Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (01/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 60

Pág. 203742 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de junio de 2001 Dado en la Casa de Gobierno, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 24525 Autorizan viaje de funcionarios del Ministerio a los EE.UU. para participar en evento de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Asenta- mientos Humanos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 083-2001-MTC Lima, 31 de mayo de 2001 CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de Norteamérica, del 4 al 8 de junio del 2001 se desarrollará en la sede de las Naciones Unidas, los debates del "XXV Período Extraordinario de Sesiones de la Asamblea Gene- ral para el Examen y Evaluación General de la Aplicación de los resultados de la Conferencia de las Naciones Uni- das sobre los Asentamientos Humanos - HABITAT II", denominado Estambul+5; Que, la Representación Permanente del Perú ante las Naciones Unidas ha inscrito en la lista de oradores de las Sesiones de Debate en la referida Asamblea, al arquitecto Raúl Flórez García-Rada, Viceministro de Vivienda y Construcción del Ministerio de Transportes, Comunica- ciones, Vivienda y Construcción; en representación del Perú, en su condición de Presidente de la Comisión Nacio- nal HABITAT II; Que, el Perú, al igual que los demás Estados Miem- bros, presentará su Informe Nacional, así como expondrá sus políticas y estrategias en materia de desarrollo urba- no y vivienda, entre otros aspectos; Que, al mencionado evento también concurrirá el arquitecto Armando García Campos, Asesor del Despa- cho Viceministerial de Vivienda y Construcción y Secreta- rio Ejecutivo de la Comisión Nacional HABITAT II; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 909 y Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, modificado por De- creto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los siguientes fun- cionarios del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, durante los días 3 al 8 de junio de 2001, para que participen en el "XXV Período Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General para el Examen y Evaluación General de la Aplicación de los resultados de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Asentamientos Humanos - HABITAT II (Estam- bul+5): - Arquitecto Raúl Flórez García-Rada, Viceministro de Vivienda y Construcción. - Arquitecto Armando García Campos, Asesor del Despacho Viceministerial de Vivienda y Construcción. Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del viaje autorizado por la presente Resolución, será con cargo al Presupuesto del Ministerio de Transportes, Co- municaciones, Vivienda y Construcción, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 2,303.60 Viáticos US$ 2,640.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 50.00Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 24524 Otorgan a persona jurídica autoriza- ción y permiso de instalación para operar estación retransmisora del ser- vicio de radiodifusión educativa por televisión RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 338-2001-MTC/15.03 Lima, 24 de mayo de 2001 VISTA, la solicitud formulada por la ASOCIACIÓN CULTURAL ENTIDADES LATINOAMERICANAS CO- MUNICANDO EL EVANGELIO - ENLACE, para que se le otorgue autorización para establecer una estación re- transmisora del servicio de radiodifusión educativa por televisión en la banda de VHF, en el distrito de Lahua- ytambo, provincia de Huarochirí, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión se requiere de autorización y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Co- municaciones, Vivienda y Construcción; Que, los Artículos 48º y 49º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones antes referido, estable- cen que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servi- cio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomu- nicación; Que, el Artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 064-94-TCC, y el Texto Único de Procedimientos Admi- nistrativos del Ministerio de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción, señala que para obtener autorización para prestar servicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dichas normas se detallan; Que, el Artículo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autori- zación para prestar servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses; Que, el Artículo 99º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que el servicio de radio- difusión educativa es prestado por personas jurídicas sin fines de lucro, cuya naturaleza tienen las asociaciones; siendo la solicitante una asociación; Que, el Artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las características de instalación y operación autorizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros paráme- tros técnicos, si antes no se obtiene la correspondiente aprobación del Ministerio de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción;