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Pág. 210901 NORMAS LEGALES Lima, sábado 6 de octubre de 2001 esta vía obligará plenamente a la ESF respectiva y prevalecerá sobre cualquier otro medio de comunicación que ésta pudiera usar. 32286 ONPE Disponen la publicación de personal seleccionado para desempeñar el car- go de Asistente Administrativo de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de Lima RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 529-2001-J-ONPE Lima, 4 de octubre de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Nºs. 506-2001-JNE, pu- blicada el 4 de julio del 2001 y 561-2001-JNE, publicada el 10 de agosto del presente año, se fija y se convoca, respectivamente, a la consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales suspendida mediante Resolución Nº 1308-2000-JNE, para el domin- go 11 de noviembre del año 2001; Que, mediante Resolución Nº 662-2001-JNE, publica- da el 19 de setiembre del presente año, se reprograma la consulta popular de revocatoria del mandato de autori- dades municipales de la República, fijando el día domin- go 25 de noviembre del año 2001 como fecha de realiza- ción de la consulta popular; Que, las Oficinas Descentralizadas de Procesos Elec- torales son órganos de carácter temporal que se confor- man para cada proceso electoral de acuerdo a las cir- cunscripciones electorales definidas por el Jurado Na- cional de Elecciones, siendo el Jefe de la Oficina Nacio- nal de Procesos Electorales quien establece el número, ubicación y organización de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales; Que, mediante Resolución Nº 566-2001-JNE de fecha 10 de agosto de 2001, el Jurado Nacional de Elecciones definió las circunscripciones en las cuales se constitui- rán los Jurados Electorales Especiales; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 438-2001-J/ ONPE de fecha 27 de julio de 2001 se definieron como funcionarios de las Oficinas Descentralizadas de Proce- sos Electorales los cargos de Jefe, Asistente Administra- tivo y Coordinador de Local de Votación; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 486-2001-J/ ONPE de fecha 11 de setiembre del presente año se designan los Asistentes Administrativos de Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales para el desa- rrollo del Proceso de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales prevista para el 25 de noviembre del 2001; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 526-2001- J/ONPE, de fecha 3 de octubre del 2001, se acepta la renuncia de la señorita Anet Nery Figueroa Villalba, al cargo de Asistente Administrativo de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de LIMA, para el Proceso de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales a realizarse el domingo 25 de noviembre del presente año, a la que fue designada mediante Resolución Jefatural Nº 486- 2001-J/ONPE; Que, según el Artículo 21º de la Ley Nº 26487, Orgáni- ca de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, los puestos de trabajo sean permanentes o temporales, serán cubiertos por concurso público; Que, de conformidad con el Acta Nº 08-2001-CCP del Comité de Selección de Personal para ocupar los puestos de Asistentes Administrativos de las Oficinas Descentra- lizadas de Procesos Electorales, corresponde al señor Juan Manuel Gil Medina, en orden de mérito, ocupar la plaza vacante en la ODPE de LIMA; Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 49º de la Ley Nº 26859, Orgánica de Elecciones, el Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales publica la listade las personas seleccionadas a efectos de permitir la interposición de tachas, cuyas causales son las estableci- das en la Resolución Nº 083-2001-JNE; En uso de las atribuciones conferidas en la Constitu- ción Política del Perú, y de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26859, Orgánica de Elecciones, así como por la Ley Nº 26487, Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Publicar que se ha seleccionado para desempeñar el cargo de Asistente Administrativo de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de LIMA al señor JUAN MANUEL GIL MEDINA. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO TUESTA SOLDEVILLA Jefe 32290 Establecen medidas que se adoptarán para facilitar la emisión del voto de personas con discapacidad RESOLUCIÓN Nº 530-2001-J/ONPE Lima, 4 de octubre de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Nºs. 506-2001-JNE, pu- blicada el 4 de julio del 2001 y 561-2001-JNE, publicada el 10 de agosto del presente año, se fija y se convoca, respectivamente, a la consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales suspendida mediante Resolución Nº 1308-2000-JNE, para el domin- go 11 de noviembre del año 2001; Que, mediante Resolución Nº 662-2001-JNE, publica- da el 19 de setiembre del presente año, se reprograma la consulta popular de revocatoria del mandato de autori- dades municipales de la República, fijando el día domin- go 25 de noviembre del año 2001 como fecha de realiza- ción de la consulta popular; Que, de conformidad con el Artículo 37º de la Ley Nº 26859, Orgánica de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas popula- res; y ejerce sus atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución, la Ley Orgánica de Elecciones y su Ley Orgánica; Que, de conformidad con el Artículo 2º de la Ley Nº 26487, la Oficina Nacional de Procesos Electorales tiene como función esencial velar por la obtención de la fiel y libre expresión de la voluntad popular, manifestada a través de los procesos electorales de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que, es necesario establecer facilidades para los ciudadanos con discapacidad que manifiesten dificulta- des para el ejercicio de su derecho de sufragio; Que, en tal sentido la Oficina Nacional de Procesos Electorales ha suscrito diversos convenios con organiza- ciones dedicadas a la atención de personas con discapaci- dad; Que, la Ley Nº 26859, Orgánica de Elecciones, en su Artículo 263º, señala como único caso en el que se otorga facilidades para la emisión del voto a personas con discapacidad, el de ciudadanos y ciudadanas invidentes, permitiéndoles ingresar a la cámara secreta con una persona de su confianza y, de ser posible, proporcionán- doles una cédula especial que les permita emitir su voto; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 169-2001-J/ ONPE, de fecha 13 de febrero del año en curso, se establecen medidas a adoptarse para facilitar la emisión del voto a personas con discapacidad; En uso de las atribuciones conferidas en la Constitu- ción Política del Perú, la Ley Nº 26859, Orgánica de Elecciones y la Ley Nº 26487, Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, y en concordancia con la Ley Nº 27050, General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003- 2000/PROMUDEH;