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Pág. 210897 NORMAS LEGALES Lima, sábado 6 de octubre de 2001 Con la opinión favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la ASOCIACIÓN CIVIL DE COMUNICACIONES PERU VISIÓN, autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluye un período de instalación y prueba de doce (12) meses, improrrogable, para operar una estación del servicio de radiodifusión educativa por televisión en UHF, en la ciudad de Cusco, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-TV Frecuencia :Video: 693.25 MHz Audio: 697.75 MHz. Canal :51 Indicativo :OAS-7P Potencia :Video: 1 Kw. Audio: 0.1 Kw. Emisión :Video: C3F Audio: F3E Horario :H24 Ubicación de los Estudios :Av. Bolognesi Nº 108 - Coripata, distrito de Santiago, provincia y departamento de Cusco. Ubicación Planta Transmisora :Cerro Picchu, distrito, provincia y departamento de Cusco. Coordenadas: L.O. 71° 59' 50" L.S. 13° 30' 26" El plazo de la autorización y el permiso concedidos se computará a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el artículo precedente, se inicia con un período de instala- ción y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta antes de sesenta (60) días previos a la terminación de dicho período, la titular de la autorización debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, bajo sanción de dejar sin efecto la autorización. Artículo 3º.- La ASOCIACIÓN CIVIL DE COMUNI- CACIONES PERU VISIÓN, está obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusión concedido acorde con la presente resolución, estando impedida de modificar las características a que se contrae el Artículo 1º de la presen- te resolución sin autorización previa de este Ministerio. Artículo 4º.- La autorización a que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio auto- rizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDWIN SANTOS ESPARZA Viceministro de Comunicaciones 32155 Autorizan a Corporación Gestión S.A. la operación de estación del servicio de radiodifusión sonora comercial RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 807-2001-MTC/15.03 Lima, 19 de setiembre de 2001 VISTAS, las solicitudes presentadas por la empresa EMISORAS POPULARES PERUANAS S.A., actualmen- te CORPORACIÓN GESTIÓN S.A., sobre inspección técnica y otorgamiento de autorización por el plazo de diez (10) años, para la operación de su estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuen- cia Modulada (FM), ubicada en el distrito, provincia y departamento de Piura; así como el cambio de ubicación de dicha estación;CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 321-90-TC/15.17 del 12 de marzo de 1990, se concedió a la empresa EMISORAS POPULARES PERUANAS S.A., hoy CORPORACIÓN GESTIÓN S.A., el plazo de un (1) año para que proceda a instalar y operar en período de prueba una estación de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito, provincia y departamento de Piura; Que, según el Artículo 50º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para operar un servicio de radiocomunicación autorizado; Que, el Artículo 163º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, señala que realizada la inspección y a mérito del informe técnico respectivo el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción podrá expedir la correspondiente licencia; Que, el inciso b) del Artículo 56º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las autorizaciones otorgadas tendrán un plazo máxi- mo de diez (10) años para los servicios de radiodifusión, renovables a solicitud del interesado; Que, el Artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modifi- cables las características de instalación y operación autorizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros parámetros técnicos si antes no se obtiene la correspondiente aprobación del Ministerio de Transpor- tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, por Resolución Viceministerial Nº 050-2001- MTC/15.03, del 23 de enero de 2001, se aprobó la trans- ferencia de autorizaciones, permisos y licencias del ser- vicio de radiodifusión sonora en las bandas de Onda Media (OM) y Frecuencia Modulada (FM), así como, la titularidad de los procedimientos iniciados relativos a la obtención de dichos derechos, de la empresa EMISORAS POPULARES PERUANAS S.A., a favor de la empresa CORPORACIÓN GESTIÓN S.A.; Que, la Dirección de Administración de Frecuencias de la Dirección General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 609-2001-MTC/15.19.03.2, señala que al ha- ber resultado satisfactoria las pruebas de funciona- miento, emite su conformidad técnica para que se otor- gue la autorización por diez (10) años, incluyendo el cambio de ubicación y del tipo de emisión de la referida estación en FM, a favor de la empresa CORPORACIÓN GESTIÓN S.A.; Que, la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 653- 2001-MTC/15.19.01, opina que es procedente autorizar a CORPORACIÓN GESTIÓN S.A. la operación de la citada estación de radiodifusión por el plazo de diez (10) años, en períodos sucesivos, así como también autorizar los cambios de características técnicas antes indicadas; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomuni- caciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Decreto Supre- mo Nº 024-98-MTC y el TUPA del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones y Vivienda y Construcción; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) años a la empresa CORPORACIÓN GESTIÓN S.A., la opera- ción de una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito, provincia y departamento de Piura, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-FM Frecuencia :98.7 MHz. Indicativo :OCZ-1T Potencia :1 Kw. Emisión :256F8E Horario :H24 Ubicación de Planta :Calle Arequipa Nº 334, distrito, pro- vincia y departamento de Piura. Coordenadas: L.O. 80° 37' 23" L.S. 05° 11' 43"