Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2001 (25/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, jueves 25 de octubre de 2001

NORMAS LEGALES

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software Fame Site Server, por cuanto estas no admiten sustituto. Articulo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administracion para que contrate la renovacion de las mencionadas licencias con la empresa Fame Information Services Inc., por un valor referencial anual de US$ 48 372,19, sin incluir impuestos, mediante un MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia y con cargo a los recursos de esta Institucion. Articulo 3º.- Publicar el presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y comunicarlo oportunamente a la Contraloria General de la Republica. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Gerente General 33197

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar acciones contra presuntos responsables de la comision de delitos de concusion y contra la fe publica en agravio de la Municipalidad Provincial de Camana
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 193-2001-CG MORDAZA, 23 de octubre del 2001 VISTOS, el Informe Especial Nº 048-2001-CG/A252, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Provincial de Camana, departamento de MORDAZA, periodo 1992-1993; y, CONSIDERANDO: Que, acorde a su Plan Operativo para el ejercicio 2000, y bajo el caracter de accion no programada, la Sede Regional de Auditoria MORDAZA dispuso la realizacion de un Examen Especial a la Municipalidad Provincial de Camana, departamento de MORDAZA, destinado a verificar la consistencia y veracidad de las denuncias presentadas respecto de la gestion edilicia correspondiente a los anos 1992-1993; Que, en el MORDAZA del Decreto Ley Nº 21942 sobre tratamiento preferencial en el despacho por las Aduanas de la Republica para las mercancias donadas provenientes del extranjero, el ex MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Camana, en el periodo examinado, gestiono y recibio bienes donados por la empresa Mc Parts & Trucks, Inc. de la MORDAZA de Miami - USA, consistentes en tres camiones, un cargador frontal y otros accesorios para vehiculos; con el objeto de destinarlos al servicio del pueblo de Camana, hecho que se sustenta en la informacion y documentos proporcionados por la Superintendencia Nacional de Aduanas con el Oficio Nº 1636-2000-ADUANAS/SG en el que constan las importaciones efectuadas por la Municipalidad durante los anos 1992 y 1993, asi como la carta de Mc Parts & Trucks, Inc. de fecha 19.Jul.93, en la que ratifica la donacion del mencionado equipo; habiendose determinado sin embargo que estos mismos bienes donados, en realidad, fueron posteriormente objeto de adquisicion a la empresa Trucks Parts Whse y Export Co., al MORDAZA del contrato de gestion de negocios suscrito con fecha 4.Abr.91 por los senores MORDAZA Dongo MORDAZA y Guliana Aguayo MORDAZA de Dongo, ocasionando que la entidad, por la compra simulada, MORDAZA sufrido un perjuicio de US$ 61,500.00, al tratarse de los mismos bienes, hecho que ha quedado evidenciado al contrastar las Polizas de Importacion y recaudos sustentatorios, proporcionados por la Superintendencia Nacional de Aduanas con las facturas otorgadas por el supuesto vendedor, presumiendose indicios razonables de comision de delito de Concusion, en la modalidad de Colusion Desleal previsto y sancionado en el Articulo 384º del Codigo Penal; Que, asimismo, de la revision del libro de Actas correspondientes a las Sesiones Ordinarias/Extraordinarias del Concejo Municipal, se ha evidenciado que en la Sesion de fecha 9-Ago.93, asi como en el Acuerdo de Concejo respectivo no se considero punto alguno relacionado con donaciones a favor de la Municipalidad, siendo que, sin embargo en

la Resolucion Municipal Nº 085-A-MPC-93 suscrita por el ex MORDAZA y la ex Secretaria General (e) se consigna la aceptacion de la donacion efectuada por la firma Mc Parts & Trucks, Inc., haciendo alusion en los considerandos al Acuerdo de Concejo de fecha 9.Ago.93, dado que segun el Articulo 36º inciso 7) de la Ley Organica de Municipalidades, es atribucion del Concejo el aceptar donaciones y legados, habiendose, por tanto insertado una declaracion que no se adecua a la realidad de los hechos, evidenciandose indicios razonables de comision de delito Contra la Fe Publica en la modalidad de Falsedad Ideologica, prevista en el Articulo 428º del Codigo Penal; Que, en tal sentido, se hace necesario autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que formule la denuncia respectiva ante el Ministerio Publico, e inicie las acciones legales pertinentes contra los presuntos responsables; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 19º, literal f) del Decreto Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de Control, los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667 y Articulo 3º de la Resolucion Legislativa de la Comision Permanente del Congreso de la Republica Nº 010-2001-CR de fecha 28.Set.2001; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado formule e interponga las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos, remitiendose para tal efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subcontralor General Contralor General de la Republica (e) 33269

Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de delito de concusion en agravio de la Municipalidad Provincial de MORDAZA
RESOLUCION DE CONTRALORIA GENERAL Nº 194-2001-CG MORDAZA, 24 de octubre de 2001 VISTOS, los Informes Especiales Nº 049-2001-CG/SCH y Nº 050-2001-CG/SCH, resultantes del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA, periodo enero 1999 - diciembre 2000; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Plan Anual de Auditoria de la Sede Regional de Auditoria Chiclayo, el Organo Superior de Control dispuso la ejecucion de la correspondiente accion de control a la Municipalidad Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA, periodo enero 1999 - diciembre 2000, a fin de determinar si los recursos municipales fueron utilizados conforme a lo establecido en la normativa vigente, incidiendo en los procesos de abastecimiento, personal, tesoreria y obras; Que, como consecuencia de la mencionada accion de control se ha determinado que en el ano 2000, la Municipalidad Provincial de MORDAZA realizo la Licitacion Publica Nº 001-2000-MPC, con el objeto de adquirir un terreno para la construccion del cementerio municipal, MORDAZA en el cual se ha transgredido la normativa vigente y sin tener en cuenta los criterios de calidad, costo y oportunidad, al no haberse efectuado los estudios tecnicos correspondientes a fin de determinar el valor referencial del terreno a adquirir, asi como de las dimensiones del mismo, hechos que derivaron en una adquisicion sobrevalorada en S/. 301 891,00, lo cual se agrava al haberse evidenciado que MORDAZA de otorgar la buena pro, ya la entidad habia ordenado levantar el plano topografico del terreno adquirido; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comision del delito de Concusion en la modalidad de Colusion Desleal, tipificado en el Articulo 384º del Codigo Penal;

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