NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (28/09/2001)
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Pág. 210519 NORMAS LEGALES Lima, viernes 28 de setiembre de 2001 Señor Intendente de Aduana Presente.- ASUNTO :Aplicación de preferencias arancelarias a productos de Bolivia y Venezuela REF. :Procedimiento INTA.PE.01.11 Versión 1 De conformidad con los Procesos 34 y 35-AI-99 del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina; los Facsí- miles Nºs. 305 y 306-2001-MITINCI/VMINCI del Vicemi- nisterio de Integración y Negociaciones Comerciales In- ternacionales del MITINCI; y estando a la delegación de funciones conferidas por Resolución de Superintendencia Nacional de Aduanas Nº 01322 del 16.DIC.1999, sírvase tener presente y hacer de conocimiento del personal de esa Intendencia lo siguiente: Aplíquese a partir del 20 de septiembre de 2001 una preferencia arancelaria de 100% sobre el Arancel Ad- Valorem CIF para los siguientes productos: Subpartida Descripción País de Origen TPI Nacional y Procedencia 2711.19.00.00 Los demás gases de petróleo y Bolivia 110 demás hidrocarburos gaseosos, licuados 3004.20.10.00 Medicamentos que contengan Venezuela 14 otros antibióticos para uso humano Atentamente, MIGUEL ARRIOLA LUYO Intendente Nacional de Técnica Aduanera 31703 Aprueban circular referida al tráfico fronterizo de bienes de uso y consumo doméstico a que se refiere el D.S. Nº 133-2000-EF CIRCULAR Nº INTA-CR-59-2001 Callao, 26 de setiembre de 2001 Señor Intendente de la Aduana Presente.- Asunto :Tráfico Fronterizo de bienes de uso y consu- mo doméstico. En uso de las facultades conferidas por Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 001322/99, sírvase te- ner en cuenta lo siguiente: El Decreto Supremo Nº 133-2000-EF establece disposi- ciones aplicables al tráfico fronterizo a que se refiere el Artículo 83º de la Ley General de Aduanas, señalando que pueden ingresarse bienes de uso y consumo doméstico hasta por un monto diario equivalente al 3% de la UIT; en ese sentido debe considerarse que no pudiendo tener dichos bienes carácter comercial, ADUANAS verificará que los diversos artículos que se comercialicen en kilos o litros, no excedan de 5 kilos o litros por producto, según corresponda; caso contrario, se someterán a las disposicio- nes legales que regulan el régimen de importación defini- tiva. Atentamente, MIGUEL ARRIOLA LUYO Intendente Nacional de Técnica Aduanera 31694CONASEV Disponen inscripción del "Segundo Programa de Bonos Telefónica del Perú - Primera Emisión" en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº 114-2001-EF/94.11 Lima, 26 de setiembre de 2001 VISTOS: El Expediente Nº 2001/07724 presentado por TE- LEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. y el Memorándum Nº 222- 2001-EF/94.45 de fecha 26 de setiembre de 2001 de la Gerencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 304º de la Ley General de Sociedades, Ley Nº 26887, las sociedades pueden emitir obligaciones; Que, mediante Junta General de Accionistas de TELE- FÓNICA DEL PERÚ S.A.A. de fecha 24 de marzo de 2000, se aprobó que, durante un plazo de tres años contados desde la fecha de la Junta antes referida, pueda emitir bonos hasta por un monto de US$ 800'000,000 (ochocien- tos millones de dólares de los Estados Unidos de América) en circulación; Que, la Junta a que se refiere el considerando anterior acordó, además, mantener todas las demás condiciones relativas a los acuerdos de emisión de obligaciones adop- tados en las Juntas de fechas 26 de marzo de 1996, 5 de marzo de 1997 y 9 de marzo de 1998, entre las que se encuentra la autorización al Directorio para que, dentro de los límites aprobados, determine los montos y las series de cada una de las emisiones de bonos e instrumentos de corto plazo que resulten necesarios de acuerdo a las necesidades financieras de la empresa, incluyendo la facultad de preparar, suscribir y presentar Programas de Emisión a CONASEV; Que, en mérito a las atribuciones delegadas, el Direc- torio de TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. en sesión de fecha 14 de diciembre de 2000, autorizó la emisión de bonos hasta por la suma de US$ 150'000,000 o su equiva- lente en moneda nacional, delegándose en los señores José Ramón Vela Martínez, Gerente General, Antonio Villa Mardón, Gerente Central de Finanzas, Oscar Porto- carrro Quevedo, Gerente Central de Control, y Víctor Carlos Schwartzmann Larco, las facultades suficientes para que indistintamente dos cualesquiera de ellos en forma conjunta determinen las características y condicio- nes aplicables; Que, con fecha 24 de mayo del presente año, TE- LEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. solicitó la aprobación del trámite anticipado, el registro del prospecto marco corres- pondiente a las ofertas de valores a realizar en el marco del segundo programa de emisión de bonos denominado "Se- gundo Programa de Bonos Telefónica del Perú, así como la inscripción de dicho programa en el Registro Público del Mercado de Valores, los mismos que fueron aprobados mediante Resolución Gerencia General Nº 055-2001-EF/ 94.11; Que, con fecha 19 de setiembre de 2001 TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A., solicitó la inscripción de los bonos corporativos de la Primera Emisión del Segundo Progra- ma de Bonos Telefónica del Perú, así como el consiguiente registro del prospecto complementario a utilizar, en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, en el presente caso se ha cumplido con presentar la información requerida por el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, apro- bado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, así como las disposiciones aprobadas mediante Resolución Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11; y, Estando a lo dispuesto por los Artículos 53º y siguien- tes de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, así como a lo establecido en sesión del Directorio de CONASEV de fecha 6 de abril de 1999, de acuerdo a lo cual el Gerente General de CONASEV se encuentra facul- tado para aprobar trámites anticipados, disponer la ins- cripción de valores y/o registro de prospectos derivados de