Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2001 (08/03/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 8 de marzo de 2001

Dejan sin efecto autorizacion otorgada a empresa para la instalacion de planta de harina de pescado residual en la provincia de Sechura
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 069-2001-PE/DNPP MORDAZA, 6 de marzo del 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 185-98-PE/ DNPP del 14 de octubre de 1998, se otorgo a MORDAZA PESCA COMERCIALIZACION Y EXPORTACION S.A. autorizacion para la instalacion de una planta de harina de pescado residual como parte integrante y de uso exclusivo en el sistema de tratamiento de residuos de pescado y especies desechadas provenientes de sus plantas de enlatado, congelado y curado de productos hidrobiologicos, con una capacidad proyectada de 10 t/h, en su establecimiento industrial pesquero a ubicarse en el Km. 18.6, Carretera Sechura Parachique, provincia de Sechura, departamento de Piura; Que el Articulo 57º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94PE, establece que la autorizacion para instalar un establecimiento industrial pesquero se otorga con vigencia no mayor de un ano, pudiendo renovarse por una sola vez y por igual periodo, siempre que se acredite haber realizado inversion sustantiva dentro del periodo inicialmente autorizado; Que de la inspeccion inopinada efectuada el 21 de diciembre del 2000 por la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero del Ministerio de Pesqueria al establecimiento industrial pesquero de la empresa, se constato que MORDAZA PESCA COMERCIALIZACION Y EXPORTACION S.A. no ha cumplido con la instalacion de su planta de harina de pescado residual dentro del plazo autorizado, por lo que procede dejar sin efecto la Resolucion Directoral Nº 185-98-PE/DNPP; Estando a lo informado por la Direccion de Normas de la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero, a traves de su Informe Nº 058-2001-PE/DNPP-Dn del 22 de febrero del 2001; y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el Articulo 4º de la Resolucion Directoral Nº 185-98-PE/DNPP y el Articulo 57º del Decreto Supremo Nº 01-94-PE, Reglamento de la Ley General de Pesca; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dejar sin efecto la autorizacion otorgada a MORDAZA PESCA COMERCIALIZACION Y EXPORTACION S.A. mediante la Resolucion Directoral Nº 185-98PE/DNPP del 14 de octubre de 1998, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Procesamiento Pesquero (e) 19538

por las Resoluciones Directorales Nºs. 301-2000-PE/ DNE, 020-2001-PE/DNE y 042-2001-PE/DNE de fechas 29 de diciembre del 2000, 29 de enero y 15 de febrero del 2001, se otorgo y prorrogo respectivamente, el permiso de pesca a SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Peru del armador japones WAKASHIO SUISAN KABUSHIKI KAISHA para operar la embarcacion pesquera de bandera japonesa denominada "WAKASHIO MARU Nº 85", de 328 de Tonelaje Neto, 989.96 m3 de capacidad de almacenamiento, con el uso de potera como arte de pesca, por un periodo de vigencia a partir de las fechas 1 al 31 de diciembre del 2000, 1 al 31 de enero del 2001, 1 al 15 de febrero del 2001 y 16 de febrero al 2 de marzo del 2001; Que a traves del escrito del visto, la recurrente solicita la prorroga del permiso de pesca indicado por quince (15) dias adicionales del 3 de marzo al 17 de marzo del 2001, conforme a lo dispuesto por el Articulo 4º de la Resolucion Ministerial Nº 289-2000-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero mediante Informe Nº 099-2001PE/DNE-Dacp, y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y modificatorias, el Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Resolucion Ministerial Nº 04798-PE modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 271-98-PE y 156-2000-PE, las Resoluciones Ministeriales Nºs. 289-2000-PE y 332-2000-PE, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar el permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 276-2000-PE/DNE, prorrogado por Resoluciones Directorales Nºs. 301-2000-PE/DNE, 020-2001-PE/DNE y 042-2001-PE/DNE a SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Peru del armador japones WAKASHIO SUISAN KABUSHIKI KAISHA para operar la embarcacion pesquera de bandera japonesa "WAKASHIO MARU Nº 85" con indicativo internacional J C J J, hasta el 17 de marzo del ano 2001, manteniendose los demas terminos y condiciones. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Extraccion 19540

PROMUDEH
Autorizan a procuradora iniciar las acciones correspondientes contra ex funcionario y funcionarios de la Unidad Operativa COOPOP MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 109-2001-PROMUDEH MORDAZA, 6 de marzo de 2001 Vistos el Oficio Nº 018-2001-PE-COOPOP de fecha 26 de enero del 2001, del Presidente Ejecutivo de la Oficina Nacional de Cooperacion Popular - COOPOP, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a las conclusiones y recomendaciones contenidas en el Informe Especial Legal Nº 07-2000-GAI/ COOPOP-PROMUDEH "Examen Especial a la Unidad Operativa COOPOP - CUSCO",del Organo de Auditoria Interna de la Oficina Nacional de Cooperacion Popular, se ha determinado Presunta Responsabilidad Civil en que

Prorrogan permiso de pesca otorgado a Siete Mares S.A.C. para operar embarcacion de bandera japonesa
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 075-2001-PE/DNE MORDAZA, 2 de marzo del 2001 Visto el expediente de registro Nº CE-00099002 del 27 de febrero del 2001, presentado por la empresa SIETE MARES S.A.C. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 276-2000PE/DNE de fecha 4 de diciembre del 2000, prorrogada

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