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Pág. 221651 NORMAS LEGALES Lima, sábado 20 de abril de 2002 COPI; y, que en concordancia con lo expresado, es de aco- tar, que la Décima Tercera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento para el Registro, Con- trol y Vigilancia Sanitaria de Productos Farmacéuticos y Afines, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-97-SA, establece que la DIGEMID denuncia ante el INDECOPI las infracciones a las normas sobre publicidad de los produc- tos comprendidos en dicho Reglamento; Que por lo expuesto, siendo que la DIGEMID solamen- te se encuentra facultada para denunciar ante el INDECO- PI los casos en los que se transgreda las normas de publi- cidad pertinentes que se han fijado en la Ley Nº 26842 - Ley General de Salud y, teniendo en cuenta que de acuer- do a lo establecido en el Artículo 36.1 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, los procedi- mientos que se efectúan en una entidad pública se esta- blecen exclusivamente mediante Decreto Supremo o nor- ma de mayor jerarquía, lo cual, en el presente caso, se ha advertido que el procedimiento que se cuestiona no se encuentra consignado, ni en el Reglamento para el Regis- tro, Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Farmacéu- ticos y Afines, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010- 97-SA, ni en las modificatorias a dicho Reglamento; proce- de eliminar el Procedimiento Nº 83: "Dictamen de Anun- cios Publicitarios" del Texto Único de Procedimientos Ad- ministrativos del Ministerio de Salud, aprobado por el De- creto Supremo Nº 001-2002-SA; Con la opinión favorable del Viceministro de Salud y, las visaciones de la Oficina General de Planeamiento Estraté- gico y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministe- rio del Ramo; y, De conformidad con lo establecido en el Artículo 36.3 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y, en el Artículo 8º, inciso l) de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Eliminar el Procedimiento Nº 83: "Dic- tamen de Anuncios Publicitarios" (a cargo de la DIGEMID), del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Mi- nisterio de Salud, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001- 2002-SA; por las razones expuestas en la parte considera- tiva de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 7110 TRABAJO Y PROMOCIÓN SOCIAL Aprueban viaje de funcionaria de ESSALUD a Colombia para participar en el Taller Subregional sobre la modificación de las Decisiones 113 y 148 "Instrumento Andino de Seguridad Social" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 083-2002-TR Lima, 17 de abril de 2002 VISTO: El Oficio Nº 336-SG-ESSALUD-2002 del Secretario General del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 076-2002-TR de fecha 27 de marzo de 2002, expedida en virtud al Acuer- do de Consejo Directivo Nº 53-8-ESSALUD-2002, se auto- rizó el viaje de los señores EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ y BRAULIO ROSILLO LARIOS, miembro del Consejo Di- rectivo en representación de los empleadores y Jefe de la Oficina Central de Asuntos Jurídicos, respectivamente, delSeguro Social de Salud (ESSALUD), a la ciudad de Carta- gena de Indias, Colombia, del 3 al 6 de abril de 2002, a fin que participen en el Taller Subregional sobre la modifica- ción de las Decisiones 113 y 148 "Instrumento Andino de Seguridad Social"; Que, el Seguro Social de Salud (ESSALUD) mediante Acuerdo de Consejo Directivo Nº 58-10-ESSALUD-2002, modificó el Acuerdo Nº 53-8-ESSALUD-2002 dejando sin efecto la aprobación de viaje en comisión de servicios del señor BRAULIO ROSILLO LARIOS, dado que razones es- trictamente personales y de naturaleza impostergable hicie- ron imposible su participación en el evento mencionado; y asimismo, aprobó en vía de regularización el viaje en comi- sión de servicios de la señorita ANA CELIA SALAZAR SA- LAZAR, coordinadora del Despacho de Salud de la Geren- cia de Asuntos Administrativos de la Oficina Central de Asun- tos Jurídicos, en reemplazo del señor Braulio Rosillo Larios; Que, la señorita Ana Celia Salazar Salazar viajó el 3 de abril del 2002, a la ciudad de Cartagena de Indias, Colom- bia, para poder asistir al Taller Subregional sobre la modifi- cación de las Decisiones 113 y 148 "Instrumento Andino de Seguridad Social" a efectos de participar en dicho evento dentro de la fecha prevista para tal fin; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM, y, Estando a lo propuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar la Resolución Ministerial Nº 076- 2002-TR de fecha 27 de marzo de 2002, dejándose sin efec- to la aprobación de viaje en comisión de servicios del se- ñor BRAULIO ROSILLO LARIOS, por las razones expues- tas en la parte considerativa. Artículo 2º.- Aprobar, en vía de regularización el viaje de la señorita ANA CELIA SALAZAR SALAZAR, coordina- dora del Despacho de Salud de la Gerencia de Asuntos Administrativos de la Oficina Central de Asuntos Jurídicos del Seguro Social de Salud (ESSALUD), a la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia del 3 al 6 de abril de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 3º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud (ESSALUD), de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes :US$529.82 Viáticos :US$800.00 Tarifa CORPAC :US$25.00 Artículo 4º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cua- lesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción Social 7101 M T C Modifican el Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obli- gatorios por Accidentes de Tránsito DECRETO SUPREMO Nº 014-2002-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 049-2000-MTC, se apro- bó el Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Se- guros Obligatorios por Accidentes de Tránsito; Que, mediante Decretos Supremos Nºs. 036-2001-MTC y 044-2001-MTC se modificaron determinados artículos del