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Pág. 200076 NORMAS LEGALES Lima, viernes 16 de marzo de 2001 Gerencia Central de Personal, Oficina de Registro de Fiscales y a los Fiscales mencionados para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación Presidenta del Consejo Transitorio CARLOS A. MANSILLA GARDELLA Consejero MANUEL BALAREZO GAMARRA Consejero JUAN PORTOCARRERO HIDALGO Consejero 20099 Nombran magistrado provisional de la Fiscalía Provincial en lo Penal de Rioja RESOLUCIÓN DEL CONSEJO TRANSITORIO DEL MINISTERIO PÚBLICO Nº 084-2001-CT-MP Lima, 14 de marzo del 2001 VISTO Y CONSIDERANDO: Que se encuentra vacante la plaza de Fiscal Provin- cial de la Fiscalía Provincial Penal de Rioja; del Distrito Judicial de San Martín, que el doctor Pedro Víctor Roca Amaro reúne los requisitos de ley para ocupar la mencio- nada plaza; estando al Acuerdo Nº 184 adoptado por unanimidad por el Consejo Transitorio del Ministerio Público, en sesión de fecha 13 de marzo del 2001, con dispensa de la lectura y aprobación del Acta; y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27367; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al doctor Pedro Víc- tor Roca Amaro, como Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalía Provincial en lo Penal de Rioja del Distrito Judicial de San Martín. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presen- te Resolución a los señores, Presidentes de la Corte Supre- ma de Justicia de la República, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente de la Corte Supe- rior de Justicia de San Martín, Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de San Martín, Gerencia General del Ministerio Público, Oficina de Registro de Fiscales y al Fiscal mencionado para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación Presidenta del Consejo Transitorio CARLOS A. MANSILLA GARDELLA Consejero MANUEL BALAREZO GAMARRA Consejero JUAN PORTOCARRERO HIDALGO Consejero 20100 Aprueban Directiva que regula el proce- dimiento a seguir en casos que se hayan efectuado consultas excepcionales por control difuso RESOLUCIÓN DEL CONSEJO TRANSITORIO DEL MINISTERIO PÚBLICO Nº 086-2001-CT-MP Lima, 14 de marzo de 2001VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio Nº 049-B-2001-CT-MP, de fecha 2 de marzo del 2001, cursado por los Consejeros del Consejo Transitorio del Ministerio Público, en el que remiten el Proyecto sobre control difuso al que- dar sin efecto la Directiva Nº 01-97-1FSPL-MP; estando al Acuerdo Nº 177 adoptado por unanimidad por el Consejo Transitorio del Ministerio Público, en sesión de fecha 13 de marzo del 2001, con dispensa de la lectura y aprobación del Acta; y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27367; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 01- 2001-CT-MP del Consejo Transitorio del Ministerio Público, que regula el procedimiento a seguir en los casos en que se hayan efectuado consultas excep- cionales por control difuso, al haber quedado sin efecto la Directiva Nº 01-97-1FSPL-MP de fecha 11 de abril de 1997: DIRECTIVA Nº 01-2001-CT-MP ASUNTO: Instrucciones del Consejo Transitorio del Ministerio Público al haber quedado sin efecto la Directiva Nº 01- 97-1FSPL-MP. BASE LEGAL: Ley Nº 27367 del 6 de noviembre del 2000 que crea el Consejo Transitorio del Ministerio Público. Resolución Nº 036-2001-MP-CT-MP que deja sin efecto la Directiva Nº 01-97-1FSPL-MP, del 11 de abril de 1997 sobre consulta excepcional por control difuso. INSTRUCCIONES: Habiéndose dejado sin efecto la Directiva Nº 001-97- 1FSPL-MP, del 11 de abril de 1997, se dispone lo siguiente: 1.- Quedan sin efecto las consultas excepcionales que se hubieran efectuado por control difuso, antes o después de dicha Directiva, y en consecuencia, salvo en los casos en que hubiera mediado la prescripción de la acción penal, aplicación de lo dispuesto por el Artículo 12º de la Ley Orgánica del Ministerio Público los Fisca- les Provinciales deberán proceder a ejecutar las disposiciones que en cada investigación, denuncia o expedientillo bajo su conocimiento, hayan dictado los señores Fiscales Superiores. 2.- En los casos pendientes de elevarse por con- trol difuso al señor Fiscal Supremo en lo Penal, carecerán de objeto tales elevaciones debiendo procederse con arreglo al Artículo 12º de nuestra Ley Orgánica. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a los señores, Presidentes de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidentes de la Corte Superior de Justicia de la República, Fisca- les Superiores Decanos de los Distritos Judiciales de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación Presidenta del Consejo Transitorio CARLOS A. MANSILLA GARDELLA Consejero MANUEL BALAREZO GAMARRA Consejero JUAN PORTOCARRERO HIDALGO Consejero 20101