Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2001 (29/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, sabado 29 de setiembre de 2001

NORMAS LEGALES PROYECTO

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OSITRAN
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO

PROYECTO RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO QUE ADECUA LAS NORMAS DEL REGLAMENTO DE COBRO Y APLICACION DE INFRACCIONES, SANCIONES Y TASAS A LA LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL
El Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico (OSITRAN) pone en conocimiento de los interesados este proyecto de resolucion con el fin de recibir comentarios y sugerenicas por el plazo de 15 dias calendario. Los comentarios y sugerencias podran remitirse por escrito o por medio electronico a las siguientes direcciones: MORDAZA del Centro Civico Av. Bolivia Nº 144, MORDAZA 1 Fax: 4331944 E mail: Info@ositran.gob.pe MORDAZA, __ de septiembre de 2001

RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 024-2001-CD/OSITRAN MORDAZA, 27 de septiembre de 2001 VISTO: El Proyecto de Resolucion de Consejo Directivo que aprueba la adecuacion del Reglamento de Cobro y Aplicacion de Infracciones, Sanciones y Tasas a la Ley del Procedimiento Administrativo General presentado por la Gerencia Legal en las Sesiones de Consejo Directivo de fechas 14 y 26 de septiembre del 2001; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 3.1 de la Ley de Supervision de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico, aprobada mediante Ley Nº 26917, establece que OSITRAN tiene como mision regular el comportamiento de los mercados en los que actuan las Entidades Prestadoras, asi como el cumplimiento de los contratos de concesion con la finalidad de cautelar en forma imparcial y objetiva los intereses del Estado, de los Inversionistas y de los Usuarios para garantizar la eficiencia en la explotacion de la Infraestructura de Transporte de Uso Publico; Que, el Articulo 6.1 del mismo MORDAZA normativo, establece dentro de las atribuciones de OSITRAN, la potestad exclusiva de dictar, en el ambito de su competencia, reglamentos autonomos y otras normas referidas a intereses, obligaciones o derechos de las Entidades Prestadoras o de los usuarios; Que, el literal c) del Articulo 3.1 de la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, aprobada por Ley Nº 27332, establece que la funcion normativa, comprende la facultad exclusiva de dictar, en el ambito de sus respectivas competencias, los reglamentos, normas de caracter general y mandatos u otras normas de caracter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobada por Ley Nº 27444, establece que reglamentariamente, en el plazo de seis meses a partir de la publicacion de la misma, se llevara a efecto la adecuacion de las normas de

los entes reguladores de los distintos procedimientos administrativos, cualquiera que sea su rango, con el fin de lograr una integracion de las normas generales supletoriamente aplicables; Que, en ese sentido, el presente proyecto tiene por finalidad adecuar el Reglamento de Cobro y Aplicacion de Infracciones, Sanciones y Tasas vigente a las normas de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, el Articulo 26º del Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico - OSITRAN, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2001-PCM, establece como requisito para la aprobacion de los Reglamentos, normas y regulaciones de alcance general que dicte el OSITRAN, el que sus respectivos proyectos hayan sido publicados en el Diario Oficial El Peruano o en algun otro medio que garantice una debida difusion, con el fin de recibir los comentarios y sugerencias de los interesados, los mismos que no tendran caracter vinculante, ni daran lugar al inicio de un procedimiento administrativo; Que, en consecuencia, dando cumplimiento a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesion de fecha 26 de septiembre de 2001 y de conformidad con lo dispuesto en los considerandos precedentes, se debe proceder a disponer la prepublicacion del Proyecto de Resolucion que adecua las normas del Reglamento de Cobro y Aplicacion de Infracciones, Sanciones y Tasas a la Ley del Procedimiento Administrativo General en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con el literal a) del Articulo 12º de la Ley Nº 26917, con el literal c) del Articulo 3.1 de la Ley Nº 27332 y con el Articulo 22º del Decreto Supremo Nº 010-2001-PCM; RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la prepublicacion, en el Diario Oficial El Peruano, del Proyecto de la Modificacion del Reglamento de Cobro y Aplicacion de Infracciones, Sanciones y Tasas, en adecuacion a Ley del Procedimiento Administrativo General, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Otorgar un plazo de quince (15) dias calendario, contados a partir de la prepublicacion a que se refiere el articulo precedente, para que los legitimos interesados remitan por escrito o por medio electronico sus comentarios o sugerencias, los que seran acopiados,

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