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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (14/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 48

Pág. 221398 NORMAS LEGALES Lima, domingo 14 de abril de 2002 nistrativos de los Bienes de Propiedad Estatal"; la Superin- tendencia de Bienes Nacionales, tiene como finalidad in- centivar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para el registro, inscripción y fiscalización de los bienes de propiedad estatal; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, señala que los terrenos eriazos o ribe- reños son bienes de propiedad estatal; por lo que co- rresponde tramitar la primera inscripción de dominio del terreno submateria de conformidad con el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001 y Artículo 33º del De- creto Supremo Nº 154-2001-EF; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 1229, de fecha 4 de julio de 1995, se declaró de naturaleza eriaza el terreno de 23 9286 ha., denominado "Canchamaná I", ubicado en la zona de expansión industrial ribereña al mar del distrito de Tambo de Mora, provincia de Chin- cha, departamento de Ica, del cual forma parte el terre- no descrito en la introducción; Que, realizada la inspección técnica al terreno de 46 674,00 m², con fecha 14 de noviembre del 2001, se ha determinado la ubicación y medidas del terreno sobre el cual se ha edificado una construcción que es destinada como fábrica de harina de pescado; Que, atendiendo a que la Oficina Registral de Chin- cha no cuenta con catastro, respecto al terreno de 46 674,00 m², se ha recabado el Certificado Negativo de Inscripción, de fecha 1 de febrero del 2002, que da cuenta que, el mismo no se encuentra inscrito, a nombre de la Fábrica Exalmar S.A., empresa que a la fecha ocupa el terreno materia de trámite; así mismo, revisada la base gráfica del Registro Predial Urbano , se ha verificado que no existe inscripción alguna; Que, el inciso s) del Artículo 39º de la Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de se- tiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Orga- nización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Re- cuperaciones a emitir en primera instancia las resolucio- nes de su competencia; Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 043-2002/SBN-GO-JAR, de fecha 8 de marzo del 2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de do- minio a favor del Estado del terreno de 46 674,00 m², ubicado en Canchamaná - Zona Ribereña del distrito de Tambo de Mora, provincia de Chincha, departamento de Ica, de acuerdo al plano y memoria descriptiva que sus- tentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Oficina Registral de Chincha de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos pro- cederá a efectuar la inscripción dispuesta en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA DEL AGUILA BRACAMONTE Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 6754 Aprueban transferencia patrimonial de inmuebles de propiedad del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción a favor del Estado, ubica- dos en el departamento de Lima JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 058-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 4 de abril de 2002Vistos los Expedientes Nº 011-2002/SBN-JAR y Nº 012-2002/SBN-JAR mediante los cuales se sustenta la transferencia patrimonial a favor del Estado de los inmue- bles denominados Lote Nº 2, con un área registral rema- nente de 20 049,00 m2 ubicado en el Proyecto Los Pró- ceres y el Lote 2A, con un área registral de 10 008,04 m2 ubicado en la Urbanización Popular Los Próceres, ambos en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, de propiedad del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; y, CONSIDERANDO: De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la Superinten- dencia de Bienes Nacionales" y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal"; la Superintendencia de Bienes Nacionales, tiene como fi- nalidad incentivar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social, pro- moviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para el registro, inscripción y fiscalización de los bienes de propiedad estatal; Que, el inmueble denominado Lote Nº 2, con un área registral remanente de 20 049,00 m2, ubicado frente a la alameda Domingo Tristán y Moscoso en el Proyecto Los Próceres, distrito de Santiago de Surco, provincia de Lima, departamento de Lima, se encuentra inscrito en la Ficha Nº 361187, que continúa en la Partida Electrónica Nº 44769204 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, a favor del Ministerio de Transportes, Comuni- caciones, Vivienda y Construcción, y registrado en el Asiento Nº 1478 del Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspon- diente al departamento de Lima; Que, el inmueble denominado Lote 2A, con un área registral de 10 008,04 m2, ubicado frente a la alameda Domingo Tristán y Moscoso, en la Urbanización Popular Los Próceres, distrito de Santiago de Surco, provincia de Lima, departamento de Lima, se encuentra inscrito bajo el Código de Predio Nº P03198915 del Registro Predial Urbano de Lima, a favor del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción mediante Oficio Nº 585-2002- MTC/15.01 de fecha 2 de abril del 2002, dirigido a la Superintendencia de Bienes Nacionales, autoriza la transferencia patrimonial a favor del Estado de los inmue- bles antes descritos; Que, conforme a lo estipulado por el Artículo 17º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, las transferencias pa- trimoniales prediales entre entidades públicas perte- necientes a diversos Sectores o Pliegos, se aprueban por Resolución de la Superintendencia de Bienes Nacionales; Que el inciso s) del Artículo 39º de la Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de se- tiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Orga- nización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Re- cuperaciones a emitir en primera instancia las resolucio- nes de su competencia; Estando a lo expuesto en los Informes Técnico Lega- les Nº 077-2002/SBN-GO-JAR y Nº 078-2002/SBN-GO- JAR, de fecha 3 de abril del 2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia patrimonial a título gratuito de los inmuebles de 20 049,00 m2 y de 10 008,04 m2, descritos en el segundo y tercer consideran- do de la presente Resolución, ubicados en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, de propiedad del Ministerio de Transportes, Comunica- ciones, Vivienda y Construcción, a favor del Estado, re- presentado por la Superintendencia de Bienes Nacio- nales.