Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2001 (03/05/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, jueves 3 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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de la administracion de justicia en sus distintos niveles, areas jurisdiccionales y administrativas; Que, los Juzgados Penales para Procesos en Reserva y los Juzgados Penales de Ejecucion fueron creados con el fin de implementar una nueva estructura y ordenamiento administrativo de esta Corte Superior de Justicia de MORDAZA, convirtiendose en parte importante en el sistema jurisdiccional de esta Corte; Que, estando al levantamiento apreciativo de esta Presidencia, del actual estado de funcionamiento los Juzgados Penales para Procesos en Reserva y Juzgados Penales de Ejecucion, se pudo constatar que las mencionadas areas jurisdiccionales presentan una diversidad de problemas, los mismos que requieren una cuidadosa evaluacion con el fin de adoptarse medidas de urgencia para mejorar y en todo caso modificar su sistema organizativo; Que, estando a los fundamentos expuestos, es preciso nombrar una Comision encargada de los asuntos de los Juzgados Penales para Procesos en Reserva y Juzgados Penales de Ejecucion, con el fin realicen un informe detallado sobre la problematica actual de las dependencias MORDAZA citadas, el mismo que estara acompanado de propuestas de solucion; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del Articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- CREAR la Comision encargada de los Asuntos de los Juzgados Penales de Procesos en Reserva y Juzgados Penales de Ejecucion de la Corte Superior de Justicia de Lima. Articulo Segundo.- Designar como integrantes de la Comision a los senores doctores; DENYSSE MORDAZA MORDAZA, Vocal Titular; MORDAZA DE MORDAZA DEUR MORDAZA, Juez Penal Provisional; MORDAZA MORDAZA FALCONI MORDAZA, Juez Penal Provisional; el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Penal Provincial y MORDAZA MORDAZA ORDONEZ; Juez Penal Suplente. Articulo Tercero.- Encomendar a los senores integrantes de la Comision MORDAZA referida, que en el termino de diez dias presenten un informe detallado de la problematica y propuesta de solucion del estado situacional de los Juzgados Penales para Procesos en Reserva y Juzgados Penales de Ejecucion de la Corte Superior de Justicia de Lima. Articulo Cuarto.- Poner la presente resolucion en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Fiscalia de la Nacion, del Consejo Nacional de la Magistratura y a los magistrados; para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 22798

Que, estando a lo expuesto y en merito a las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Articulo 90º del Texto Unico de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ENCARGAR la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, al senor doctor MORDAZA MORDAZA STRATTI, Vocal Titular - Presidente del Equipo de Quejas Verbales de la ODICMA, el dia 2 de MORDAZA, a partir de las catorce horas y el dia 3 de MORDAZA del ano en curso; al termino de dicha gestion debera de retornar a sus funciones contraloras. Articulo Segundo.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Supervision de Personal, de la Fiscalia de la Nacion y del doctor MORDAZA Stratti, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 22789

BANCO CENTRAL DE RESERVA
Disponen poner en circulacion monedas conmemorativas del Quincuagesimo Aniversario de la Sociedad Numismatica del Peru
CIRCULAR Nº 012-2001-EF/90 MORDAZA, 30 de MORDAZA del 2001 El Banco Central de Reserva del Peru, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 44º de su Ley Organica, pondra en circulacion a partir del 4 de MORDAZA del ano en curso, monedas de plata conmemorativas del Quincuagesimo Aniversario de la Sociedad Numismatica del Peru. Las caracteristicas de dichas monedas son: Valor nominal Aleacion Peso fino Diametro Calidad MORDAZA Ano de acunacion Emision MORDAZA : S/. 1,00 : Plata 0,925 : 1 onza MORDAZA : 37,00 milimetros : Brillante no circulada : Estriado : 2001 : 1 000 monedas

Encargan la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 0146-2001-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 30 de MORDAZA del 2001 VISTO y CONSIDERANDO: Que, por resolucion de fecha 30 de los corrientes, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con motivo de la inauguracion de la Corte Superior de Justicia de Tumbes, a llevarse a cabo el dia 3 de MORDAZA del presente ano, acordo invitar al suscrito, en su condicion de Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, para que en compania de otros Presidentes de Cortes Superiores de la Republica, puedan asistir en calidad de invitados a la inauguracion de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Tumbes, concediendosele licencia con goce de haber el dia 2 de MORDAZA a partir de las dos de la tarde y el dia 3 de MORDAZA del presente ano; por lo que resulta necesario encargar el Despacho de la Presidencia mientras dure la licencia concedida;

Las monedas son de curso legal. En el anverso muestran el Escudo Nacional circundado por el nombre BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERU, la denominacion y el ano de acunacion. En el reverso se aprecia el Escudo de la Sociedad Numismatica, en el que se ha incluido el texto 50 ANIVERSARIO. MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA Gerente General 22764

Indice de reajuste diario a que se refiere el Art. 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros
CIRCULAR Nº 013-2001-EF/90 MORDAZA, 2 de MORDAZA del 2001 El indice de reajuste diario, a que se refiere el Articulo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del

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