NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (07/09/2001)
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Pág. 209686 NORMAS LEGALES Lima, viernes 7 de setiembre de 2001 Autorizan viaje de vocal de la Corte Suprema de Justicia para participar en la Cumbre Judicial de las Américas, a realizarse en Ecuador RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA Nº 113-2001-P-CS Lima, 28 de agosto del 2001 VISTOS: La invitación del Presidente de la Corte Suprema y del Consejo Nacional de la Judicatura de Ecuador así como el informe de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, resulta necesario la participación de un Magistrado de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú, en la Cumbre Judicial de las Américas, a realizarse en la ciudad de Quito-Ecuador, del 11 al 14 de setiembre del 2001; Que, en la mencionada Cumbre Judicial participarán las más altas autoridades judiciales de cada uno de los países, con el objeto de intercambiar criterios sobre temas trascendentales de la justicia, como la seguridad jurídica, el valor e independencia de la Función Judicial, su organi- zación y los resultados obtenidos en los procesos de moder- nización que se adelantan con similares auspicios y, al parecer, con diferentes resultados; Que haciendo uso de las facultades conferidas por el Artículo 76º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, modifi- cada por la Ley Nº 27465 y, a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Primero.- Autorizar el viaje del 10 al 14 de setiembre del presente año, del señor doctor José Antonio Silva Vallejo, Vocal Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República, para que participe en la Cumbre Judicial de las Américas, a realizarse en la ciudad de Quito-Ecuador. Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo de la Gerencia Gene- ral del Poder Judicial, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (10 al 14 Set. 2001) $1,000.00 Pasajes (Lima-Quito-Lima) $ 651.00 Tarifa Corpac $ 25.00 ------------- Total $1,676.00 Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presi- dente de la Corte Suprema de Justicia de la República, al Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y a la Gerencia General del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR ALFARO ALVAREZ Presidente 30493 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Establecen disposiciones para la en- trega de certificados de depósito judi- cial que se encuentran en juzgados especializados en materia laboral de la Corte Superior de Justicia del Callao CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 126-A-2001-P-CSJCL/PJ Callao, 24 de agosto del 2001LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTOS: El Oficio Circular Nº 187-2000-P-CSJCL/PJ de fecha 18 de septiembre del 2000, expedido por esta Presiden- cia; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el oficio de la referencia, se dispone que los señores Magistrados procedan a la entrega de los Certificados de Depósito Judicial se realicen los días mar- tes, miércoles y jueves de 2.30 a 3.30 p.m.; Que, atendiendo a la naturaleza de carácter alimenta- rio que tienen los beneficios sociales, esta Presidencia debe tomar acciones inmediatas a efectos de evitar dilaciones en la entrega de los certificados de depósito judicial que se encuentren en los locales judiciales y que se encuentren expeditos para su entrega, es necesario establecer el mejor mecanismo interno que facilite su entrega sin establece plazo alguno para tal efecto; Que, una de las formas de establecer el mecanismo adecuado para los fines antes detallado es a través de un mandato interno que regule la entrega de dichos docu- mentos; Que, en consecuencia, en uso de las facultades conferi- das en los incisos 1) y 9) del Art. 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO el Oficio Circular Nº 187-2000-P-CSJCL/PJ que establece un crono- grama de entrega de los certificados de depósito judicial por los Juzgados Especializados en Materia Laboral a los justi- ciables que solicitan su entrega. Artículo Segundo.- DISPONER que, a partir de la fecha los señores Magistrados de los Juzgados Especiali- zados en Materia Laboral, procedan a la entrega de los certificados de depósito judicial, a los justiciables beneficia- dos, todos los días hábiles dentro del horario de la realiza- ción de la labor jurisdiccional, de forma tal que no interfiera con su labor ordinaria diaria. Artículo Tercero.- Póngase la presente Resolución, en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judi- cial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Oficina Distrital de Control de la Magistratu- ra, Oficina de Administración Distrital y de los señores magistrados. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. YRMA FLOR ESTRELLA CAMA Presidenta 30494 Establecen horario de atención en las mesas de partes de los órganos jurisdiccionales y administrativos de la Corte Superior de Justicia del Callao CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 140-2001-P-CSJCL/PJ Callao, 5 de setiembre del 2001 LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTOS: La Resolución Administrativa Nº 104-97-CSJC/PJ, del 12 de setiembre de 1997 y Resolución Administrativa Nº 107-97-CSJC/PJ, del 17 de setiembre de 1997; y,