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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (14/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 46

Pág. 221396 NORMAS LEGALES Lima, domingo 14 de abril de 2002 ONCEPTO Unidad de Resultado Metas medida 2001 2002 2003 2004 2005 Eficiencia en la Gestión Empresarial 1. Producción unitaria promedio lt. / hab. / día 274 277 269 264 258 2. Agua no contabilizada % 42 38 31 28 25 3. Costo operativo promedio por AP y Alc. S/. 2001 / m30,58 0,63 0,63 0,63 0,63 4. Nivel de morosidad Meses 2,9 2,3 2,0 2,0 2,0 5. Relación de trabajo Índice 65 49 47 45 43 6. Total de inversión Miles S/. 2001 186.015 306.093 420.194 398.045 305.524 7. Inversión Recursos Propios Miles S/. 2001 85.012 117.000 341.174 332.561 305.524 8. Deuda / Activos fijos Índice 0,34 0,37 0,39 0,39 0,35 9. Deuda / Patrimonio Índice 0,47 0,54 0,60 0,60 0,60 Notas: m.c.a.: metros de columna de agua lt./hab./día: litros habitante diario ANEXO N° 04 PROGRAMA DE INVERSIONES DE SEDAPAL AÑO 2002 En miles de soles Ítem PROYECTOS 2002 1,0 PROYECTO DE REHABILITACIÓN DE LOS SISTEMAS BIRF-OECF/SEDAPAL 105.804 2,0 PROYECTOS DE AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO 149.776 3,0 PROGRAMA DE OBRAS SECUNDARIAS DE AGUA POTABLE PARA ASENTAMIENTOS HUMANOS 50.513 T O T A L 306.093 6817 nes Nacionales a reservar la prioridad del uso y admi- nistración de propiedad del Estado, para atender nece- sidades presentes o futuras de interés local y/o nacio- nal; Que, el Estado es propietario del predio de 26 559,19 m² ubicado en el Sector I de la Zona denominada La Quipa y del islote de 7 268,30 m² ubicado en el Sector II de la misma zona, distrito de Pucusana, provincia y departamento de Lima; los mismos que se encuentran inscritos en las Partidas Electrónicas Nºs. 11334084 y 11334086 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, y registrados en los Asientos Nºs. 11254 y 11255 del Sistema de Información Nacional de Bienes de Propiedad Estatal, correspondiente al departamento de Lima, respectivamente; Que, mediante Oficios Nºs. 1478-98-MML-DMDU y 812-2001-MML-DMDU, recibidos con fechas 3 de agosto de 1998 y 18 de mayo del 2001, respectiva- mente, el Director Municipal de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima solicita la transferencia de los predios descritos en el conside- rando precedente, para su posterior adjudicación en venta directa a favor del señor Enrique Gubbins Bo- vet, a fin de desarrollar un proyecto de habilitación recreacional; Que, el Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 004- 85-VC, que aprueba el Reglamento de Adjudicación de Terrenos Fiscales para fines Urbanos en Aplica- ción de la Ley Orgánica de Municipalidades, concor- dado con el Decreto Supremo Nº 048-2001-EF, dis- pone que las Municipalidades Provinciales podrán transferir en venta directa a favor de terceros los te- rrenos transferidos por el Estado a través de la Su- perintendencia de Bienes Nacionales, en casos de emergencia o con fines de inversión que generen ocu- pación o cumplan fines sociales a favor de personas naturales o jurídicas que garanticen la ejecución de un proyecto determinado; Que, el Artículo 18º del Decreto Supremo Nº 004-85- VC, establece que las Municipalidades Provinciales po- drán vender directamente terrenos a favor de terceros a precio de tasación oficial, entre otros, en aquéllos casos de necesidad de vivienda única de tipo económico a tra- vés de Programas Municipales, supuesto en el cual noSUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES Declaran improcedente solicitud de transferencia de predio formulada por la Municipalidad Metropolitana de Lima JEFATURA DE ADJUDICACIONES RESOLUCIÓN Nº 027-2002/SBN-GO-JAD La Molina, 25 de marzo del 2002 Visto el Expediente Nº 00373-98, por el cual la Municipalidad Metropolitana de Lima solicita la transferencia del predio de 26 559,19 m² ubicado en el Sector I de la Zona denominada La Quipa y del islote de 7 268,30 m² ubicado en el Sector II de la misma zona, distrito de Pucusana, provincia y depar- tamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, De- creto Supremo Nº 131-2001-EF, Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales, y Decreto Su- premo Nº 154-2001-EF, Reglamento General de Proce- dimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, la Superintendencia de Bienes Nacionales, tie- ne como finalidad incentivar el aprovechamiento econó- mico de los bienes del Estado en armonía con el interés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para el regis- tro, inscripción y fiscalización de los bienes de propie- dad estatal; Que, el Artículo VII del Decreto Supremo Nº 154-2001- EF, que aprueba el Reglamento General de Procedimien- tos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, faculta al Estado a través de la Superintendencia de Bie-