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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2001 (16/03/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 42

Pág. 200064 NORMAS LEGALES Lima, viernes 16 de marzo de 2001 Artículo Segundo.- Convocar al señor Samuel Obregón Negreiros, candidato proclamado Regidor de la agrupación independiente "Movimiento Independien- te Vamos Vecino", para que asuma el cargo de Alcalde del Concejo Provincial de Asunción, departamento de Ancash, quien deberá juramentar el cargo que asume ante la Regidora doña Eddy Beatriz Cafferata Díaz, por vacancia del titular Fasciano Ramiro Mendoza Abarca, para completar el período 1999 – 2002, a quien se le otorgará la correspondiente credencial. Artículo Tercero.- Convocar al señor Gaudencio Viterbo Villacorta Cotillo, candidato no proclamado de la agrupación independiente "Movimiento Independien- te Vamos Vecino", para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Provincial de Asunción, quien previamente deberá juramentar el cargo que asume ante el Alcalde del citado Concejo, para completar el período 1999 – 2002, a quien se le otorgará la correspondiente creden- cial. Artículo Cuarto.- Las autoridades políticas y policiales prestarán las garantías para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ – PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN – LANDA CÓRDOVA, Secretario General 20088 Declaran que alcalde del Concejo Distri- tal de Vilcabamba continúa en el ejerci- cio del cargo RESOLUCIÓN Nº 240-2001-JNE Lima, 15 de marzo de 2001 VISTO; El escrito presentado con fecha 26 de diciembre del 2000, por los señores Miguel Umeres Villena, Grimaldo Santa Cruz Alvarez, Julio Olivera Ricalde, Matías Cha- llco Cala y Fortunata Canal Solís, regidores del concejo distrital de Vilcabamba, provincia de La Convención, departamento de Cusco, mediante el cual comunican la declaratoria de vacancia del cargo de alcalde que osten- ta don Mauro Calle Alarcón, y el escrito de fecha 25 de diciembre del 2000, presentado por Mauro Calle Alar- cón, solicitando se absuelva la consulta si el cargo de alcalde y regidor son renunciables; CONSIDERANDO: Que, conforme al acta de sesión extraordinaria de fecha 11 de diciembre del 2000, el Alcalde del concejo distrital de Vilcabamba, don Mauro Calle Alarcón puso su cargo a disposición a pedido de los regidores del citado municipio y ante la solicitud formulada en cabil- do abierto de los pobladores de su jurisdicción, toda vez que el referido funcionario se encuentra procesado por la comisión de los delitos de abuso de autoridad, concu- sión en la modalidad de exacción ilegal, peculado y malversación de fondos, en agravio de la Municipalidad Distrital de Vilcabamba y otros; asimismo, conforme a las conclusiones del examen realizado por la oficina de Auditoría, se ha determinado su responsabilidad por viajes injustificados utilizando indebidamente dinero del municipio durante el período 1996-1998, la adquisi- ción de una camioneta sin intervención del Comité de Adquisiciones, que las 27 obras ejecutadas bajo la modalidad de administración directa no cuentan con los expedientes técnicos aprobados, actas de recepción e informes de liquidación de obras, y otros como consta a fojas 22 y 23; Que, el Artículo 25º de la Ley Orgánica de Munici- palidades, Ley Nº 23853, dispone que los cargos deAlcaldes y Regidores tienen el carácter de función pública, siendo irrenunciables, salvo los casos esta- blecidos por la norma; disponiéndose en los Artículos 26º y 88º las causales de vacancia; Que, de acuerdo con el acta de cabildo abierto de fojas 29 a 31 se convocó a la población del distrito de Vilcabamba con la finalidad de tratar sobre la vacancia del Alcalde, por la comisión de los ilícitos señalados en el párrafo precedente; sin embargo de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 83º de la Ley Nº 23853, los cabildos abiertos no pueden ser convocados ni pronun- ciarse sobre pedidos de renuncia, suspensión, destitu- ción o reemplazo de los miembros del Concejo Munici- pal, pudiendo ser consultados los vecinos, en vía ilus- trativa, para que expresen su opinión sobre materias de la competencia municipal; Que, no existiendo sentencia condenatoria que haya devenido en autoridad de cosa juzgada, y no encontrán- dose contemplada algunas de las conductas citadas dentro de las causales de vacancia establecidas por la Ley Orgánica de Municipalidades; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar nulo el acuerdo declaratorio de vacancia del cargo de alcalde que osten- ta don Mauro Calle Alarcón, en el concejo distrital de Vilcabamba, tomado en la sesión extraordinaria de fecha 18 de diciembre del 2000. Artículo Segundo.- Declarar que don Mauro Calle Alarcón, debe continuar ejerciendo el cargo de Alcalde en el Concejo Distrital de Vilcabamba, provincia de La Convención, departamento de Cusco. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y po- liciales prestarán las garantías que requiera el cumpli- miento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 20089 Convocan a candidatos proclamado y no proclamados para que asuman car- gos de alcalde y regidores del Concejo Distrital de Asillo RESOLUCIÓN Nº 242-2001-JNE Lima, 15 de marzo de 2001 Exp: Nº 259.01 V ASILLO VISTOS: La solicitud recibida el 13 de febrero del 2001 del señor David Pilco Chijcheapaza, Teniente Alcalde del Concejo Distrital de Asillo, provincia de Azángaro, departamento de Puno, sobre designación de Alcalde en reemplazo del cargo de Germán Macedo Quispe y de Regidor, en reemplazo del cargo de Sebastián Suaña Luna, en el referido concejo; El recurso de revisión recibido con fecha 21 de febrero del 2001 de las autoridades vacadas, en contra del acuerdo de concejo, que declara la vacancia de sus cargos; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 10) del Artículo 36º de la Ley Orgánica de Municipalida-