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Pág. 207670 NORMAS LEGALES Lima, viernes 27 de julio de 2001 PROCEDIMIENTO N ° 31 A INFORMACION DE PRECIOS, COSTOS Y CALIDAD DE COMBUSTIBLES LIQUIDOS 1. OBJETIVO Consignar y actualizar la información relativa a pre- cios, costos y calidad de combustibles líquidos, utilizada para el cálculo de costos variables de unidades de genera- ción termoeléctrica. 2. BASE LEGAL 2.1. Decreto Ley Nº 25844.- Ley de Concesiones Eléctri- cas (Artículo 40º incisos c y d). 2.2. Decreto Supremo Nº 009-93-EM.- Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (Artículo 99º). 3. RESPONSABILIDAD Entrega de la información :Empresas de Generación. Verificación :DOCOES. 4. OPORTUNIDAD Y VIGENCIA Los precios de combustibles serán actualizados en la oportunidad en que cada empresa generadora presente su información, con el sustento correspondiente. Si transcurridos dos meses de la última actualización, una empresa generadora no presenta nueva información, la DOCOES actualizará los precios de dicho integrante, con- forme se detalla en el presente procedimiento. 5. DATOS BASE Todos los precios presentados por las empresas genera- doras serán sustentados con facturas. Para combustibles líquidos los datos base a presentar serán: a)Precios ex planta del respectivo proveedor. b)Impuestos que no generen crédito fiscal. c)Costos de descarga y fletes terrestres hasta tan- ques de almacenamiento de la central. d)Costos de tratamiento químico y mecánico del combustible en el caso que los hubiera. e)Calidad del combustible. 6. PROCEDIMIENTO La información relativa a precios, costos y calidad de los combustibles líquidos utilizados en centrales termoeléctri- cas, será proporcionada a la DOCOES por los generadores en cada oportunidad de compra de combustibles, acompa- ñada de un informe sustentatorio de los valores entregados, en formato que figura en el Anexo-A. La DOCOES de Operaciones respetará la información presentada por el generador por un período de dos meses. De conformidad con lo señalado en el numeral 4 del presente procedimiento, si transcurrido el lapso de dos meses el generador no informase modificación al precio de combus- tible, la DOCOES automáticamente actualizará el precio del combustible aplicando el siguiente procedimiento: a)Se multiplica el precio ex-planta de la última infor- mación presentada por el factor de actualización: 0 1PCXFA PC = Donde: FA :Factor de Actualización del Precio ex-planta del combustible. PC1:Precio ex-planta del combustible actualizado. PC0:Precio ex-planta del combustible de la última información presentada. b)El factor de actualización se determina con la siguiente fórmula: PPIPPFFA= Donde: PPF :Precio ex-planta del combustible correspondien- te al reporte de PETROPERU, en la planta dereferencia del lugar de compra; este precio será el de más próxima publicación vigente disponi- ble a la fecha que se va a actualizar. PPI :Precio ex-planta del combustible correspondien- te al reporte de PETROPERU, en la planta de referencia del lugar de compra; este precio será el de más próxima publicación vigente al mo- mento de la última información presentada por la empresa de generación. Los otros precios asociados (costos de flete, costos de tratamiento químico y mecánico) se mantendrán de acuer- do a la última información presentada por la empresa. En caso de no figurar el precio del tipo de combustible a ser actualizado en la planta de referencia en el reporte de PETROPERU, este precio será calculado tomando en con- sideración el precio del combustible de características más semejantes a las del combustible por actualizar en la planta de referencia más cercana. ANEXO-A FORMATO DE INFORMACION REFERENTE A PRECIOS, COSTOS Y CALIDAD DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS UTILIZADOS POR LAS EMPRESAS CONFORMANTES DEL COES Fecha de Información. Tipo de Cambio. Tipo de Combustible. Poder Calorífico (Superior e inferior). Gravedad Específica. Unidad de Medida. Lugar de Adquisición. Composición química del combustible adquirido. Precio ex-planta de Adquisición adjuntando factura corres- pondiente. Impuestos que no generen crédito fiscal. Tipo o forma de transporte. Costo del Flete (unitario) adjuntando factura correspon- diente. Costo de tratamiento químico (unitario) (1). Costo de tratamiento mecánico (unitario) (2). Precio en tanque de almacenamiento (US$/galón america- no). Se acompañará la documentación sustentatoria de la información indicada. (1)Tratamiento químico, debe sustentarse remitiendo: a)Copia del análisis de combustible que justifique la utilización de aditivos. b)Justificación de la dosificación para un determina- do volumen de combustible consumido. c)Copia de la factura por la compra del aditivo. (2)Tratamiento mecánico, debe sustentarse remitiendo: Copias de las facturas por adquisición de materiales y repuestos utilizados en la reparación, mantenimiento y operación de los equipos de centrifugación. PROCEDIMIENTO N ° 31 B INFORMACION DE PRECIOS, COSTOS Y CALIDAD DE COMBUSTIBLE CARBON 1. OBJETIVO Consignar y actualizar la información relativa a pre- cios, costos y calidad del combustible carbón, utilizada para el cálculo de costos variables de unidades de generación termoeléctrica. 2. BASE LEGAL 2.1. Decreto Ley Nº 25844.- Ley de Concesiones Eléctri- cas (Artículo 40º incisos c y d). 2.2. Decreto Supremo Nº 009-93-EM.- Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (Artículo 99º). 3. RESPONSABILIDAD Entrega de la información :Empresas de Generación. Verificación :DOCOES. 4. OPORTUNIDAD Y VIGENCIA Los precios del combustible carbón serán actualiza- dos en la oportunidad en que cada empresa generadora