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Pág. 204368 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de junio de 2001 Artículo 3º.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denomina- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 25108 Autorizan ejecución de obras de Va- riante de la Carretera Ilo-Desaguadero mediante adjudicación directa de me- nor cuantía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 239-2001-MTC/15.02 Lima, 8 de junio de 2001 Vistos el Informe Técnico elaborado por la Gerencia de Proyectos JBIC del Programa de Rehabilitación de Transportes y el Informe Legal elaborado por la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, las Repúblicas del Perú y Bolivia han conve- nido en ejecutar la construcción de una carretera bina- cional pavimentada que unirá la ciudad de La Paz con el puerto de Ilo, permitiendo una integración comercial que beneficiará económica y socialmente a ambos paí- ses; Que, el Gobierno de la República de Bolivia ha hecho de conocimiento del Gobierno de la República del Perú la nueva ubicación del Puente Internacional sobre el río Desaguadero, originando que sea necesario proyectar una nueva Vía de Acceso en el lado peruano, ya que el Puente Internacional Desaguadero actualmente en ser- vicio no está acorde con la categoría y capacidad de las carreteras de integración en ejecución por ambos paí- ses; Que, esta comunicación obliga al Gobierno Peruano a modificar el trazo de la carretera para llegar al nuevo punto de encuentro entre las carreteras de ambos países, a través de una variante de Acceso al nuevo Puente Internacional Proyectado; Que, lo antes expuestos compromete de manera extraordinaria y en forma directa e inminente, el servi- cio que la citada carretera Binacional presta en la integración comercial entre ambos países, configu- rándose una situación de urgencia de acuerdo a lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, en tal sentido resulta necesario exonerar al Programa de Rehabilitación de Transportes - PRT - PERT del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción del requisito de Licitación Pública para la contratación de las obras de la Variante de la Carretera Ilo - Desaguadero Km. 393 - 392.78; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su regla- mento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en situación de urgencia la ejecución de las obras de la Variante de la Carretera Ilo - Desaguadero Km. 393 - 392.78.Artículo 2º.- Exonerar al Programa Rehabilita- ción de Transportes PRT - PERT del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construc- ción del requisito de Licitación Pública a fin de efec- tuar las obras señaladas en el artículo anterior, autorizándolo a efectuarla por Adjudicación Directa de Menor Cuantía. Artículo 3º.- La contratación que se efectúe en virtud del presente Decreto Supremo se regulará por las disposiciones de la Ley Nº 26850, Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demás normas complementarias. Artículo 4º.- La ejecución de la obra señalada en el Artículo Primero se efectuará con cargo al Presupuesto del Pliego del Ministerio de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción aprobado para el Ejercicio Fiscal del año 2001, bajo las metas trazadas a través del Convenio de Préstamo PE-P15 suscrito entre la Repúbli- ca del Perú y The Overseas Economic Cooperation Fund, actualmente Japan Bank International Coopera- tion - JBIC. Artículo 5º.- La presente Resolución será puesta en conocimiento de la Contraloría General de la República dentro de los diez días calendario siguientes a su apro- bación. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 25107 Otorgan permiso de operación de aviación general - servicio privado a Corpac S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 078-2001-MTC/15.16 Lima, 11 de mayo del 2001 Vista la solicitud de CORPORACIÓN PERUANA DE AEROPUERTOS Y AVIACIÓN COMERCIAL S.A. - CORPAC, sobre Permiso de Operación de Aviación Ge- neral - Servicio Privado; CONSIDERANDO: Que, según los términos del Memorándum Nº 0153-2001-MTC/15.16.02, emitido por la Oficina de Asesoría Legal; Memorándum Nº 036-2001-MTC/ 15.16.06, emitido por la Dirección de Seguridad Aé- rea; Memorándum Nº 042-2001-MTC/15.16.05.2, emitido por la Subdirección de Aeronavegabilidad, Memorándum Nº 077-2001-MTC/15.16.05.3, emitido por la Subdirección de Operaciones; Constancia de Inscripción, emitida por la Oficina Registral de Lima y Callao; se considera pertinente atender lo solicita- do, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en el Reglamento vi- gente de acuerdo a lo señalado en la Tercera Disposi- ción Transitoria y Final de la referida Ley; y las demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del princi- pio de presunción de veracidad, acepta las declaracio- nes juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verifi- cando posteriormente la validez de los mismos, con- forme lo dispone la Ley Nº 25035 y el Decreto Legis- lativo Nº 757;