Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2002 (07/04/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 7 de MORDAZA de 2002

tas para la elaboracion de la Cuenta General de la Republica del ano 2001. Articulo 2º.- SOLICITAR al Rector de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORDAZA, haga extensiva esta especial felicitacion, al personal de Contabilidad, Presupuesto y Tesoreria, y a todas las demas personas que con su esfuerzo y dedicacion han contribuido a la MORDAZA de la rendicion de cuentas en forma oportuna, lo que significa un ejemplo que la Contaduria Publica de la Nacion exhorta a imitar. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Contador General de la Nacion 6048

damente sustentadas, en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Encargar al Comite Especial Permanente encargado de las Contrataciones y Adquisiciones Directas, proceda a comunicar a todos los adquirentes de las bases sobre la decision tomada, asi como al publico en general mediante aviso en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Disponer que, durante un plazo no mayor de cinco (5) dias, el Area de Tesoreria proceda al reintegro del pago efectuado por los adquirentes de las bases, el cual se MORDAZA efectivo con la sola MORDAZA del comprobante respectivo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ASCACIBAR NOBLECILLA Secretario Ejecutivo (e)

CONTRADROGAS
Dan por cancelado MORDAZA de adjudicacion referido a la contratacion de servicio de vigilancia para la sede central
RESOLUCION DE SECRETARIA EJECUTIVA Nº 022-2002-CD-SE MORDAZA, 26 de marzo de 2002 VISTO: Los Informes Nº 008-2002-CD-UAF de la Unidad de Administracion y Finanzas y Nº 006-2002-CD de la Comision Especial del Comite Especial Permanente de Adjudicacion Directa para que se de por cancelado el MORDAZA de Adjudicacion Directa con Publicacion Nº 014-2002-CD referido a la contratacion del Servicio de Vigilancia particular para la Sede Central de CONTRADROGAS, por razones de fuerza mayor. CONSIDERANDO: Que, por el Articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, en concordancia con el Articulo 21º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y establece que en cualquier estado del MORDAZA hasta MORDAZA de otorgar la Buena Pro, la Entidad que la convoca puede cancelarlo por razones de fuerza mayor; Que, habiendose producido el dia de 20.3.2002 el atentado en las cercanias de la Embajada de los Estados Unidos de MORDAZA, con las consecuencias del todo conocidas, y que comprometen la seguridad de las Instituciones Publicas, por lo que es necesario tomar un conjunto de medidas para asegurar la integridad de sus instalaciones y a las personas que laboran en MORDAZA, para ello se hace necesario que para tomar los Servicios de Vigilancia Particular, previamente se debe desarrollar un Estudio mas profundo de la seguridad y puntos criticos; Que, mediante el documento del visto, el Comite Especial Permanente encargado de las Contrataciones y Adquisiciones Directas ha decidido cancelar el MORDAZA de Adjudicacion Directa con Publicacion Nº 014-2002-CD, referido a la contratacion del Servicio de Vigilancia particular para la Sede Central de CONTRADROGAS; Estando a los visados de los titulares de los organos competentes; y en uso de sus atribuciones y facultades conferidas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por cancelado el MORDAZA de Adjudicacion Directa con Publicacion Nº 014-2002-CD referido a la contratacion del Servicio de Vigilancia particular para la Sede Central de CONTRADROGAS, por razones de fuerza mayor, las cuales se encuentran debi-

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INACC
Relacion de concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de marzo de 2002
RESOLUCION JEFATURAL Nº 00557-2002-INACC/J MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 015-2001-EM, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 29 de marzo de 2001, se denomina a partir de la fecha como Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, al Organismo Publico Descentralizado del Sector Energia y Minas encargado de las funciones de tramitar las solicitudes y otorgar las concesiones mineras, administracion de Derecho de Vigencia y Catastro Minero; Que, el Articulo 5º de la MORDAZA legal MORDAZA citada, dispone que a partir de su vigencia, las menciones al Registro Publico de Mineria existentes en el Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria vigente, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM y demas normas legales y reglamentarias relacionadas, se entenderan como referidas al Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, publicara mensualmente en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez, la relacion de concesiones mineras cuyos titulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la visacion de la Direccion General de Concesiones Mineras y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el Articulo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- PUBLIQUESE, en el Diario Oficial El Peruano, la relacion de concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de marzo de 2002, de acuerdo a la relacion adjunta que forma parte integrante de la presente resolucion y para los efectos a que se contraen los Articulos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BARCELLOS M. Jefe Institucional 6377

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