NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (28/09/2001)
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Pág. 210507 NORMAS LEGALES Lima, viernes 28 de setiembre de 2001 Nº 06-94-TCC, y el Texto Único de Procedimientos Admi- nistrativos del Ministerio de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción, señalan que para obtener autorización para prestar servicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dichas normas se detallan; Que, el Artículo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autori- zación para prestar servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses; Que, el Artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las características de instalación y operación autorizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros parámetros técnicos, si antes no se obtiene la correspondiente aproba- ción del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vi- vienda y Construcción; Que, mediante Informes Nºs. 456-2001-MTC/15.19.03.2 y 593-2001-MTC/15.19.01, la Dirección de Administra- ción de Frecuencias y la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones, respectiva- mente, señalan que la solicitud formulada por don BLACI- DO LEON SIXTO FELICIANO cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona la autorización y permiso solicitados; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013- 93-TCC; 06-94-TCC y sus modificatorias y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; y, Con la opinión favorable del Director General de Tele- comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a don BLACIDO LEON SIXTO FELICIANO autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluye un período de instala- ción y prueba de doce (12) meses, improrrogable, para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Olleros, provincia de Huaraz, departamento de Ancash, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-FM Frecuencia :99.3 MHz. Indicativo :OBT-3A Potencia :250 w. Emisión :256F8E Horario :H24 Ubicación de los Estudios y Planta Transmisora :Jr. 28 de Julio s/n, Centro Poblado Huaripampa, distrito de Olleros, provincia de Huaraz, departamen- to de Ancash. Coordenadas: L.O. 77° 27' 45" L.S. 09° 39' 40" El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el artículo precedente, se inicia con un período de instalación y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta antes de sesenta (60) días previos a la terminación de dicho período, el titular de la autorización debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, bajo sanción de dejar sin efecto la autorización. Artículo 3º.- Don BLACIDO LEON SIXTO FELICIA- NO está obligado a instalar y operar el servicio de radio- difusión concedido acorde con la presente resolución, es- tando impedido de modificar las características a que se contrae el Artículo 1º de la presente resolución sin autori- zación previa de este Ministerio. Artículo 4º.- La autorización a que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autoriza- do, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDWIN SANTOS ESPARZA Viceministro de Comunicaciones 31707Autorizan a Andina de Radiodifusión S.A.C. la operación de estación del servicio de radiodifusión comercial por televisión RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 780-2001-MTC/15.03 Lima, 17 de setiembre de 2001 VISTAS, las solicitudes presentadas por la empresa ANDINA DE RADIODIFUSIÓN S.A.C., sobre inspección técnica y autorización por el plazo de diez (10) años, para operar una estación del servicio de radiodifusión comer- cial por televisión en VHF, en el distrito y provincia de Huaral, departamento de Lima, así como el cambio de ubicación de dicha estación; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 834-90-TC/15.17 del 8 de junio de 1990, se concedió a la empresa ANDINA DE RADIODIFUSIÓN S.A., el plazo de un (1) año, para operar en período de prueba una estación del servicio de radiodifusión comercial por televisión en VHF, en el distri- to de Chancay, provincia de Huaral y departamento de Lima; Que, según el Artículo 50º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para operar un servicio de radiocomunicación autorizado; Que, el Artículo 163º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, señala que realizada la inspec- ción técnica, a mérito del informe técnico respectivo el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción podrá expedir la correspondiente licencia; Que, el inciso b) del Artículo 56º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las autorizaciones otorgadas tendrán un plazo máximo de diez (10) años para los servicios de radiodifusión, renova- bles a solicitud del interesado; Que, la Dirección de Administración de Frecuencias de la Dirección General de Telecomunicaciones, según los términos del Informe Nº 202-2001-MTC/15.19.03.2 expre- sa que habiéndose efectuado la inspección técnica a las instalaciones de la referida estación de radiodifusión, las pruebas de funcionamiento han resultado satisfactorias y asimismo, es factible el cambio de ubicación de la planta retransmisora y que de acuerdo a las características de asignación vigentes para la radiodifusión por televisión procede cambiar la denominación del tipo de estación y del tipo de emisión de audio y video; emitiendo su conformidad técnica; Que, la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 588- 2001-MTC/15.19.01, considera procedente autorizar la operación de la referida estación y sus características técnicas, por el plazo de diez (10) años, en períodos suce- sivos, que incluye el período de instalación y prueba otorgado por la Resolución Ministerial Nº 834-90-TC/ 15.17 acotada, habiéndose acogido la solicitante al D.S. Nº 024-98-MTC; De conformidad con el T.U.O. de la Ley de Teleco- municaciones aprobado por D.S. Nº 013-93-TCC, su Regla- mento General aprobado por D.S. Nº 06-94-TCC con sus modificatorias; el D.S. Nº 024-98-MTC, el TUPA del Minis- terio; y, Con la opinión favorable del Director General de Tele- comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) años, a la empresa ANDINA DE RADIODIFUSIÓN S.A.C., para la operación de una estación del servicio de radiodifusión comercial por televisión en VHF, ubicada en distrito y provincia de Huaral, departamento de Lima, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-TV Frecuencia :Banda III Video: 205.25 MHz. Audio: 209.75 MHz. Canal :12 Indicativo :OAV-4X-TV Potencia :Video: 200 w Audio: 20 w