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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2001 (16/03/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 45

Pág. 200067 NORMAS LEGALES Lima, viernes 16 de marzo de 2001 Disponen que la Defensoría del Pue- blo retire de circulación afiches cuya difusión puede ser calificada como contraria a la neutralidad política RESOLUCIÓN Nº 246-2001-JNE Lima, 15 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que se halla en curso el proceso de elecciones generales presidenciales y parlamentarias convocadas para el día 8 del mes de abril del año 2001; Que la Defensoría del Pueblo viene difundiendo un afiche titulado "TENGAMOS ELECCIONES LIMPIAS EXIJAMOS NEUTRALIDAD", en el cual se reproduce insistentemente el símbolo de una de las organizacio- nes participantes en el proceso electoral, así como un hipocorístico similar al que utiliza uno de los candidatos al Congreso, cuya difusión puede ser calificada como acto contrario a la neutralidad política a que están obligados todos los funcionarios y empleados públicos; Que está prohibido a toda autoridad política o públi- ca practicar actos de cualquier naturaleza que favorez- can o perjudiquen a determinado partido o candidato, de conformidad con lo previsto en el inciso b) del Artículo 346º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859; Que es función del Jurado Nacional de Elecciones fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio y de la realización de los procesos electorales, así como velar por el cumplimiento de las normas en materia electoral, de conformidad con lo establecido en los incisos 1) y 3) del Artículo 178º de la Constitución Política; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Único.- Disponer que la Defensoría del Pueblo retire de circulación en forma inmediata los afiches materia de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 20095 Declaran que alcalde de los Conce- jos Distritales de Vargas Guerra y Paracas continúan en el ejercicio de sus cargos RESOLUCIÓN Nº 247-2001-JNE Lima, 15 de marzo de 2001 Visto el Expediente Nº 071-2001, sobre declaratoria de vacancia en el cargo de Alcalde que ejerce don Ronar Rodríguez Rengifo, en el Concejo Distrital de Vargas Guerra, provincia de Ucayali, departamento de Loreto, solicitada por don Jean Jacquez García Espinoza, pri- mer Regidor de dicho Concejo Distrital, al haber recaído en su contra la sentencia de Vista expedida con fecha 24 de noviembre del 2000, por la Sala Superior Penal de Loreto, mediante la cual lo inhabilitan para el ejercicio de dicho cargo. CONSIDERANDO: Que, de autos se desprende que la Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Loreto, por Resolucióndel 24 de noviembre del 2000, confirmó la Sentencia del Juzgado Mixto de Cotabambas que reserva el fallo condenatorio a don Ronar Rodríguez Rengifo, por el período de prueba de un año y sujeto a reglas de conducta; e integrándola le impone la pena de inha- bilitación por un año para ejercer función, u ocupar cargo o comisión de carácter público; incapacidad para obtener mandato u comisión de carácter público; y suspensión del derecho político de elegir por el mismo período; Que de la lectura de la propia Sentencia de Vista, se observa que la pena de inhabilitación fue impuesta por la Sala Penal con el carácter de accesoria y por un accionar culposo, (Artículo 141º del Código Penal), por lo que no es aplicable al presente caso lo dispuesto por el Artículo 23º inciso 9) de la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 23853; y al haber confirmado la propia Sala Penal la reserva del fallo condenatorio, la pena de inhabilitación, como accesoria, resulta inaplicable; Que el primer Regidor don Jean Jacquez García Espinoza, sin tener condición de Alcalde del Concejo Distrital de Vargas Guerra ha firmado como tal, en un Acta de Coordinación de fecha 10 de diciembre del 2000, documento que corre a fojas 19 de autos, lo cual debe ser materia de investigación por el Ministerio Público; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar improcedente la soli- citud de declaratoria de vacancia del cargo de Alcalde ejercido por don Ronar Rodríguez Rengifo, en el Concejo Distrital de Vargas Guerra, provincia de Ucayali, de- partamento de Loreto, solicitada por el primer Regidor don Jean Jacquez García Espinoza. Artículo Segundo.- Declarar que don Ronar Rodrí- guez Rengifo, continúa ejerciendo el cargo de Alcalde en el Concejo Distrital de Vargas Guerra, provincia de Ucayali, departamento de Loreto. Artículo Tercero.- Remitir copias de las piezas pertinentes del presente expediente al Ministerio Pú- blico, con relación a la firma efectuada por don Jean Jacquez García Espinoza, como Alcalde del Concejo Distrital de Vargas Guerra, sin tener dicho cargo; a fin que actúe de acuerdo a sus atribuciones. Artículo Cuarto.- Las autoridades políticas y poli- ciales prestarán las garantías que se requiera para el cumplimiento de la presente resolución, bajo responsa- bilidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ PALACIOS- PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN - LANDA CÓRDOVA, Secretario General 20096 RESOLUCIÓN Nº 248-2001-JNE Lima, 15 de marzo de 2001 VISTOS: El Expediente N° 552-2000, iniciado por Alfredo Franco Valle, Regidor del Concejo Distrital de Para- cas, provincia de Pisco, departamento de Ica , comunicando que en sesión extraordinaria de fecha 24 de octubre de 2000, se acordó declarar la vacancia del cargo de Alcalde de Juan José Donayre Mendoza, por estar incurso en las causales de vacancia establecidas en los Artículos 23º numeral 7) y 26º numerales 3) y 4) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; El recurso de revisión y los escritos, interpuestos por Juan José Donayre Mendoza contra el acuerdo de sesión extraordinaria de 24 de octubre de 2000 del Concejo Distrital de Paracas que, declara la vacancia de su cargo de Alcalde en el citado Concejo; Oídos los informes orales solicitados;