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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (28/09/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 47

Pág. 210521 NORMAS LEGALES Lima, viernes 28 de setiembre de 2001 Paracas Nº 253-5 del Museo Regional de Ica "Adolfo Bermúdez Jenkins"; Que, mediante Informe Nº 154-2001-INC/GA-SGL. considerando las características profesionales de la perso- na propuesta, como son entre otras, su experiencia en trabajos especializados en conservación de tejidos prehis- pánicos y específicamente con Mantos Paracas, se deter- mina que se ajustan para ser considerado como de carácter personalísimos; Que, por Informe Nº 223-2001-INC/GPP, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto señala que existen los recursos presupuestales para realizar la contratación de la Sra. Armén Thays Delgado, precisándose su afectación a nivel de Meta Presupuestaria y Cadena Funcional Pro- gramática; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento apro- bados por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, dispone en el inciso h) del Artículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que están exonerados de los procesos de Lici- tación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso las adquisiciones y contrataciones para servicios personalísimos. Que, por Informe Nº 701-2001-INC/GL, la Gerencia Legal del Instituto Nacional de Cultura opina que habién- dose determinado que la contratación para llevar a cabo la restauración del Manto Paracas Nº 253-5 debe realizarse con la persona que posea conocimientos particulares o esenciales para la restauración del mismo, y en este caso, teniendo en cuenta que ellos adicionalmente se han desa- rrollado en la elaboración del Proyecto antes referido, debe necesariamente tenerse en cuenta la persona del locador y el carácter personalísimo de su contratación, por lo que carece de objeto llevar a cabo un Proceso de Selección; Estando a lo visado por la Gerencia Administrativa, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la Gerencia Legal y la Dirección Ejecutiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27209, "Ley de Gestión Presupuestaria del Estado", el Decreto Legislativo Nº 909-2000 - "Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año 2001", Ley Nº 27427, Ley de Racio- nalidad y Límites en el Gasto Público para el Año Fiscal 2001, el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y el Decreto Supremo Nº 027-2001-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR la exoneración del Proceso de Selección de Adjudicación Directa, la contratación para la prestación de los servicios de restauración del Manto de Paracas Nº 253-5 del Museo Regional de Ica "Adolfo Bermú- dez Jenkins", de la Sra. Carmen Thays Delgado, según se detalla en Anexo adjunto desde el 15 de setiembre al 31 de diciembre del presente año por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Administrati- va del Instituto Nacional de Cultura la contratación de los servicios a que se contrae la presente Resolución, bajo la modalidad de Servicios No Personales, mediante el proce- so de Adjudicación Directa de Menor Cuantía. Artículo 3º.- El egreso que origine la presente Resolu- ción se afectará a las metas Presupuestales y Cadena Funcional Programática 09/034/0093/100375, la Meta Presupuestaria 007 y Cadena del Gasto 5.3.11.27. Regístrese, comuníquese y publíquese. LEONOR CISNEROS VELARDE Directora Nacional 31720 SUNASS Amplían plazo otorgado a Emapa Ca- ñete S.A. y EPS Grau S.A. para efectuar reajuste tarifario RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 053-2001-SUNASS-CD Lima, 25 de setiembre del 2001VISTOS: El Oficio Nº 223-2001-EMAPA CAÑETE S.A. de fecha 16 de agosto del 2001, mediante el cual se da a conocer que la Junta General de Accionistas ha aprobado el incremen- to tarifario autorizado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 031-2001-SUNASS/CD, solicitando se autori- ce la inmediata aplicación; El Informe Nº 87-2001/SUNASS-110 de fecha 23 de agosto del 2001 que contiene la evaluación de la solicitud formulada por EMAPA CAÑETE S.A.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 031-2001-SUNASS/CD publicada el 22 de junio del 2001, se autorizó a EMAPA CAÑETE S.A. a realizar un incremento tarifario para las localidades bajo su admi- nistración; Que, la Junta General de Accionistas de EMAPA CAÑETE S.A. contaba con el plazo de 30 días calendario para aprobar el incremento tarifario respectivo, cum- pliéndose dicho plazo el 22 de julio del 2001; Que, la empresa EMAPA CAÑETE S.A. ha solicitado la inmediata aplicación del incremento tarifario aprobado en sesión de Junta General de Accionistas de fecha 16 de agosto del 2001; Que, teniendo en cuenta que subsisten los criterios que sirvieron de base para otorgar la autorización de un incremento tarifario, es necesario adoptar las medidas conducentes a hacer viable la aplicación del incremento tarifario aprobado de acuerdo a lo dispuesto por la SUNASS, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 031-2001- SUNASS/CD; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en la sesión de fecha 12 de setiembre del 2001; SE RESUELVE: Artículo Único.- Ampliar excepcionalmente el plazo a que se refiere el Artículo 4º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 031-2001-SUNASS-CD hasta el 30 de setiem- bre del 2001. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE OLIVEROS MEZA Presidente del Consejo Directivo 31713 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 054-2001-SUNASS-CD Lima, 25 de setiembre del 2001 VISTOS: El Oficio Nº 660-2001-EPS-GRAU S.A. GG de fecha 21 de agosto del 2001 y la transcripción del Acuerdo Nº 04-2001-CJA/EPS de fecha 16 de agosto del 2001 adoptado por el Comité de la Junta de Acreedores de la EPS GRAU S.A., documentos mediante los cuales se solicita a la SUNASS nueva autorización para la aplica- ción del reajuste tarifario, al haberse vencido el plazo concedido mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 20-2001-SUNASS/CD; El Informe Nº 93-2001/SUNASS-110 de fecha 7 de setiembre del 2001 que contiene el análisis y recomenda- ciones de la solicitud planteada por EPS GRAU S.A.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 20-2001-SUNASS/CD publicada el 10 de mayo del 2001, se autorizó a la EPS GRAU S.A. a realizar un incremento tarifario para las localidades que adminis- tra dicha empresa; Que, la Junta General de Accionistas de la EPS GRAU S.A. contaba con el plazo de 30 días calendario para aprobar el incremento tarifario respectivo, cumpliéndose dicho plazo el 9 de junio del 2001; Que, la EPS GRAU S.A. se encuentra en proceso de reestructuración patrimonial, habiéndose instalado su Junta de Acreedores y el respectivo Comité el 12 de julio del 2001, suspendiéndose de esta forma el estatu-