Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2001 (27/07/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2001

los calendarios de compromiso y autorizaciones de giro correspondientes, a partir del mes de MORDAZA del presente ano fiscal". Articulo 2º.- Excepcion al Articulo 60º de la Ley Nº 23853 Exceptuase a los Gobiernos Locales de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, Tacna y de las provincias de Parinacochas y MORDAZA del MORDAZA MORDAZA en el departamento de MORDAZA, de lo dispuesto por el Articulo 60º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, facultandolos para que durante el mes de MORDAZA, gestionen emprestitos con el Banco de la Nacion, hasta por SETENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 70 000 000,00), para atender gastos corrientes y de capital derivados de la emergencia originada por el sismo del 23 de junio de 2001. Articulo 3º.- Condiciones de los emprestitos Los emprestitos a que se refiere el articulo precedente no superaran los recursos disponibles del FONCOMUN y seran cancelados en un plazo no mayor de 17 meses, mediante cuotas mensuales, a partir de agosto de 2001, y estaran garantizados con los recursos del FONCOMUN que correspondan a los Gobiernos Locales que contraten dichos financiamientos. Articulo 4º.- Derogatoria Dejese sin efecto las normas que se opongan a lo dispuesto en el presente dispositivo legal. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 28041

"Procedimientos para efectuar las Transferencias Presupuestarias en virtud del numeral 3.14 del Articulo 3º de la Ley Nº 27427" que dispone las pautas y lineamientos para efectuar las referidas Transferencias Presupuestarias; Que, el numeral 5.5.2 del Instructivo Nº 001-2001-EF/ 76.01, establecio que los Pliegos involucrados en la transferencia de recursos a la Reserva de Contingencia, deberan comunicar a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, la informacion debidamente sustentada de los montos que corresponda transferir, precisando que culminada la etapa MORDAZA indicada, el Ministerio de Economia y Finanzas consolidara la informacion proporcionada por todos los Pliegos Presupuestarios, y tramitara el dispositivo legal que corresponda a esta operacion; Que, por tratarse de medidas de materia economica y financiera que permitiran financiar la mejora de la gestion, la calidad y cobertura, prioritariamente de los Sectores a que se refiere el MORDAZA considerando, existen razones de interes nacional que justifican la expedicion del presente dispositivo en forma inmediata; Que, en consecuencia es necesario aprobar una operacion de Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico, a efectos de dar cumplimiento a lo senalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido por el inciso 19) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Articulo 3º de la Ley Nº 27427; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizacion de Transferencia de Partidas Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2001, hasta por la suma de SIETE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA MIL SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 980 749,00) de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA GOBIERNO CENTRAL SECCION MORDAZA INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS TOTAL A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO 009 001 03 006 0019 : : : : : : GOBIERNO CENTRAL Ministerio de Economia y Finanzas Administracion General Administracion y Planeamiento Planeamiento Gubernamental Planeamiento Presupuestario, Financiero y Contable Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico Recursos Ordinarios 5 707 727,00

Autorizan transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico destinada a financiar programas de salud, educacion, transporte terrestre, justicia y otros
DECRETO DE URGENCIA Nº 098-2001 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.14 del Articulo 3º de la Ley Nº 27427 -Ley de Racionalidad y Limites en el Gasto Publico para el Ano Fiscal 2001, dispone que los Titulares de Pliego, como muestra de esfuerzo, eficiencia y productividad, de las asignaciones autorizadas en su presupuesto, por toda fuente de financiamiento, reduciran el 3% de la asignacion autorizada para bienes y servicios de los gastos corrientes de sus respectivos Pliegos, para transferirlas a la ejecucion de proyectos de inversion, precisando que los Pliegos que no cuenten con proyectos de inversion, transferiran dichos recursos a la Reserva Financiera del Ministerio de Economia y Finanzas, para que se destinen a financiar los sectores senalados en el numeral 3.7 del Articulo 3º de la referida ley; Que, el numeral 3.7 del citado articulo senala que los referidos recursos seran destinados a financiar la mejora de la gestion, la calidad y cobertura, prioritariamente, de los Sectores de Educacion y Salud, entre ellos a los programas protegidos de Salud Individual, Salud Colectiva, Educacion Inicial, Educacion Primaria, Educacion Secundaria; asi como los programas de Transporte Terrestre, Justicia, Saneamiento, Promocion y Asistencia Social y Comunitaria, Promocion de la Produccion Agraria, Energia y Orden Interno, entre otros; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 008-2001EF/76.01, se aprobo el Instructivo Nº 001-2001-EF/76.01 -

2 273 022,00 ========== 7 980 749,00 ==========

00010 : 00 :

CATEGORIA DEL GASTO 5. GASTO CORRIENTE 0 Reserva de Contingencia TOTAL

7 980 749,00 =========== 7 980 749,00 ===========

Los Pliegos y Grupos Genericos de Gasto habilitadores de la Seccion Primera y Seccion MORDAZA del presente articulo son detallados en los Anexos Nºs. 1 y 1ª. Articulo 2º.- Remision Los Titulares de Pliego aprueban mediante Resolucion la desagregacion de los recursos habilitadores, dentro de los cinco (5) dias de la vigencia del presente Dispositivo Legal. MORDAZA de la Resolucion se remite dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los Organismos senalados en el Articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 909 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2001. Articulo 3º.- Notas de Modificacion Presupuestaria La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego instruye a la(s) Unidad(es) Ejecutora(s) bajo su ambito para que elaboren las correspondientes "Notas de Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto por la presente norma.

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