndose solamente la emisión de humo blanco (vapor de agua). Posteriormente, solamente en caso necesario, a partir del año dedada el presente Decreto Supremo, (primer reajus- te) se considerará la verificación de humo a través de un opacímetro. Las medidas no excederán los limites fijados en capítulo IV, el incumplimiento se considera Falta GRA- VE. G. Etapa 7 Las Emisiones sonoras no deben exceder los límites fijados en el capítulo VI Al final de la inspección el computador emitirá un reporte con los resultados de cada una de las pruebas. H. Etapa 8 Angulo de Giro Control de ángulos de giro en las ruedas directrices se utiliza equipos de dos tornamesas para las ruedas de dirección que indica los grados de giro en cada extremo. Las medidas deben ser iguales en cada extremoEl incumplimiento se considera falta MUY GRAVE I. Etapa 9 Detención de holguras. En esta estación se buscan holguras, es decir, el espacio libre existente entre una pieza y otra. A manera de ejemplo, se controla el extremo de un brazo de dirección en busca de holgura, en condiciones ideales nodebiera detectarse ninguna. El detector de holguras es el instrumento que se utiliza para controlar esta irregularidad. Este aparatoopera al someter al automóvil a movimientos que repro- ducen condiciones de marcha habituales. Estos movi- mientos simulados permiten ver el comportamiento delos componentes del sistema total del vehículo. De esta manera es posible saber el estado general de manteni- miento, armado, construcción y funcionamiento de lossistemas de dirección, suspensión y carrocería en su conjunto. Holguras en el sistema de dirección se consideran faltas MUY GRAVES.Holguras en el sistema de suspensión y carrocería se consideran faltas LEVES. J. Etapa 10 Sistema de suspensión En esta estación se revisa el sistema de suspensión del vehículo en un banco de suspensión. Este instru-mento mide la eficiencia de funcionamiento del sistema entre las ruedas de un mismo eje. Importante es recordar que la suspensión de todos los vehículos cumple con la finalidad absorber los movimientos provocados por las irregularidades del camino por donde se desplaza el vehículo. Deesta manera, se logra un mayor control y se crea un estado de confort adecuado durante el viaje y la conducción. El sistema de suspensión está compuesto de los siguientes elementos: amortiguadores, resortes, ba- rras de torsión, y otros. Su incumplimiento se considera falta Grave. K. Etapa 11 Inspección visual inferior Se verificarán los siguientes elementos: 1. Columna de dirección 1.1 No deben presentar rajaduras o signos de repa- ración. Deben estar firmemente fijados y empotrados con todos sus pernos. 1.2 Observación de las juntas cardánicas, no deben tener juego excesivo. 2. Caja de dirección 2.1. Verificar su fijación 2.2. Comprobar globalmente el estado mecánico 3. Comprobar estado de mangueras y niples. 4. Revisar hojas de los paquetes de muelles No debe tener hojas quebradas ni desalineadas. 5. Revisar resortes de espiral. 6. Revisar soportes y abrazaderas. No deben estar sueltos, quebrados o soldados. 7. Revisar cañerias, tubos flexibles, niples, abraza- deras. No deben tener fugas. Deben estar debidamente protegidos 8. Chasis. Observar estado general. No debe presentar rema- ches o pernos sueltos cortados o falta de ellos. No deben presentar torceduras, soldaduras inadecuadas, fisuras,refuerzos y reparaciones mal ejecutadas. 9. Transmisión Verificar juntas cardanicas, eje cardan y acopla- miento comprobar abrazadera o platina deseguridad a eje cardan. 10. Tanque de combustible. Debe estar fijo completamente libre de fugas. Las cañerías no deben presentar fugas. 11. Sistema completo de emisión de gases. Cualquier falta en la columna y caja de dirección se considera MUY GRAVE. Las demás se consideran GRAVES. De acuerdo a este resultado, si aprobó todas las pruebas recibirá su certificado y se colocará la calcoma- nía en el vehículo. Si fue rechazado en alguna prueba, obtendrá el reporte de sus resultados y deberá procederse de acuer- do al reglamento. Se registrará en la base de datos para conocimiento de toda la red. Artículo 60º.- En el Artículo 54º “D” se indica que excepcionalmente el MTC podrá autorizar efectuar revisiones técnicas en talleres u otras entidades espe-cializadas, en poblaciones en que la dimensión del parque automotriz no justifique una planta automati- zada móvil. A. Estos talleres se dedicarán exclusivamente a efectuar Revisiones Técnicas durante la vigencia de sucontrato.