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Pág. 210893 NORMAS LEGALES Lima, sábado 6 de octubre de 2001 Nombran Representante Permanente del Perú ante la OEA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 420-2001-RE Lima, 5 de octubre de 2001 De conformidad con el inciso 12) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, que establece la facul- tad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aproba- ción del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso; Estando a lo dispuesto por la Primera Disposición Complementaria del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: 1º.- Nombrar Representante Permanente del Perú ante la Organización de los Estados Americanos, con sede en Washington D.C., Estados Unidos de América, a don Eduardo Ferrero Costa. 2º.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Pode- res correspondientes. 3º.- La fecha en que el mencionado funcionario diplo- mático deberá asumir funciones será fijada por Resolu- ción Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores 32344 SALUD Designan Director Ejecutivo del Hospi- tal de Emergencias "José Casimiro Ulloa", Dirección Subregional de Salud Lima Ciudad RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 411-2001-SA Lima, 5 de octubre del 2001 De conformidad con lo previsto en el Decreto Legisla- tivo Nº 276 y el Decreto Ley Nº 25515; Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Designar, a partir de la fecha de la presente Resolu- ción, como Director Ejecutivo del Hospital de Emergen- cias "José Casimiro Ulloa", de la Dirección Subregio- nal de Salud Lima Ciudad del Ministerio de Salud, al doctor MANUEL FLORIAN HERRERA, y como Direc- tor Ejecutivo Adjunto al doctor OSCAR BECERRA GARCIA. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Ministro de Salud 32345M T C Otorgan a empresas autorización y per- miso de instalación para operar estaciones del servicio de radiodifu- sión sonora comercial RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 801-2001-MTC/15.03 Lima, 19 de setiembre de 2001 VISTA, la solicitud formulada por la empresa RADIO EMISORA GLOBAL PERU S.A., para que se le otorgue autorización para instalar y operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuen- cia Modulada (FM), en el distrito, provincia y departa- mento de Cajamarca; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión se requiere de autorización y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, los Artículos 48º y 49º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones antes referido, estable- cen que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicación; Que, el Artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 06-94-TCC, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comuni- caciones, Vivienda y Construcción señalan que para obtener autorización para prestar servicio de radiodifu- sión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dichas normas se detallan; Que, el Artículo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorización para prestar servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses; Que, el Artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modifi- cables las características de instalación y operación autorizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros parámetros técnicos, si antes no se obtiene la correspondiente aprobación del Ministerio de Transpor- tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, mediante Informes Nºs. 385-2001-MTC/ 15.19.03.2 y 666-2001-MTC/15.19.01, la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Aseso- ría Técnica de la Dirección General de Telecomuni- caciones, respectivamente, señalan que la solicitud for- mulada por la empresa RADIO EMISORA GLOBAL PERU S.A. cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorización y permiso solicitados; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomuni- caciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción las Resoluciones Ministeriales Nºs. 491-2000 y 276-2001- MTC/15.03; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa RADIO EMISO- RA GLOBAL PERU S.A., autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluye un período de instalación y prueba de doce (12) meses