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Pág. 202944 NORMAS LEGALES Lima, viernes 18 de mayo de 2001 RESOLUCIÓN Nº 465-2001-JNE Lima, 17 de mayo de 2001 VISTOS: El recurso de apelación interpuesto por la Alianza Electoral Cambio 90 - Nueva Mayoría, contra la Reso-lución Nº 084-2001-EM-JEE-LS de fecha 20 de abril del año 2001, expedida por el Jurado Electoral Especial de Lima Sur, que anula la votación preferencial de lareferida organización política en las actas electorales de las mesas de sufragio Nºs. 048559K, 044808B, 044735F, 045009A, 035089F, 053501B, 205118I,050439H, 053184K, 205123F, 044668B, 035077K, 047479C, 049109F, 050448G, 207265D, 044707C, 034974D, 044479E, 052646I, 052630A, 050374E,214050I, 211830K, 050447A, 051272C, 048896C, 044653K y 044811I; El escrito de la Alianza Electoral Unidad Nacional, mediante el cual se adhiere al recurso de apelación presentado; Oídos los informes orales en audiencia pública de conformidad con el procedimiento previsto en el Artícu- lo 35º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859; y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 84-2001-EM-JEE-LS, se ha declarado la nulidad de la votación preferencial de la Alianza Electoral Cambio 90 - Nueva Mayoría, y dela Alianza Electoral Unidad Nacional en las actas electorales señaladas en el visto, observadas por error material, al considerar que la suma de votos preferen-ciales de los candidatos excede al doble de número de votos obtenidos por la lista; Que, de los ejemplares de las actas de garantía del Jurado Nacional de Elecciones, se constata que en las actas Nºs. 048559K, 044808B, 044735F, 045009A, 035089F, 053501B, 205118I, 050439H,053184K, 205123F, 044668B, 035077K, 047479C, 049109F, 050448G, 207265D, 044707C, 034974D, 044479E, 052646I, 052630A, 214050I, 211830K,050447A, 051272C, 048896C, y 044811I, la suma de la votación preferencial de los candidatos de la Alianza Electoral Cambio 90 - Nueva Mayoría, y encuanto corresponde a la Alianza Electoral Unidad Nacional, excede al doble de la votación obtenida por las listas; Que, la nulidad de la votación preferencial de las actas señaladas en el considerando anterior, ha sido declarada en aplicación de lo dispuesto en el numeral 6)del Artículo Primero de la Resolución Nº 206-2001- JNE; Que, respecto del acta electoral N° 050374E, coteja- da con la de garantía correspondiente a este Tribunal Electoral, se aprecia que la suma de los votos preferen- ciales en las columnas de la Alianza Electoral Cambio90 - Nueva Mayoría y Unidad Nacional no excede al doble de la votación de la lista; asimismo similar caso se advierte en el acta electoral Nº 044653K, respecto ala Alianza Electoral Cambio 90-Nueva Mayoría, por lo que dichas votaciones son válidas; Por estas consideraciones administrando justicia en materia electoral y en uso de sus atribuciones, el Jura- do Nacional de Elecciones: RESUELVE: Artículo Primero. - Confirmar la Resolución Nº 84- 2001-EM-JEE-LS, en el extremo que declara la nulidad de la votación preferencial de las organizaciones Alian-za Electoral Cambio 90 - Nueva Mayoría, y en cuanto corresponde a la Alianza Electoral Unidad Nacional, en las actas electorales Nºs. 048559K, 044808B, 044735F,045009A, 035089F, 053501B, 205118I, 050439H, 053184K, 205123F, 044668B, 035077K, 047479C, 049109F, 050448G, 207265D, 044707C, 034974D,044479E, 052646I, 052630A, 214050I, 211830K, 050447A, 051272C, 048896C, y 044811I; e integrándola se tenga por válida la votación congresal consignada endichas actas.Artículo Segundo.- Revocar la Resolución Nº 84- 2001-EM-JEE-LS, en el extremo que declara la nuli-dad de la votación preferencial de las organizaciones políticas Alianza Electoral Cambio 90 - Nueva Mayo- ría y Unidad Nacional, en el Acta Electoral N°050374E, y en el acta Nº 044653K, solo respecto a Cambio 90 - Nueva Mayoría; reformándola, disponer se tengan por válidos los votos consignados a favor dedichas organizaciones, conforme aparece en las actas de garantía del Jurado Nacional de Elecciones, según el siguiente detalle: VOTOS 1.-ACTA N° 050374E PREFERENCIALES ORGANIZACIÓN POLÍTICA VOTOS LISTA 1 2 3 4 12 22 CONGRESISTAS Cambio 90- Nueva Mayoría 18 12 8 7 3 1 1 VOTOS PREFERENCIALES VOTOS LISTA CONGRESISTAS 1 2 4 7 10 15 20 26 30 Alianza Electoral Unidad Nacional 15 4 4 1 1 1 1 1 1 3 2.- ACTA N° 044653K VOTOS PREFERENCIALES ORGANIZACIÓN POLÍTICA VOTOS LISTA 1 2 3 4 9 CONGRESISTAS Cambio 90 - Nueva Mayoría 7 1 2 2 2 2 Artículo Tercero.- Disponer la inmediata devolu- ción de los actuados al Jurado Electoral Especial de origen, para el cómputo respectivo de los votos, con copia certificada de las actas del Jurado Nacional deElecciones consideradas en el segundo artículo de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENASVELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVASecretario General 23673 Confirman resolución del Jurado Elec- toral Especial de Lima Centro que de-claró nula votación preferencial de can- didatos al Congreso de la República RESOLUCIÓN Nº 462-2001-JNE Lima, 17 de mayo de 2001 VISTOS: El recurso de apelación interpuesto por la Alianza Electoral Cambio 90 - Nueva Mayoría contra la Resolu-ción Nº 050-2001-JEELC de fecha 2 de mayo del año 2001, expedida por el Jurado Electoral Especial de Lima Centro, que declara nula la votación preferencialde la referida organización política en las Actas Electo- rales de las mesas de sufragio Nºs. 211991 G, 036477 H, 037008 J y 037014 B; Los escritos presentados por el Partido Aprista Pe- ruano y la Alianza Electoral Unidad Nacional, me- diante los cuales se adhieren al recurso de apelaciónantes señalado; y, Oídos los informes orales en la audiencia pública de fecha 14 de mayo del año 2001, de conformidad con elprocedimiento previsto en el Artículo 35º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859;