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Pág. 221383 NORMAS LEGALES Lima, domingo 14 de abril de 2002 Artículo 2º.- Las personas jurídicas a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución recepcionarán y dili- genciarán el formulario de la encuesta remitido por la Direc- ción Nacional de Empleo y Formación Profesional del MTPS. Artículo 3º.- Aprobar el formulario correspondiente de la mencionada encuesta, que forma parte de la pre- sente resolución, que será remitida a las empresas por la Dirección Nacional de Empleo y Formación y cuya distribución se iniciará según el cronograma siguiente: A nivel de Lima Metropolitana: - Para el Primer Trimestre la fecha de envío del formu- lario es a partir del 28 de febrero del 2002. - Para el Segundo Trimestre la fecha de envío del for- mulario es a partir del 3 de mayo del 2002. - Para el Tercer Trimestre la fecha de envío del formu- lario es a partir del 29 de agosto del 2002. - Para el Cuarto Trimestre la fecha de envío del for- mulario es a partir del 29 de noviembre del 2002. A nivel de las ciudades de Arequipa y Chimbote: - La fecha de envío del formulario es a partir del 30 de enero del 2002. A nivel de la ciudad de Chiclayo: - La fecha de envío del formulario es a partir del 29 de agosto del 2002. Artículo 4º.- Establecer como plazo máximo de presentación del formulario debidamente diligenciado: A nivel de Lima Metropolitana: - Para el Primer Trimestre la fecha de término es el 8 de marzo del 2002. - Para el Segundo Trimestre la fecha de término es el 7 de junio del 2002. - Para el Tercer Trimestre la fecha de término es el 9 de setiembre del 2002. - Para el Cuarto Trimestre la fecha de término es el 9 de diciembre del 2002. A nivel de la ciudad de Arequipa: - La fecha de término es el 5 de marzo del 2002. A nivel de la ciudad de Chimbote: - La fecha de término es el 31 de mayo del 2002. A nivel de la ciudad del Chiclayo: - La fecha de término es el 30 de setiembre del 2002. Artículo 5º.- Las empresas que incumplan con la presentación de la "Encuesta de Remuneraciones por Ocupaciones Específicas", en la fecha establecida se- rán multadas conforme a lo dispuesto por los Arts. 87º y 91º del D.S. Nº 043-2001-PCM. Regístrese y comuníquese. GILBERTO MONCADA Jefe 6820 Autorizan la realización de la "Encues- ta Nacional de Variación Mensual de Empleo en Lima Metropolitana y Prin- cipales Ciudades del País" RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 130-2002-INEI Lima, 11 de abril del 2002Visto el Oficio Nº 176-2002-TR/DNEFP, de la Direc- ción Nacional de Empleo y Formación Profesional del Ministerio de Trabajo y Promoción Social (MTPS), solicitando autorización para realizar la "Encuesta Na- cional de Variación Mensual del Empleo en Lima Metro- politana y Principales Ciudades"; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática", el INEI es el ente rec- tor de los Sistemas Nacionales de Estadística e In- formática y tiene entre sus funciones normar, super- visar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utilizadas por los órganos del Sistema para la producción de las Estadísticas Básicas refe- ridas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Re- gionales; Que, la Dirección Nacional de Empleo y Formación Profesional del Ministerio de Trabajo y Promoción So- cial, requiere contar con información de las variaciones coyunturales en el volumen de la Demanda de mano de obra del sector moderno o estructurado de nuestra eco- nomía, que sirva para la toma de decisiones sobre polí- ticas empleo y de los recursos humanos; Que, en tal sentido la Dirección Nacional citada en el párrafo precedente realizará la "Encuesta Nacional de Variación Mensual del Empleo en Lima Metropoli- tana y Principales Ciudades ", dirigida a las empresas de todos los sectores económicos, excepto construc- ción, seleccionadas en una muestra representativa de 10 a más trabajadores a nivel de Lima Metropolitana y en las principales ciudades del país, siendo necesa- rio autorizar su ejecución, así como aprobar el formu- lario respectivo y fijar el plazo máximo de entrega de la información; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Subjefatura de Estadística y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídi- ca; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la realización de la "Encuesta Nacional de Variación Mensual de Empleo en Lima Me- tropolitana y Principales Ciudades del País" para las empresas seleccionadas de 10 a más trabajadores a ni- vel de Lima Metropolitana y en las principales ciudades del país en todos los sectores económicos excepto construcción, la que será ejecutada por la Dirección Na- cional de Empleo y Formación Profesional del MTPS en Lima Metropolitana y por las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción Social en las otras ciudades. Artículo 2º.- Aprobar el formulario correspondiente de la mencionada encuesta, que forma parte de la pre- sente resolución la que será remitida por la Dirección Nacional de Empleo y Formación Profesional del MTPS, a las empresas seleccionadas la ultima semana del mes correspondiente. Artículo 3º.- Las personas jurídicas a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución recepcionarán el formulario de la encuesta la ultima semana del mes remitido por la Dirección Nacional de Empleo y Forma- ción Profesional del MTPS. Artículo 4º.- Las empresas que incumplan con la presentación de la "Encuesta Nacional de Variación de Empleo a Nivel de Lima Metropolitana y Principales Ciu- dades", en la fecha establecida serán multadas confor- me a lo dispuesto por los Arts. 87º y 91º del D. S. Nº 043- 2001-PCM. Regístrese y comuníquese. GILBERTO MONCADA Jefe 6821