Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2001 (16/03/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 16 de marzo de 2001

de la solicitud que habrian sido presentados, a su vez, mediante facsimil y que supuestamente contendrian la firma del personero y de los candidatos de dicho partido que MORDAZA certeza a la solicitud ilegible; por lo que no es de aplicacion el Articulo 169° de Codigo Civil; Que, por otro lado, debe tenerse presente que la nulidad solo se sanciona por causa establecida en la ley, de conformidad con lo previsto en el Articulo 171° del Codigo Procesal Civil; y, que las resoluciones del MORDAZA Nacional de Elecciones son dictadas en instancia final y definitiva, de conformidad con lo previsto en el Articulo 181° de la Constitucion Politica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar improcedente el recurso extraordinario de nulidad interpuesto por el partido Peru Posible en contra de la Resolucion N° 182-2001JNE de fecha 21 de febrero del ano 2001. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA PALACIOS- PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON - MORDAZA MORDAZA, Secretario General 20092 RESOLUCION Nº 245-2001-JNE MORDAZA, 15 de marzo de 2001 VISTO: El recurso de nulidad interpuesto el 28 de febrero del ano 2001 por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tasayco, personero legal titular del partido politico Peru Posible, en contra de la Resolucion N° 001-2001-JEEP de fecha 9 de febrero del ano 2001 emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Piura; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion N° 182-2001-JNE de fecha 21 de febrero de ano 2001, el MORDAZA Nacional de Elecciones declaro infundado el recurso de apelacion interpuesto en su oportunidad por el partido Peru Posible en contra de la Resolucion N° 001-2001-JEEP de fecha 9 de febrero del ano 2001, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, que declara improcedente la solicitud de inscripcion de candidatos al Congreso de la Republica del partido Peru Posible en el distrito electoral de Piura; Que, por otro lado, debe tenerse presente que la nulidad solo se sanciona por causa establecida en la ley, de conformidad con lo previsto en el Articulo 171° del Codigo Procesal Civil; y, que las resoluciones del MORDAZA Nacional de Elecciones son dictadas en instancia final y definitiva, no procediendo contra ellas recurso alguno, de conformidad con lo previsto en el Articulo 181° de la Constitucion Politica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar improcedente el recurso de nulidad interpuesto por el partido Peru Posible en contra de la Resolucion N° 001-2001-JEEP de fecha 9 de febrero del ano 2001 emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Piura. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA PALACIOS- PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON - MORDAZA MORDAZA, Secretario General 20094

Aprueban Directivas sobre convocatoria, seleccion, evaluacion y capacitacion de fiscalizadores provinciales y de locales de votacion para el MORDAZA Electoral 2001
RESOLUCION Nº 244-2001-JNE MORDAZA, 15 de marzo de 2001 Visto, el Oficio Nº 118-2001-FE/JNE del 14 de marzo de 2001, suscrito por la Licenciada Roxanna MORDAZA MORDAZA, anexando los proyectos de Directivas que establecen los Terminos de Referencia para la Convocatoria, Seleccion, Evaluacion y Capacitacion de los Fiscalizadores Provinciales y Fiscalizadores de Locales de Votacion para el presente MORDAZA Electoral, para ser sometidos a consideracion del Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones; CONSIDERANDO: Que corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio y de la realizacion de los procesos electorales, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 178º, numeral 1), de la Constitucion Politica del Peru; Que mediante Resolucion Nº 210-2001-JNE de fecha 27 de febrero de 2001 se aprobo el Plan de Fiscalizacion del MORDAZA Nacional de Elecciones para el MORDAZA de elecciones generales del ano 2001, el cual comprende todas las etapas del MORDAZA y las actividades de los organismos integrantes del Sistema Electoral; Que, dicho plan comprende la participacion de personal que desempenara funciones de fiscalizacion en cada provincia, denominados Fiscalizadores Provinciales; resultando, por ello, necesario establecer, a traves de una directiva, los lineamientos a seguir para la convocatoria, seleccion, evaluacion y capacitacion de estos, cuya contratacion estara a cargo de los respectivos Jurados Electorales Especiales; Que, asimismo, acorde al Plan de Fiscalizacion aprobado, se contara con Fiscalizadores de Local de Votacion, debiendose expedir la directiva correspondiente que determine el procedimiento y plazos para la convocatoria, seleccion, evaluacion y capacitacion; Por tales consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 0012001-FE/JNE "Directiva para la Convocatoria, Seleccion, Evaluacion y Capacitacion de los Fiscalizadores Provinciales para el MORDAZA Electoral 2001", la misma que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Aprobar la Directiva Nº 0022001-FE/JNE "Directiva para la Convocatoria, Seleccion, Evaluacion y Capacitacion de los Fiscalizadores de Local de Votacion para el MORDAZA Electoral 2001", la que forma parte de esta resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA - MORDAZA PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON - MORDAZA MORDAZA, Secretario General 20093

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