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Pág. 221379 NORMAS LEGALES Lima, domingo 14 de abril de 2002 cuadas al entrenamiento inicial requerido del personal aeronáutico de la compañía. Además, el Cronograma de Eventos debe incluir las fechas que señalen cuándo es- tará disponible cada uno de los manuales que se exigen para la Certificación. Estas fechas estimadas deben ser lógicas en términos de secuencia. Por ejemplo, la fecha estimada para empezar el entrenamiento en tierra de Adoctrinamiento Inicial de la compañía para el personal técnico debe ser posterior a la fecha de presentación de dichas secciones de los manuales. La DGAC debe dis- poner de todo el tiempo necesario para revisar, inspec- cionar y aprobar cada evento, en caso de que se requie- ra la aprobación antes del inicio de un evento posterior. El no realizar un evento de manera satisfactoria o de acuerdo al Cronograma de Eventos podría retrasar el Proceso de Certificación. Si, en cualquier oportunidad durante el Proceso de Certificación, el solicitante consi- dera necesario modificar el Cronograma de Eventos, se deberá notificar al JPC lo antes posible. El Cronograma propuesto deberá definir las fechas de cumplimiento de aspectos tales como: Q Los manuales y documentos de mantenimiento re- queridos; Q Las Especificaciones de Operación; Q La Calificación del Personal de Dirección del TMA; Q Carta de Cumplimiento de las RAP; Q Verificación de la infraestructura y la aplicación de los Programas de Entrenamiento; Q Demostración de las facilidades con las que cuenta su Base y Estaciones; Q Demostración de sus procedimientos y archivos de mantenimiento e inspección; Q Otras demostraciones que las características de la operación exijan. 2.2 Manuales de Mantenimiento : Estos manuales con- tienen información sobre las políticas generales del TMA así como sobre los deberes y responsabilidades de su per- sonal, etc. Éstos son comúnmente conocidos como Ma- nual de Procedimientos de Inspección (MPI, ver procedi- miento DGAC-A-017), que incluya un Manual de Instruc- ción o Capacitación (ver procedimiento DGAC-A-019), Manual de Aseguramiento de la Calidad (ver CA 121-89- 01) y procedimientos específicos del TMA cuyo desarrollo sea necesario por su complejidad; la Sección 145.45, 145.46 y CA 121.89.01, prescriben el contenido de dichos manuales. 2.3 Carta de Cumplimiento de las Regulaciones : Este adjunto debe constituir una relación completa de todas las RAP correspondientes a la operación propuesta (RAP 145 y 43). Las subpartes pertinentes, así como cada sección referente a las regulaciones deberá ser identificada y acom- pañada por una referencia específica a un manual u otro documento. La referencia debe señalar el método de cum- plimiento de cada regulación que haya sido consignada en la relación antes mencionada. El ejemplo a continuación muestra cómo presentar las secciones referentes de las RAP en una Carta de Cumplimiento: Ejemplo (1): Sección 145.61(d) “Registros y Reportes de Trabajos Realizados”: El Manual de Procedimientos de Inspección (MPI) Sección 5, Capítulo 3, Página 22, Párra- fo 8; indica instrucciones al personal de mantenimiento sobre la exigencia de realizar una anotación en el registro de mantenimiento luego de que dicha persona efectúa el mantenimiento de una aeronave o producto así como el mantenimiento preventivo, la reconstrucción o modificación de los mismos. Ejemplo (2): Sección 145.61(d)(2): El Manual de Pro- cedimientos de Inspección (MPI) Sección 5, Capítulo 3, Página 3, Párrafo 9; indica instrucciones al personal de man- tenimiento sobre las exigencias de identificar en el registro de mantenimiento la fecha en que se efectuó el trabajo. 2.4 Especificaciones de Operación (OPSPECS) : Este adjunto es un documento que, conjuntamente con el Certi- ficado de Explotador, acredita al poseedor de un Certifica- do de TMA (Sección 145.3) y describe las autorizaciones, limitaciones, disposiciones y privilegios propuestos por el solicitante, los cuales son específicos para las operacio- nes de mantenimiento del TMA. Estas limitaciones, dispo-siciones y privilegios una vez aprobados por la DGAC tie- nen el grado de regulación. En el Apéndice 8 se presenta una descripción del contenido de las OPSPECS estándar, el detalle de cómo desarrollar cada párrafo de las OPS- PECS estándar se encuentra en el MIA. 2.5 Programas de Entrenamiento: La parte del progra- ma curricular de entrenamiento inicial de la compañía con- signado en el Manual de Entrenamiento, requerido por la RAP 145..., debe ser adjuntada a la carta de solicitud for- mal. Los programas curriculares de entrenamiento inicial deben incluir como mínimo los siguientes segmentos cu- rriculares: 1. Entrenamiento Inicial de Adoctrinamiento de Proce- dimientos de la Compañía (MPI); 2. Entrenamiento Inicial en Tierra sobre la Aeronave, motor, dispositivo o componente, como fuera aplicable. NOTA: Para la orientación del contenido del Programa de Entrenamiento de Mantenimiento ver procedimiento DGAC-A-019 del MIA. 2.6 Documentos adjuntos de Compra, Arriendos, Con- tratos o Cartas de Intención y Lista de Capacidades : Estos adjuntos deben proporcionar evidencia de que el solicitan- te se encuentra en proceso de franca obtención de las ins- talaciones, herramientas y equipos. Asimismo, manuales de aeronaves y servicios correspondientes a las habilita- ciones tipo solicitadas. Si los contratos formales no están listos, serán suficientes cartas u otros documentos que muestren acuerdos o intenciones preliminares hasta la fe- cha que determine la DGAC. Las herramientas, instalacio- nes y equipos deberán ser del tipo correspondiente a la habilitación solicitada. La Lista de Capacidades propuesta puede ser parte del Manual de Procedimientos de Inspec- ción (MPI). 2.7 Listado (Roster), Registros y Calificaciones del Per- sonal propuesto para Aprobar el Retorno al Servicio : Es- tos documentos deben estar compuestos por un listado del personal (Roster) propuesto para aprobar el retorno al ser- vicio en el TMA, y el registro y calificaciones de dicho per- sonal ordenados y documentados adecuadamente en ar- chivos individuales, de acuerdo a lo requerido por la RAP 145.43(a)(2). La reunión de Solicitud Formal puede servir para refor- zar el concepto de comunicación abierta y buenas relacio- nes de trabajo. El personal principal de Dirección del soli- citante debe asistir a la reunión de Solicitud Formal. Dicha reunión servirá para discutir la Solicitud Formal y resolver omisiones, deficiencias o responder a inquietudes pendien- tes. Los desacuerdos en las fechas propuestas deben ser resueltas. Se discutirá ampliamente las fases siguientes del Proceso de Certificación. El solicitante debe exigir que se aclare cualquier ítem o evento que no haya sido enten- dido clara y totalmente. La DGAC responderá todas las preguntas que el solicitante pueda tener y reforzará el Pro- ceso de Certificación. Basado en los resultados de la re- unión de Solicitud Formal, el equipo de certificación de la DGAC determinará la aceptabilidad del paquete presenta- do, sin embargo el JPC no aceptará formalmente la solici- tud durante la reunión. Esta demora deja tiempo al solici- tante para que éste resuelva cualquier tipo de omisiones o deficiencias discutidas durante la reunión. Mediante una carta, se le notificará al explotador si se acep- ta o rechaza la Solicitud Formal. La aceptación de la DGAC de una Solicitud Formal no constituye aprobación o acepta- ción de cada uno de los adjuntos. Se evaluará por completo estos documentos durante las fases subsecuentes del Pro- ceso de Certificación. En caso de no ser aceptada la Solici- tud Formal, será devuelta con una explicación por escrito en la cual se señale los motivos de dicha devolución. APÉNDICE 11: FASE DE CONFORMIDAD DE LA DOCUMENTACIÓN (FASE III) 1. Después de aceptar la Solicitud Formal, el JPC y los Inspectores asignados deberán desarrollar una evaluación completa de todos los manuales y documentos estableci- dos en esta Guía. La DGAC intentará culminar estas eva- luaciones de acuerdo al Cronograma de Eventos del solici