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Pág. 221645 NORMAS LEGALES Lima, sábado 20 de abril de 2002 sión 220 Kv S.E. Zapallal - S.E. Paramonga Nueva - S.E. Chimbote 1 de una (1) terna, aprobándose el Contrato de Concesión Nº 033-94; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 272-95-EM/ VME del 10 de octubre de 1995, se impuso en vía de regu- larización a favor de ETECEN, servidumbres de electro- ducto y de tránsito para custodia, conservación y repara- ción de las obras e instalaciones de la línea de transmisión 220 kV S.E. Zapallal - S.E. Paramonga Nueva - S.E. Chim- bote 1; Que, con fecha 20 de marzo de 2000, la empresa con- cesionaria solicita la imposición de la servidumbre de elec- troducto para la línea de transmisión 220 kV Torre Nº 889 - S.E. Zapallal, tramo que tiene un recorrido diferente al tra- mo original que formó parte de la línea mencionada en el considerando que antecede conforme precisa en su docu- mento presentado el 8 de marzo de 2002; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispues- to por el inciso b) del Artículo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Eléctricas - Decreto Ley Nº 25844 y el Artículo 220º y siguientes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 025-2002-EM/DGE; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER la servidumbre de electroducto para la L.T. 220 kV Torre Nº 889 - S.E. Zapallal, ubicada en los distritos de Puente Piedra y Carabayllo de la provincia y departamento de Lima, a favor de Empresa de Transmi- sión Eléctrica Centro Norte S.A. - ETECEN, con carácter permanente, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguien- te cuadro: Nivel de Nº de Longitud Ancho Cód. Exp. Inicio y Llegada de Tensión Ternas (Km.) de la la Línea Eléctrica (kV) Faja (m) 21107700 Torre Nº 889 - 220 02 4,576 25 S.E. Zapallal Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 272-95-EM/VME, respecto al trayecto modificado de la línea de transmisión a que se refiere la presente Resolu- ción, quedando vigente en los demás extremos. Artículo 3º.- Los propietarios de los nuevos predios sir- vientes, dentro de la faja de servidumbre, no podrán cons- truir obras de cualquier naturaleza ni podrán realizar labo- res que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servi- dumbres constituidas. Artículo 4º.- ETECEN deberá dejar liberado de la ser- vidumbre otorgada con Resolución Ministerial Nº 272-95- EM/VME al tramo comprendido entre la Torre Nº 889 y la S.E. Zapallal, devolviendo las áreas afectadas a sus res- pectivos propietarios. Artículo 5º.- ETECEN deberá adoptar las medidas ne- cesarias a fin de que los nuevos predios sirvientes no su- fran daño ni perjuicio por causa de las servidumbres, que- dando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 6º.- ETECEN deberá velar permanentemente para evitar que en la faja de servidumbre se ejecute cual- quier tipo de construcción. Artículo 7º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 6730Autorizan viaje de Agregado de Asun- tos Energéticos a la Embajada del Perú en Bolivia para participar en el III Con- greso Latino Americano y del Caribe de Gas y Electricidad RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 201-2002-EM/DM Lima, 16 de abril de 2002 CONSIDERANDO: Que, se realizará el III Congreso Latino Americano y del Caribe de Gas y Electricidad: "Integración de los Mercados Energéticos. Desafío para Latinoamérica y el Caribe", del 22 al 24 de abril de 2002, en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia; organizado por la Cámara Boliviana de Hi- drocarburos y el Instituto Argentino de Petróleo y Gas; Que, el señor Javier Sánchez-Griñán Caballero, Agre- gado de Asuntos Energéticos a la Embajada del Perú en la República de Bolivia ha sido designado para que asista al Congreso antes mencionado; dado que dicho evento le permitirá interactuar con renombrados especialistas y con los más altos exponentes del sector energético mundial, abarcando un programa amplio que contempla temas es- tratégicos, comerciales, regulatorios, tecnológicos y medio- ambientales; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del señor Javier Sánchez-Griñán Caballero, Agregado de Asuntos Energéticos a la Embajada del Perú en la Repúbli- ca de Bolivia, a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Boli- via, del 22 al 24 de abril de 2002; De conformidad con lo establecido en el Decreto Su- premo Nº 048-2001-PCM modificado por el Decreto Su- premo Nº 053-2001-PCM y la Ley Nº 27619; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Javier Sán- chez-Griñán Caballero, Agregado de Asuntos Energéticos a la Embajada del Perú en la República de Bolivia, a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, del 22 al 24 de abril de 2002, para el fin a que se refiere la parte conside- rativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución que ascienden a US$ 1 508,00 (Mil Quinientos Ocho y 00/100 Dólares Americanos) serán cubiertos por el Ministerio de Energía y Minas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (La Paz - Santa Cruz - La Paz US$208,00 Viáticos (US$ 200,00 x 3 días) US$600,00 Inscripción en el evento US$700,00 ------------------ TOTAL US$1 508,00 Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduane- ros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 7157 Delegan al Instituto Nacional de Conce- siones y Catastro Minero realización de asignación de los montos recaudados por el pago del derecho de vigencia y la penalidad a instituciones beneficiarias RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 119-02-EM/DGM Lima, 17 de abril de 2002