Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2001 (26/09/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 26 de setiembre de 2001

Articulo 2º.- Caritas del Peru, presentara al Ministerio de Agricultura, MORDAZA del Acta de Entrega-Recepcion de la donacion recibida, asi como de la informacion que posibilite el seguimiento y evaluacion del uso y destino de la donacion de la presente Resolucion, dentro del plazo de quince (15) dias de recepcionada, en cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 7.7 de la Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas, a Caritas del Peru, a la Contraloria General de la Republica, a la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros, de conformidad con lo establecido en la legislacion vigente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 31606

del plazo del contrato de arrendamiento a traves del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia del inmueble de propiedad del Fondo Nacional de Propiedad Social en Liquidacion, ubicado en el MORDAZA Industrial Taparachi, distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, inscrito en el tomo 54, Folio 464, Partida LMXV, Asiento 1 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Facultase a la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Agricultura, a suscribir el contrato de arrendamiento a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 31607

Autorizan prorroga de plazo de contrato de arrendamiento de inmueble ubicado en el departamento de MORDAZA mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1047-2001-AG MORDAZA, 25 de setiembre de 2001 VISTO: El Oficio Nº 298-2001-AG-CL-UOPE/P por el que la Comision Nacional de Liquidacion y Transferencia de la Unidad Operativa de Proyectos Especiales - UOPE, solicita la prorroga del contrato de arrendamiento de un inmueble ubicado en la MORDAZA de Juliaca - Puno; CONSIDERANDO: Que, dentro de los objetivos y finalidades del Ministerio de Agricultura esta el promover el desarrollo sostenido del sector agrario, mediante el empleo de maquinaria y tecnologia agricola; Que, para el cumplimiento de las metas y objetivos senalados, el Ministerio de Agricultura cuenta con una dotacion grande de maquinaria en MORDAZA, la cual requiere de un recinto apropiado para su almacenamiento, seguridad y guardiania; Que, a la fecha el inmueble ubicado en el MORDAZA Industrial Taparachi, distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, de propiedad del Fondo Nacional de Promocion Social en Liquidacion, viene siendo arrendado para el almacenaje de la maquinaria MORDAZA y pesada del Ministerio de Agricultura; Que, de acuerdo a lo informado por la Comision Nacional de Liquidacion y Transferencia de la Unidad Operativa de Proyectos Especiales - UOPE, se sustenta la necesidad de prorrogar el plazo del contrato de arrendamiento del inmueble citado en el considerando anterior; Que, el Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, contempla en el inciso g) la exoneracion del MORDAZA de seleccion por las modalidades Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, para prorrogar el plazo de contratos de arrendamiento de inmuebles ocupados por la entidad, para que en aplicacion del Articulo 20º se realice a traves del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, asimismo se ha cumplido con emitir el Informe Tecnico y Legal a que se refiere el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, en consecuencia, resulta procedente exonerar del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva y autorizar el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia para la prorroga del plazo del contrato de arrendamiento arriba mencionado; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del Articulo 19º y Articulo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001PCM y Articulo 115º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerase del requisito del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, y autorizase la prorroga

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban donacion efectuada a favor del IMARPE que sera empleada en la operacion y mantenimiento del BIC Humboldt
RESOLUCION SUPREMA Nº 458-2001-EF MORDAZA, 25 de setiembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 284-2001-PE de fecha 13 de agosto de 2001, se acepto la donacion efectuada por "Japan Deep Sea Trawlers Association" (JDSTA) de Japon, en el MORDAZA de ejecucion del Convenio de Cooperacion para el "Estudio Multidisciplinario de los Recursos Pesqueros y Potenciales en Relacion a las Condiciones del Fenomeno El Nino", a favor del Ministerio de Pesqueria - Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE consistente en equipos de redes, compuertas y accesorios que contribuiran a la operacion y mantenimiento del BIC Humboldt; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar, la donacion efectuada por "Japan Deep Sea Trawlers Association" (JDSTA) de Japon, a favor del Ministerio de Pesqueria - Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE consistente en equipos de redes, compuertas y accesorios que contribuiran a la operacion y mantenimiento del BIC Humboldt conforme consta en la Resolucion Ministerial Nº 284-2001-PE de fecha 13 de agosto de 2001, con un valor aproximado de ¥ 13 311 373,00 (Trece Millones Trescientos Once Mil Trescientos Setenta y Tres y 00/100 Yenes) y NOK 743 495,00 (Setecientos Cuarenta y Tres Mil Cuatrocientos Noventa y Cinco y 00/100 Coronas Noruegas) equivalentes a US$ 196 895,67 (Ciento Noventa y Seis Mil Ochocientos Noventa y Cinco y 67/100 Dolares de Estados Unidos de America), segun Certificado de Donacion de fecha 17 de MORDAZA de 2001. Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF.

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